/ lunes 20 de junio de 2022

Defensa de la voluntad popular

Por: César Wong

El pasado 5 de junio fue un día de fiesta para la democracia mexicana al celebrarse elecciones en seis entidades federativas (Aguascalientes, Durango Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas), donde casi 12 millones de mexicanos tuvieron la oportunidad mediante su voto de elegir a quienes encabezarían las acciones de gobierno durante los próximos años en su estado.

El nivel de participación ciudadana fue variado, del total de ciudadanos inscritos en el listado nominal votó el 54% en el estado con mayor participación y el 38% con menor votación. Los resultados electorales arrojaron como ganador por amplio margen en cuatro estados al partido Morena y en dos entidades federativas a la coalición Va por México.

De manera general los actos posteriores a la jornada electoral son los siguientes. Se realizan los conteos preliminares llevados a cabo por el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), de los cuales
el consejero presidente del Instituto Nacional Electoral resaltó que en estas elecciones fue la primera ocasión en la que en la misma noche de la jornada electoral se dieron a conocer conteos rápidos con una gran exactitud, además el PREP logró el cien por ciento de las actas capturadas, reflejando de esta manera la tendencia en los resultados de las votaciones y disipando cualquier duda o incertidumbre respecto a la aplicación y fiabilidad de estas herramientas.

Posteriormente, el miércoles siguiente a la elección, se procede a hacer los cómputos distritales y municipales. Estos cómputos consisten en sumar los resultados contenidos en las actas de escrutinio y cómputo de las casillas, en presencia de los representantes de cada partido político. Este procedimiento otorga mayor certeza jurídica a la contienda electoral y está reglamentado en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE).

Después, los resultados de cada elección se hacen oficiales por parte del órgano administrativo en materia electoral y se procede a entregar la constancia de mayoría al candidato ganador de la votación en la jornada electoral.

La legislación electoral permite a los partidos políticos y a los candidatos la posibilidad de interponer diversos medios de impugnación para combatir o modificar los resultados de la votación, estos juicios de inconformidad deben de cumplir con los requisitos legales establecidos en la legislación y en ellos la parte actora señalará los agravios y presentará las pruebas para fundamentar su dicho, estos expedientes que generalmente se integran por una enorme cantidad de tomos deberán ser analizados en primera instancia por los Tribunales Estatales Electorales.

Los TEE de las entidades federativas tendrán que analizar cada uno de los agravios desarrollados en el escrito de presentación de la demanda, además tiene la facultad de requerir documentación tanto a los partidos políticos, candidatos como a otras autoridades e instituciones públicas. Con el fin de dar certeza y garantía de audiencia a los denunciados, se atiende de igual manera lo señalado por la parte denunciada y los terceros interesados.

Al finalizar el estudio del medio de impugnación, posteriormente el Tribunal Electoral deberá emitir una sentencia tomando en consideración los principios rectores de la materia electoral y apegada al derecho, la cual puede ser recurrida para su revisión en una instancia diversa.

Los Tribunales Estatal Electorales de Aguascalientes, Durango Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas, encabezados por los magistrados, se encuentran preparados para en caso de ser necesario resolver las impugnaciones que se pudieran presentar con motivo de la elección de las distintas gubernaturas. Pues todos estos tribunales cuentan con personal capacitado y dispuesto a defender la voluntad de la ciudadanía.

Las impugnaciones en materia electoral deben de ser vistas como parte del ejercicio de la democracia en un país y su utilización es el reflejo de la confianza que tiene la ciudadanía en los tribunales. Además, es un reflejo de vivir en un Estado de derecho, dado que es en los Tribunales Electorales donde se resuelven los conflictos postelectorales y no en las calles. Lo cual trae como consecuencia una paz y estabilidad social.

La ciudadanía es quien elige a sus gobernantes y somos los Tribunales Electorales quienes nos encargamos de que esa decisión sea respetada y la defendemos bajo los principios de certeza, legalidad, imparcialidad, objetividad, independencia y máxima publicidad. Próximamente hablaremos de los principios que nos rigen, ¿Para ti cuál es el más importante?


Por: César Wong

El pasado 5 de junio fue un día de fiesta para la democracia mexicana al celebrarse elecciones en seis entidades federativas (Aguascalientes, Durango Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas), donde casi 12 millones de mexicanos tuvieron la oportunidad mediante su voto de elegir a quienes encabezarían las acciones de gobierno durante los próximos años en su estado.

El nivel de participación ciudadana fue variado, del total de ciudadanos inscritos en el listado nominal votó el 54% en el estado con mayor participación y el 38% con menor votación. Los resultados electorales arrojaron como ganador por amplio margen en cuatro estados al partido Morena y en dos entidades federativas a la coalición Va por México.

De manera general los actos posteriores a la jornada electoral son los siguientes. Se realizan los conteos preliminares llevados a cabo por el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), de los cuales
el consejero presidente del Instituto Nacional Electoral resaltó que en estas elecciones fue la primera ocasión en la que en la misma noche de la jornada electoral se dieron a conocer conteos rápidos con una gran exactitud, además el PREP logró el cien por ciento de las actas capturadas, reflejando de esta manera la tendencia en los resultados de las votaciones y disipando cualquier duda o incertidumbre respecto a la aplicación y fiabilidad de estas herramientas.

Posteriormente, el miércoles siguiente a la elección, se procede a hacer los cómputos distritales y municipales. Estos cómputos consisten en sumar los resultados contenidos en las actas de escrutinio y cómputo de las casillas, en presencia de los representantes de cada partido político. Este procedimiento otorga mayor certeza jurídica a la contienda electoral y está reglamentado en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE).

Después, los resultados de cada elección se hacen oficiales por parte del órgano administrativo en materia electoral y se procede a entregar la constancia de mayoría al candidato ganador de la votación en la jornada electoral.

La legislación electoral permite a los partidos políticos y a los candidatos la posibilidad de interponer diversos medios de impugnación para combatir o modificar los resultados de la votación, estos juicios de inconformidad deben de cumplir con los requisitos legales establecidos en la legislación y en ellos la parte actora señalará los agravios y presentará las pruebas para fundamentar su dicho, estos expedientes que generalmente se integran por una enorme cantidad de tomos deberán ser analizados en primera instancia por los Tribunales Estatales Electorales.

Los TEE de las entidades federativas tendrán que analizar cada uno de los agravios desarrollados en el escrito de presentación de la demanda, además tiene la facultad de requerir documentación tanto a los partidos políticos, candidatos como a otras autoridades e instituciones públicas. Con el fin de dar certeza y garantía de audiencia a los denunciados, se atiende de igual manera lo señalado por la parte denunciada y los terceros interesados.

Al finalizar el estudio del medio de impugnación, posteriormente el Tribunal Electoral deberá emitir una sentencia tomando en consideración los principios rectores de la materia electoral y apegada al derecho, la cual puede ser recurrida para su revisión en una instancia diversa.

Los Tribunales Estatal Electorales de Aguascalientes, Durango Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas, encabezados por los magistrados, se encuentran preparados para en caso de ser necesario resolver las impugnaciones que se pudieran presentar con motivo de la elección de las distintas gubernaturas. Pues todos estos tribunales cuentan con personal capacitado y dispuesto a defender la voluntad de la ciudadanía.

Las impugnaciones en materia electoral deben de ser vistas como parte del ejercicio de la democracia en un país y su utilización es el reflejo de la confianza que tiene la ciudadanía en los tribunales. Además, es un reflejo de vivir en un Estado de derecho, dado que es en los Tribunales Electorales donde se resuelven los conflictos postelectorales y no en las calles. Lo cual trae como consecuencia una paz y estabilidad social.

La ciudadanía es quien elige a sus gobernantes y somos los Tribunales Electorales quienes nos encargamos de que esa decisión sea respetada y la defendemos bajo los principios de certeza, legalidad, imparcialidad, objetividad, independencia y máxima publicidad. Próximamente hablaremos de los principios que nos rigen, ¿Para ti cuál es el más importante?