/ miércoles 24 de octubre de 2018

Derechos Humanos de las personas adultas mayores

“Toda persona tiene derecho a protección especial durante su ancianidad”

Artículo 17 del Protocolo de San Salvador


Todas las personas nacemos libres e iguales en dignidad de derechos. En nuestro país todas las personas gozamos de los derechos que se encuentran contenidos en la constitución y en los tratados internacionales a los cuales se ha adherido nuestro país. Para lo cual todas las autoridades en todos los niveles de gobierno tienen que garantizar que los derechos se ejerzan eliminando toda forma discriminación.

Desde el año 2015 se aprobó la Convención Interamericana Sobre la Protección de los Derechos Humanos de las personas mayores, el cual es el primer instrumento internacional de su tipo que agrupa y especifica los Derechos Humanos de las personas de 60 años o más. El principal objetivo de ese ordenamiento es promover, proteger y asegurar el reconocimiento y pleno goce de ejercicio en condiciones de igualdad de todos los Derechos Humanos y libertades fundamentales de la persona adulta mayor cuyo bienestar deben asegurar.

La constitución federal establece que nadie puede ser discriminado y señala de forma expresa, entre otras, por la edad. Las personas adultas mayores son aquellas que tienen sesenta años de edad o más.

La sociedad tiene un gran deber para con los adultos mayores, garantizar que en ningún espacio público o privado sean discriminados por razón de su origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que tenga por objeto anular o menoscabar sus derechos y libertades.

La familia juega un papel importante en el desarrollo de vida del adulto mayor, por lo tanto de manera constante y permanente deberán velar por cada una de las personas mayores que formen parte de ellas, siendo responsables de proporcionar los satisfactores necesarios para su atención y desarrollo integran estas obligaciones son: Otorgar alimentos, fomentar la convivencia familiar, evitar que alguno de sus integrantes cometa algún acto de discriminación, abuso, explotación, violencia o actos jurídicos que pongan en riesgo a su persona, bienes y derechos.

Algunos de los derechos de las personas mayores son de manera enunciativa mas no limitativa: derecho a la integridad y dignidad, a la certeza jurídica, a la salud a la alimentación y la familia, a la educación, al trabajo, a la asistencia social, derecho a la atención preferente, a la participación e integración en comunidad, a la seguridad y a una vida libre de violencia, a la seguridad social, al trabajo, a los servicios de cuidado de largo plazo, a la libertad personal, al acceso a las tecnologías de la información, a la educación a la cultura, entre otros.

Las personas mayores pueden acudir al INAPAM, el cual es un organismo que ofrece servicios como geriatría, asesoría jurídica, de rehabilitación, atención psicológica, apoyos sociales entre otros. En caso de que fueran violados sus Derechos Humanos por autoridades pueden acudir a las oficinas de Derechos Humanos y a las autoridades en caso de la comisión de delitos.

¡Me siento orgullosa de ser hija de estas hermosas tierras norteñas!

heidy_universidad@hotmail.com



“Toda persona tiene derecho a protección especial durante su ancianidad”

Artículo 17 del Protocolo de San Salvador


Todas las personas nacemos libres e iguales en dignidad de derechos. En nuestro país todas las personas gozamos de los derechos que se encuentran contenidos en la constitución y en los tratados internacionales a los cuales se ha adherido nuestro país. Para lo cual todas las autoridades en todos los niveles de gobierno tienen que garantizar que los derechos se ejerzan eliminando toda forma discriminación.

Desde el año 2015 se aprobó la Convención Interamericana Sobre la Protección de los Derechos Humanos de las personas mayores, el cual es el primer instrumento internacional de su tipo que agrupa y especifica los Derechos Humanos de las personas de 60 años o más. El principal objetivo de ese ordenamiento es promover, proteger y asegurar el reconocimiento y pleno goce de ejercicio en condiciones de igualdad de todos los Derechos Humanos y libertades fundamentales de la persona adulta mayor cuyo bienestar deben asegurar.

La constitución federal establece que nadie puede ser discriminado y señala de forma expresa, entre otras, por la edad. Las personas adultas mayores son aquellas que tienen sesenta años de edad o más.

La sociedad tiene un gran deber para con los adultos mayores, garantizar que en ningún espacio público o privado sean discriminados por razón de su origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que tenga por objeto anular o menoscabar sus derechos y libertades.

La familia juega un papel importante en el desarrollo de vida del adulto mayor, por lo tanto de manera constante y permanente deberán velar por cada una de las personas mayores que formen parte de ellas, siendo responsables de proporcionar los satisfactores necesarios para su atención y desarrollo integran estas obligaciones son: Otorgar alimentos, fomentar la convivencia familiar, evitar que alguno de sus integrantes cometa algún acto de discriminación, abuso, explotación, violencia o actos jurídicos que pongan en riesgo a su persona, bienes y derechos.

Algunos de los derechos de las personas mayores son de manera enunciativa mas no limitativa: derecho a la integridad y dignidad, a la certeza jurídica, a la salud a la alimentación y la familia, a la educación, al trabajo, a la asistencia social, derecho a la atención preferente, a la participación e integración en comunidad, a la seguridad y a una vida libre de violencia, a la seguridad social, al trabajo, a los servicios de cuidado de largo plazo, a la libertad personal, al acceso a las tecnologías de la información, a la educación a la cultura, entre otros.

Las personas mayores pueden acudir al INAPAM, el cual es un organismo que ofrece servicios como geriatría, asesoría jurídica, de rehabilitación, atención psicológica, apoyos sociales entre otros. En caso de que fueran violados sus Derechos Humanos por autoridades pueden acudir a las oficinas de Derechos Humanos y a las autoridades en caso de la comisión de delitos.

¡Me siento orgullosa de ser hija de estas hermosas tierras norteñas!

heidy_universidad@hotmail.com