/ miércoles 4 de abril de 2018

Derechos Humanos de los pueblos indígenas

Hacia el último tercio del siglo XX, el Estado mexicano se reconoció como multicultural y al término del mismo siglo la realidad vivida por los pueblos indígenas fue mostrada a la nación por ellos mismos, por lo que el Estado se comprometió a reconocerles derechos específicos al interior de una nación ahora caracterizada como pluriétnica.

Según el último censo de población y vivienda 2010, en México hay 6.6 millones de habitantes de lengua indígena de cinco años y más, 11.3 millones de habitantes en hogares donde residen hablantes de lengua indígena y 15.7 millones de mexicanos se autoadscriben como indígenas.

En la República Mexicana casi el 80% de la población indígena se concentra en las regiones suroeste, sureste, oriente y centro sur; de los 2,456 municipios reportados por el Inegi para 2010, en 624 (25.5%) hay importante presencia indígena; en 1,560 (63.5%) hay población indígena dispersa, en tanto que en 240 (9.7%) hay poca población indígena, y sólo en 32 municipios (1.3%) no se reporta ninguna presencia indígena.

En México se hablan 364 variantes de lenguas indígenas; todas ellas provienen de 68 lenguas originales, por lo que hay, al menos, 68 formas diferentes de concebir la vida; la organización social, política, económica y cultural de sus integrantes, y el pasado y el futuro del país y sus habitantes.

A partir de la reforma constitucional de 2011, los Derechos Humanos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte deben ser aplicados siempre en beneficio de los derechos de las personas o de los entes colectivos.

Tanto el artículo 2º Constitucional como la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la OIT reconocen Derechos Humanos que los protegen de la discriminación que los ha colocado en una grave situación de vulnerabilidad.

Es urgente que se les proteja su derecho a la tierra, derecho a una vivienda digna, derecho a la alimentación, a un medio ambiente sano al uso y disfrute de sus recursos naturales, entre otros.

Por lo anterior, es importante que los organismos de la sociedad civil que promueven los Derechos Humanos junto con los tres órdenes de gobierno asuman la responsabilidad de apoyar a los pueblos y comunidades afectados, fomentando el diálogo intercultural para la elaboración de políticas públicas con respeto a sus derechos lingüísticos y culturales a su autonomía y a su libre determinación.

Para lograr el México plural e incluyente que propone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se debe llevar a cabo la práctica intercultural entre toda la población nacional, indígena y no indígena; se trata de construir una nueva modernidad indígena con la participación de toda la sociedad.

¡Me siento orgullosa de ser hija de estas hermosas tierras norteñas!

heidy_universidad@hotmail.com

Hacia el último tercio del siglo XX, el Estado mexicano se reconoció como multicultural y al término del mismo siglo la realidad vivida por los pueblos indígenas fue mostrada a la nación por ellos mismos, por lo que el Estado se comprometió a reconocerles derechos específicos al interior de una nación ahora caracterizada como pluriétnica.

Según el último censo de población y vivienda 2010, en México hay 6.6 millones de habitantes de lengua indígena de cinco años y más, 11.3 millones de habitantes en hogares donde residen hablantes de lengua indígena y 15.7 millones de mexicanos se autoadscriben como indígenas.

En la República Mexicana casi el 80% de la población indígena se concentra en las regiones suroeste, sureste, oriente y centro sur; de los 2,456 municipios reportados por el Inegi para 2010, en 624 (25.5%) hay importante presencia indígena; en 1,560 (63.5%) hay población indígena dispersa, en tanto que en 240 (9.7%) hay poca población indígena, y sólo en 32 municipios (1.3%) no se reporta ninguna presencia indígena.

En México se hablan 364 variantes de lenguas indígenas; todas ellas provienen de 68 lenguas originales, por lo que hay, al menos, 68 formas diferentes de concebir la vida; la organización social, política, económica y cultural de sus integrantes, y el pasado y el futuro del país y sus habitantes.

A partir de la reforma constitucional de 2011, los Derechos Humanos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte deben ser aplicados siempre en beneficio de los derechos de las personas o de los entes colectivos.

Tanto el artículo 2º Constitucional como la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la OIT reconocen Derechos Humanos que los protegen de la discriminación que los ha colocado en una grave situación de vulnerabilidad.

Es urgente que se les proteja su derecho a la tierra, derecho a una vivienda digna, derecho a la alimentación, a un medio ambiente sano al uso y disfrute de sus recursos naturales, entre otros.

Por lo anterior, es importante que los organismos de la sociedad civil que promueven los Derechos Humanos junto con los tres órdenes de gobierno asuman la responsabilidad de apoyar a los pueblos y comunidades afectados, fomentando el diálogo intercultural para la elaboración de políticas públicas con respeto a sus derechos lingüísticos y culturales a su autonomía y a su libre determinación.

Para lograr el México plural e incluyente que propone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se debe llevar a cabo la práctica intercultural entre toda la población nacional, indígena y no indígena; se trata de construir una nueva modernidad indígena con la participación de toda la sociedad.

¡Me siento orgullosa de ser hija de estas hermosas tierras norteñas!

heidy_universidad@hotmail.com