/ lunes 18 de julio de 2022

El agua como derecho humano y no como negocio

Por: Lilia Aguilar Gil

El falso debate de algunas autoridades de las Juntas de aguas municipales sobre en qué momento es necesario aplicar el corte del suministro a este recurso debido a la falta de pago tiene un enfoque de negocio que no se corresponde a lo que la Constitución y los tratados internacionales firmados por México en la materia dicen. La postura que debe prevalecer es la de considerar el acceso al agua como un derecho humano, y éste debe ser el eje de las acciones y políticas públicas.

Basta ya de las “soluciones” que guían una política pública fácil y al servicio de una visión que no ha sido capaz de entender que el considerar al agua como un simple derecho es una postura limitada. Las implicaciones de este derecho se encaminan a garantizar el acceso al agua, no al contrario, no a determinar cuándo se debe cortar. En Chihuahua parece que a veces vamos al revés, pues mientras el mundo sienta las bases para garantizar el acceso al agua, acá vemos cómo hacer pero para no garantizarlo.

La Constitución es muy clara en el artículo 4º párrafo sexto: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.

Es muy claro, el derecho humano al agua debe ser suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible. El acceso al agua como derecho humano establecido en el artículo 4° de nuestra Constitución federal y local (es el reconocimiento de ambos órdenes del gobierno mexicano), de que todo ser humano debe contar con el suficiente líquido para consumo personal y doméstico con características adecuadas de salubridad y asequibilidad.

Bajo este enfoque, es importante considerar que los cortes de agua que realizan las Juntas son violatorios del derecho humano de acceso al agua potable y, por lo tanto, son inconstitucionales. Por ello, los servidores públicos que participen incurren en responsabilidades, que de ninguna manera deben quedar impunes, por lo que resulta necesaria la actualización de las sanciones que prevé la Ley General de Responsabilidades Administrativas en nuestro estado.

Una de las gestiones más asistidas en el Partido del Trabajo es precisamente los ilegales cortes de agua que llevan a cabo las autoridades en contra de los más desprotegidos, en donde, incluso, gran parte de los casos tiene que ver con pagos completamente injustos que no se justifican en los barrios de bajos recursos, como múltiples colonias en Juárez en donde los adeudos alcanzan cifras que ni los residenciales tienen.

Por ello es que en días próximos se presentará una iniciativa que busca que quede establecido en la Ley de Agua del estado, que las personas tengan garantizando un mínimo vital de 50 litros diarios a cada una para su bienestar; garantizar a la población en condiciones de vulnerabilidad, su desarrollo y del ambiente para su equilibrio, conservación y suministro de agua para uso doméstico de manera ininterrumpida.

Esta iniciativa deja claro que para la creación de un Sistema de Cuotas y Tarifas se antepondrá el derecho humano al agua, se vigilará el respeto irrestricto de derecho humano al agua en la prestación y el funcionamiento eficaz de los servicios, la creación de un Órgano Interno de Control, con dependencia jerárquica y funcional, para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que afecten el derecho humano al agua, además de que sólo se podrá suspender total o parcialmente el servicio y retirar el aparato medidor, únicamente cuando esté desocupado el inmueble y lo constate fehacientemente.

Este es el enfoque del agua como derecho humano que debe estar detrás de cada acción de todos los servidores públicos que laboran en este servicio, con los derechos de las personas como eje y no el negocio.

Por: Lilia Aguilar Gil

El falso debate de algunas autoridades de las Juntas de aguas municipales sobre en qué momento es necesario aplicar el corte del suministro a este recurso debido a la falta de pago tiene un enfoque de negocio que no se corresponde a lo que la Constitución y los tratados internacionales firmados por México en la materia dicen. La postura que debe prevalecer es la de considerar el acceso al agua como un derecho humano, y éste debe ser el eje de las acciones y políticas públicas.

Basta ya de las “soluciones” que guían una política pública fácil y al servicio de una visión que no ha sido capaz de entender que el considerar al agua como un simple derecho es una postura limitada. Las implicaciones de este derecho se encaminan a garantizar el acceso al agua, no al contrario, no a determinar cuándo se debe cortar. En Chihuahua parece que a veces vamos al revés, pues mientras el mundo sienta las bases para garantizar el acceso al agua, acá vemos cómo hacer pero para no garantizarlo.

La Constitución es muy clara en el artículo 4º párrafo sexto: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.

Es muy claro, el derecho humano al agua debe ser suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible. El acceso al agua como derecho humano establecido en el artículo 4° de nuestra Constitución federal y local (es el reconocimiento de ambos órdenes del gobierno mexicano), de que todo ser humano debe contar con el suficiente líquido para consumo personal y doméstico con características adecuadas de salubridad y asequibilidad.

Bajo este enfoque, es importante considerar que los cortes de agua que realizan las Juntas son violatorios del derecho humano de acceso al agua potable y, por lo tanto, son inconstitucionales. Por ello, los servidores públicos que participen incurren en responsabilidades, que de ninguna manera deben quedar impunes, por lo que resulta necesaria la actualización de las sanciones que prevé la Ley General de Responsabilidades Administrativas en nuestro estado.

Una de las gestiones más asistidas en el Partido del Trabajo es precisamente los ilegales cortes de agua que llevan a cabo las autoridades en contra de los más desprotegidos, en donde, incluso, gran parte de los casos tiene que ver con pagos completamente injustos que no se justifican en los barrios de bajos recursos, como múltiples colonias en Juárez en donde los adeudos alcanzan cifras que ni los residenciales tienen.

Por ello es que en días próximos se presentará una iniciativa que busca que quede establecido en la Ley de Agua del estado, que las personas tengan garantizando un mínimo vital de 50 litros diarios a cada una para su bienestar; garantizar a la población en condiciones de vulnerabilidad, su desarrollo y del ambiente para su equilibrio, conservación y suministro de agua para uso doméstico de manera ininterrumpida.

Esta iniciativa deja claro que para la creación de un Sistema de Cuotas y Tarifas se antepondrá el derecho humano al agua, se vigilará el respeto irrestricto de derecho humano al agua en la prestación y el funcionamiento eficaz de los servicios, la creación de un Órgano Interno de Control, con dependencia jerárquica y funcional, para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que afecten el derecho humano al agua, además de que sólo se podrá suspender total o parcialmente el servicio y retirar el aparato medidor, únicamente cuando esté desocupado el inmueble y lo constate fehacientemente.

Este es el enfoque del agua como derecho humano que debe estar detrás de cada acción de todos los servidores públicos que laboran en este servicio, con los derechos de las personas como eje y no el negocio.