/ miércoles 26 de enero de 2022

En pleno siglo XXI, mujeres casadas no pueden votar ni ser votadas

Mientras que en el estado de Chihuahua, históricamente y gracias a la ardua lucha de muchas mujeres, se encuentran representados los tres poderes; el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, por mujeres; incluso el Tribunal Estatal Electoral recién nombró como su presidenta a la magistrada Roxana García; en otros estados del país se transgreden los derechos políticos de las mujeres.

Seguramente Hermila Galindo, constituyente que desde 1916 peleó por los derechos políticos de las mujeres, en estos momentos se revuelve en su tumba, de ver, que en pleno siglo XXI se siguen presentando situaciones que vulneran los derechos de las mujeres a votar y ser votadas en México, tal es el caso que se vivió en un municipio localizado en el estado de Oaxaca, San Miguel Tulancingo; donde la asamblea comunitaria acordó que ¡Mujeres casadas no podían votar ni ser elegidas para ocupar cargos de elección popular! Esto sucedió en las pasadas elecciones de concejales al Ayuntamiento de 2021.

Ante tal situación, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca emitir una nueva resolución en la que analizara con perspectiva de género e intercultural una controversia contra el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).

El TEEO revocó el acuerdo IEEPCO-CG-SIN-19/2021, donde el IEEPCO validó, sí, leyó usted bien, ¡VALIDÓ! la elección, con todo y la violación a los principios de progresividad de la paridad de género en forma sustantiva; instruyendo de la misma manera al IEEPCO a que coadyuvara en la construcción de acuerdos, así como en la organización, desarrollo y vigilancia de la elección extraordinaria.

Ante esta situación, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca ordenó que se lleve a cabo una elección extraordinaria, donde se garanticen los derechos políticos de las mujeres del municipio, indicando en su resolución que existió una regresión, tanto al derecho al voto activo como al pasivo en perjuicio de las mujeres.

El reconocimiento al derecho a votar y ser votadas en México es un derecho que no fue por concesión, es el resultado de muchos años de ardua lucha de muchas mujeres y que a la fecha seguimos viendo, que se sigue restringiendo a la mujer en la participación política; así sea en el municipio más alejado y marginado del país, como en el municipio o estado con las mejores condiciones sociales, ejerciendo violencia política en razón de género y afectando el derecho humano de las mujeres a ejercer el voto y a ser electas en los procesos electorales, transgrediendo su desarrollo en la escena política o pública.

En lugar de concebir la participación y representación de las mujeres como una oportunidad para transformar prácticas y reducir la desigualdad estructural; muchos hombres (y algunas mujeres) lo ven como un riesgo para sus privilegios.

Tras las reformas realizadas a ocho ordenamientos generales y federales el 13 de abril de 2020, se dio un proceso de armonización legislativa sobre violencia política; sería bueno que nuestros legisladores evaluaran desde una perspectiva multinivel los resultados normativos de los esfuerzos por legislar la violencia política en razón de género en México… difícil, muy difícil.


Mientras que en el estado de Chihuahua, históricamente y gracias a la ardua lucha de muchas mujeres, se encuentran representados los tres poderes; el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, por mujeres; incluso el Tribunal Estatal Electoral recién nombró como su presidenta a la magistrada Roxana García; en otros estados del país se transgreden los derechos políticos de las mujeres.

Seguramente Hermila Galindo, constituyente que desde 1916 peleó por los derechos políticos de las mujeres, en estos momentos se revuelve en su tumba, de ver, que en pleno siglo XXI se siguen presentando situaciones que vulneran los derechos de las mujeres a votar y ser votadas en México, tal es el caso que se vivió en un municipio localizado en el estado de Oaxaca, San Miguel Tulancingo; donde la asamblea comunitaria acordó que ¡Mujeres casadas no podían votar ni ser elegidas para ocupar cargos de elección popular! Esto sucedió en las pasadas elecciones de concejales al Ayuntamiento de 2021.

Ante tal situación, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca emitir una nueva resolución en la que analizara con perspectiva de género e intercultural una controversia contra el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).

El TEEO revocó el acuerdo IEEPCO-CG-SIN-19/2021, donde el IEEPCO validó, sí, leyó usted bien, ¡VALIDÓ! la elección, con todo y la violación a los principios de progresividad de la paridad de género en forma sustantiva; instruyendo de la misma manera al IEEPCO a que coadyuvara en la construcción de acuerdos, así como en la organización, desarrollo y vigilancia de la elección extraordinaria.

Ante esta situación, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca ordenó que se lleve a cabo una elección extraordinaria, donde se garanticen los derechos políticos de las mujeres del municipio, indicando en su resolución que existió una regresión, tanto al derecho al voto activo como al pasivo en perjuicio de las mujeres.

El reconocimiento al derecho a votar y ser votadas en México es un derecho que no fue por concesión, es el resultado de muchos años de ardua lucha de muchas mujeres y que a la fecha seguimos viendo, que se sigue restringiendo a la mujer en la participación política; así sea en el municipio más alejado y marginado del país, como en el municipio o estado con las mejores condiciones sociales, ejerciendo violencia política en razón de género y afectando el derecho humano de las mujeres a ejercer el voto y a ser electas en los procesos electorales, transgrediendo su desarrollo en la escena política o pública.

En lugar de concebir la participación y representación de las mujeres como una oportunidad para transformar prácticas y reducir la desigualdad estructural; muchos hombres (y algunas mujeres) lo ven como un riesgo para sus privilegios.

Tras las reformas realizadas a ocho ordenamientos generales y federales el 13 de abril de 2020, se dio un proceso de armonización legislativa sobre violencia política; sería bueno que nuestros legisladores evaluaran desde una perspectiva multinivel los resultados normativos de los esfuerzos por legislar la violencia política en razón de género en México… difícil, muy difícil.