/ sábado 25 de mayo de 2019

Habemus Guardia Nacional

Esta semana que concluye, el Senado aprobó por mayoría las cuatro leyes secundarias que regularán el funcionamiento de la Guardia Nacional. Ello significa que ya no hay impedimento legal para que las fuerzas armadas, disfrazadas de paisano, recorran las calles de cada ciudad y ejerzan las funciones que antes correspondían a los cuerpos de seguridad pública, federales, estatales y municipales.

Aunque los ciudadanos no contamos aún con acceso a los textos de las normas secundarias (falta su publicación oficial), algunos senadores se han encargado de precisar algunos de los alcances que tendrá la guardia también denominada “civil” que en realidad estará integrada por tres grandes bloques de efectivos.

El primero, lo integrarán militares activos que deseen cambiar al nuevo cuerpo de seguridad, sin necesidad de pedir licencia a la institución castrense, pero deberán sujetarse a la disciplina, fuero y mando civil. El segundo bloque lo integrarán los elementos de la Policía Federal (que será desaparecida) y los agentes estatales o municipales que decidan sumarse a la Guardia Nacional.

El tercero serán todos aquellos jóvenes que acudan a la convocatoria que ha publicado el gobierno federal y que deberán, antes que nada, cursar los estudios y ejercicios básicos para actuar como elementos de seguridad pública, incluidos los controles de confianza, manejo de armas y contar con el certificado único policial.

La Guardia será un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad. Los recursos humanos, económicos y materiales de dicho cuerpo de seguridad estarán a cargo de la Federación y podrá celebrar convenios de colaboración con estados y municipios, cuando éstos requieran apoyo de seguridad local.

En la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza, los cuerpos del nuevo mando policial y de las fuerzas armadas que realicen tareas de seguridad se regirán por estas normas. Teóricamente, por ningún motivo podrán hacer uso de armas en manifestaciones pacíficas; en el caso de las reuniones públicas violentas, las policías actuarán bajo los niveles de fuerza estipulados.

Los senadores precisaron que la Ley Sobre el uso de la Fuerza no es un “cheque en blanco” para la Guardia Nacional cuando realice las acciones de seguridad, y que la de detenciones deberán garantizar el respeto a los Derechos Humanos, aunque en contraste la Guardia Nacional tendrá facultades para intervenir llamadas telefónicas, audios, videos e imágenes en la persecución de delitos graves, con la aprobación de un juez.

¿Le late a usted esta nueva corporación?


alfredopineraguevara@gmail.com


Esta semana que concluye, el Senado aprobó por mayoría las cuatro leyes secundarias que regularán el funcionamiento de la Guardia Nacional. Ello significa que ya no hay impedimento legal para que las fuerzas armadas, disfrazadas de paisano, recorran las calles de cada ciudad y ejerzan las funciones que antes correspondían a los cuerpos de seguridad pública, federales, estatales y municipales.

Aunque los ciudadanos no contamos aún con acceso a los textos de las normas secundarias (falta su publicación oficial), algunos senadores se han encargado de precisar algunos de los alcances que tendrá la guardia también denominada “civil” que en realidad estará integrada por tres grandes bloques de efectivos.

El primero, lo integrarán militares activos que deseen cambiar al nuevo cuerpo de seguridad, sin necesidad de pedir licencia a la institución castrense, pero deberán sujetarse a la disciplina, fuero y mando civil. El segundo bloque lo integrarán los elementos de la Policía Federal (que será desaparecida) y los agentes estatales o municipales que decidan sumarse a la Guardia Nacional.

El tercero serán todos aquellos jóvenes que acudan a la convocatoria que ha publicado el gobierno federal y que deberán, antes que nada, cursar los estudios y ejercicios básicos para actuar como elementos de seguridad pública, incluidos los controles de confianza, manejo de armas y contar con el certificado único policial.

La Guardia será un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad. Los recursos humanos, económicos y materiales de dicho cuerpo de seguridad estarán a cargo de la Federación y podrá celebrar convenios de colaboración con estados y municipios, cuando éstos requieran apoyo de seguridad local.

En la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza, los cuerpos del nuevo mando policial y de las fuerzas armadas que realicen tareas de seguridad se regirán por estas normas. Teóricamente, por ningún motivo podrán hacer uso de armas en manifestaciones pacíficas; en el caso de las reuniones públicas violentas, las policías actuarán bajo los niveles de fuerza estipulados.

Los senadores precisaron que la Ley Sobre el uso de la Fuerza no es un “cheque en blanco” para la Guardia Nacional cuando realice las acciones de seguridad, y que la de detenciones deberán garantizar el respeto a los Derechos Humanos, aunque en contraste la Guardia Nacional tendrá facultades para intervenir llamadas telefónicas, audios, videos e imágenes en la persecución de delitos graves, con la aprobación de un juez.

¿Le late a usted esta nueva corporación?


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