/ miércoles 6 de marzo de 2019

Hechos y criterios

Conflictos de intereses


Un conflicto de interés alude a la posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los servidores públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios. Así, una persona incurre en conflicto de intereses cuando en vez de cumplir con lo debido, podría guiar sus decisiones o actuar en beneficio propio o de un tercero.

Se puede incurrir, por ejemplo, en conflicto de interés al aceptar regalos, invitaciones o cualquier beneficio en dinero o especie, como un supuesto “agradecimiento” por realizar labores que corresponde efectuar. Y no únicamente en el sector público pueden darse ese tipo de conflictos, sino en el privado y en todos los ámbitos de la vida.

El conflicto de intereses no es nuevo ni mucho menos. En todas las épocas de la historia y en toda la geografía terrestre, encontramos casos claros en muchas de las decisiones tomadas por gobernantes, autoridades de todas clases, empresarios, empleados o gente común. Ese conflicto ha derivado en acciones impropias, injustas o deleznables, ofensivas para la sociedad y que lindan en muchos casos con la corrupción.

Dicho lo anterior hay que señalar que, cuando menos en el sector público, existen procedimientos para detectar y señalar si alguien se encuentra involucrado en ese tipo de conflictos, y para efectuar, en su caso, lo conducente para evitarlo o sancionarlo si es necesario.

El problema se presenta si a alguno se le manifiesta públicamente que cae en ese supuesto sin ofrecer pruebas, o bien señalar su caso cuando en realidad no existe dicho conflicto así lo parezca.

En los últimos tiempos ese tipo de manifestaciones se vuelven moneda corriente y los señalados tienen que mostrar –o demostrar- que ese conflicto no es tal, pero ante la opinión pública puede quedar la duda. Por ello es conveniente que antes de efectuar ese tipo de manifestaciones habrá que tener los pelos de la burra en la mano.

Bien, en otro asunto, hace tiempo –tampoco es nuevo- para efectuar alguna obra de interés público se tomaba (se toma) la decisión en base a criterios de índole política más que técnica. Las cosas, gracias la lucha de no pocos individuos u organizaciones, sobre todo en lo referente a obras públicas, poco a poco han ido cambiando y se tienen lineamientos para que las decisiones se tomen cuando menos con opiniones de quienes conocen los asuntos.

El caso es que, a pesar de que los técnicos (o los expertos como se suelen hoy llamar) ofrezcan sus opiniones y criterios con bases sustentables, las decisiones –no todas a Dios gracias- se toman bajo otros criterios, desdeñando lo que los expertos proponen o dictaminan. Las consecuencias pueden incidir negativamente o llegar a ser fatales en varios aspectos. Hay que tener cuidado al respecto. ¿Lo ven?



Conflictos de intereses


Un conflicto de interés alude a la posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los servidores públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios. Así, una persona incurre en conflicto de intereses cuando en vez de cumplir con lo debido, podría guiar sus decisiones o actuar en beneficio propio o de un tercero.

Se puede incurrir, por ejemplo, en conflicto de interés al aceptar regalos, invitaciones o cualquier beneficio en dinero o especie, como un supuesto “agradecimiento” por realizar labores que corresponde efectuar. Y no únicamente en el sector público pueden darse ese tipo de conflictos, sino en el privado y en todos los ámbitos de la vida.

El conflicto de intereses no es nuevo ni mucho menos. En todas las épocas de la historia y en toda la geografía terrestre, encontramos casos claros en muchas de las decisiones tomadas por gobernantes, autoridades de todas clases, empresarios, empleados o gente común. Ese conflicto ha derivado en acciones impropias, injustas o deleznables, ofensivas para la sociedad y que lindan en muchos casos con la corrupción.

Dicho lo anterior hay que señalar que, cuando menos en el sector público, existen procedimientos para detectar y señalar si alguien se encuentra involucrado en ese tipo de conflictos, y para efectuar, en su caso, lo conducente para evitarlo o sancionarlo si es necesario.

El problema se presenta si a alguno se le manifiesta públicamente que cae en ese supuesto sin ofrecer pruebas, o bien señalar su caso cuando en realidad no existe dicho conflicto así lo parezca.

En los últimos tiempos ese tipo de manifestaciones se vuelven moneda corriente y los señalados tienen que mostrar –o demostrar- que ese conflicto no es tal, pero ante la opinión pública puede quedar la duda. Por ello es conveniente que antes de efectuar ese tipo de manifestaciones habrá que tener los pelos de la burra en la mano.

Bien, en otro asunto, hace tiempo –tampoco es nuevo- para efectuar alguna obra de interés público se tomaba (se toma) la decisión en base a criterios de índole política más que técnica. Las cosas, gracias la lucha de no pocos individuos u organizaciones, sobre todo en lo referente a obras públicas, poco a poco han ido cambiando y se tienen lineamientos para que las decisiones se tomen cuando menos con opiniones de quienes conocen los asuntos.

El caso es que, a pesar de que los técnicos (o los expertos como se suelen hoy llamar) ofrezcan sus opiniones y criterios con bases sustentables, las decisiones –no todas a Dios gracias- se toman bajo otros criterios, desdeñando lo que los expertos proponen o dictaminan. Las consecuencias pueden incidir negativamente o llegar a ser fatales en varios aspectos. Hay que tener cuidado al respecto. ¿Lo ven?