/ viernes 22 de abril de 2022

Homicidio por omisión

“Homicidio por omisión” fue el término que me fue proporcionado en la consulta que hice ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos hace unos días. Dichos homicidios son comunes cuando persona o personas tienen la responsabilidad del cuidado de una persona que fallece ya sea por omitir sus cuidados lógicos, por ignorancia, o por la omisión deliberada, de dichos cuidados.

Teniendo ya ubicados a quienes pueden aportar pruebas, presentaremos el caso ante la fiscalía próximamente.

Me refiero a la muerte de mi señor padre, que si bien, “ya era su hora” (102 años de edad), que tenía cáncer; que era algo doloroso; ...y que le fue suspendida su alimentación por más de 10 días, así como su hidratación y tratamiento para el dolor… Éstos bien pudieran haber sido provistos vía intravenosa.

Por lo tanto denunciaré a mis hermanos Rosario y David Góngora Hernández como responsables de “homicidio por omisión” de nuestro padre Mario Góngora Castañeda.

Existe la “eutanasia” que es la “conducta (acción u omisión) dirigida a terminar con la vida de una persona que tiene una enfermedad grave e irreversible, por razones compasivas”.

Para las asociaciones de bioética y para la gran mayoría del colectivo médico, la

eutanasia es contraria a la ética médica según el clásico Juramento Hipocrático

que todos los médicos realizan al finalizar sus estudios de medicina, quienes han de esmerarse en evitar el sufrimiento y la inseguridad, así como acompañar hasta el final

al enfermo agonizante.

Sin embargo, actualmente se entiende por eutanasia aquella acción –eutanasia activa-, u

omisión –eutanasia pasiva-, encaminada a dar muerte, “de una manera indolora” a los

enfermos incurables. Son características esenciales de la eutanasia el ser provocada por

personal sanitario y la existencia de una intencionalidad supuestamente compasiva o

liberadora.

Por los fines perseguidos por la eutanasia se llama homicidio piadoso si la muerte se busca

como medio para privar al enfermo de los dolores, o de una deformación física, o de una

ancianidad penosa o, en una palabra, de algo que mueve a “compasión”.

La OMS se ha posicionado invariablemente en contra de esta práctica que atenta

contra los derechos fundamentales del ser humano.

Privar intencionalmente a un enfermo de alimentación, hidratación y paliativo para el dolor es cruel y debe ser sujeto al castigo correspondiente.


“Homicidio por omisión” fue el término que me fue proporcionado en la consulta que hice ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos hace unos días. Dichos homicidios son comunes cuando persona o personas tienen la responsabilidad del cuidado de una persona que fallece ya sea por omitir sus cuidados lógicos, por ignorancia, o por la omisión deliberada, de dichos cuidados.

Teniendo ya ubicados a quienes pueden aportar pruebas, presentaremos el caso ante la fiscalía próximamente.

Me refiero a la muerte de mi señor padre, que si bien, “ya era su hora” (102 años de edad), que tenía cáncer; que era algo doloroso; ...y que le fue suspendida su alimentación por más de 10 días, así como su hidratación y tratamiento para el dolor… Éstos bien pudieran haber sido provistos vía intravenosa.

Por lo tanto denunciaré a mis hermanos Rosario y David Góngora Hernández como responsables de “homicidio por omisión” de nuestro padre Mario Góngora Castañeda.

Existe la “eutanasia” que es la “conducta (acción u omisión) dirigida a terminar con la vida de una persona que tiene una enfermedad grave e irreversible, por razones compasivas”.

Para las asociaciones de bioética y para la gran mayoría del colectivo médico, la

eutanasia es contraria a la ética médica según el clásico Juramento Hipocrático

que todos los médicos realizan al finalizar sus estudios de medicina, quienes han de esmerarse en evitar el sufrimiento y la inseguridad, así como acompañar hasta el final

al enfermo agonizante.

Sin embargo, actualmente se entiende por eutanasia aquella acción –eutanasia activa-, u

omisión –eutanasia pasiva-, encaminada a dar muerte, “de una manera indolora” a los

enfermos incurables. Son características esenciales de la eutanasia el ser provocada por

personal sanitario y la existencia de una intencionalidad supuestamente compasiva o

liberadora.

Por los fines perseguidos por la eutanasia se llama homicidio piadoso si la muerte se busca

como medio para privar al enfermo de los dolores, o de una deformación física, o de una

ancianidad penosa o, en una palabra, de algo que mueve a “compasión”.

La OMS se ha posicionado invariablemente en contra de esta práctica que atenta

contra los derechos fundamentales del ser humano.

Privar intencionalmente a un enfermo de alimentación, hidratación y paliativo para el dolor es cruel y debe ser sujeto al castigo correspondiente.