/ martes 19 de junio de 2018

Imprudentes y osadas propuestas

“Quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales…”


Sí, efectivamente, tiene usted razón, el fragmento anterior forma parte del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el máximo ordenamiento que tiene nuestro país y viene a referencia ante las propuestas de algunos partidos y candidatos en campaña que parece no conocen el alcance del mandato constitucional.


Proponer la pena de muerte, el “mochar” las manos, los “azotes”, la mutilación genital o la castración química, así sea a delincuentes y violadores que indudablemente merecen un ejemplar castigo ante sus aberrantes acciones cometidas, nos acerca a la barbarie con que se cometen estas acciones dejando la sensación de que no existe diferencia entre los seres humanos, unos capaces de llevar a cabo estos delitos y otros capaces de ejecutar estas sanciones.


Es entendible que los candidatos de cualquier partido e inclusive los independientes propongan el disminuir el pago del impuesto predial, pavimentar las calles, llevar agua a las colonias o bajar el precio de las gasolinas y electricidad, aunque su candidatura sea alejada en sus funciones, de gestionar soluciones en estos temas, pretendiendo envolver a los votantes en su proyecto político.


Pero de eso a propuestas que violentan el máximo ordenamiento legal en nuestro país y a los tratados internacionales suscritos en temas tan importantes como el respeto a los Derechos Humanos dejándonos al parejo con las bestias es otra cosa. Importante sería que quienes compiten por una posición pública, cuando menos conozcan el más elemental marco legal existente, pugnar por lo contrario representa un grave retroceso.


Concluimos la presente entrega haciendo referencia al primer párrafo, del primer artículo de nuestra carta magna que a la letra establece:


“En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los Derechos Humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. …”


Correo: vicmedina@hotmail.com



“Quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales…”


Sí, efectivamente, tiene usted razón, el fragmento anterior forma parte del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el máximo ordenamiento que tiene nuestro país y viene a referencia ante las propuestas de algunos partidos y candidatos en campaña que parece no conocen el alcance del mandato constitucional.


Proponer la pena de muerte, el “mochar” las manos, los “azotes”, la mutilación genital o la castración química, así sea a delincuentes y violadores que indudablemente merecen un ejemplar castigo ante sus aberrantes acciones cometidas, nos acerca a la barbarie con que se cometen estas acciones dejando la sensación de que no existe diferencia entre los seres humanos, unos capaces de llevar a cabo estos delitos y otros capaces de ejecutar estas sanciones.


Es entendible que los candidatos de cualquier partido e inclusive los independientes propongan el disminuir el pago del impuesto predial, pavimentar las calles, llevar agua a las colonias o bajar el precio de las gasolinas y electricidad, aunque su candidatura sea alejada en sus funciones, de gestionar soluciones en estos temas, pretendiendo envolver a los votantes en su proyecto político.


Pero de eso a propuestas que violentan el máximo ordenamiento legal en nuestro país y a los tratados internacionales suscritos en temas tan importantes como el respeto a los Derechos Humanos dejándonos al parejo con las bestias es otra cosa. Importante sería que quienes compiten por una posición pública, cuando menos conozcan el más elemental marco legal existente, pugnar por lo contrario representa un grave retroceso.


Concluimos la presente entrega haciendo referencia al primer párrafo, del primer artículo de nuestra carta magna que a la letra establece:


“En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los Derechos Humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. …”


Correo: vicmedina@hotmail.com