/ viernes 27 de noviembre de 2020

La propuesta de reforma a las leyes por subcontratación

La iniciativa propone una serie de reformas en materia de subcontratación laboral, considerando a dicha actividad como un acto ilegal, sujeto a multas exorbitantes que pueden llegar a ser de hasta 4 millones trescientos mil pesos (de 2,000 a 50 mil UMAS) y sanciones penales al ser equiparada a defraudación fiscal calificada.

En principio, prohíbe la subcontratación laboral, a la que define como aquella en donde una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.

Un punto gravísimo de la reforma es que pretenda que la subcontratación sea ilegal, en los artículos transitorios, se observa que la intención es que esta reforma se apruebe en este mismo año, y entre en vigor dicha prohibición al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Lo cual redunda en un ataque al Estado de derecho, vulnera la certidumbre y seguridad jurídica y económica para invertir en el país, envía el mensaje equívoco que en México una actividad lícita puede ser convertida de la noche a la mañana en un acto ilegal por el Poder Ejecutivo y será avalada por la mayoría de su partido en el Congreso de la Unión. Es una muestra más de que la palabra del Ejecutivo federal no tiene validez, al sacar esta reforma sin la discusión ni valoración a la cual se habían comprometido con los actores económicos del país.

Coincidimos que se deben atacar los esquemas de subcontratación que evaden sus obligaciones llanamente, y aquellos que simulan cumplir con pagos de contribuciones de seguridad social, sin embargo, esta iniciativa no ataca a este último grupo, al incorporar una figura de “intermediario” que coincide con los supuestos servicios que algunas “empresas” prestadoras de capital humano realizan, coincidentemente, la propia iniciativa incorpora dos conceptos que sí podrían prestarse “prestación de servicios especializados y ejecución de obras especializadas”, nuevamente encontramos un concepto denominado “prestación de servicios especializados” que coincidentemente este concepto es utilizado por algunos grupos que el propio Ejecutivo ha calificado como “factureras”.

La iniciativa propone una serie de reformas en materia de subcontratación laboral, considerando a dicha actividad como un acto ilegal, sujeto a multas exorbitantes que pueden llegar a ser de hasta 4 millones trescientos mil pesos (de 2,000 a 50 mil UMAS) y sanciones penales al ser equiparada a defraudación fiscal calificada.

En principio, prohíbe la subcontratación laboral, a la que define como aquella en donde una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.

Un punto gravísimo de la reforma es que pretenda que la subcontratación sea ilegal, en los artículos transitorios, se observa que la intención es que esta reforma se apruebe en este mismo año, y entre en vigor dicha prohibición al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Lo cual redunda en un ataque al Estado de derecho, vulnera la certidumbre y seguridad jurídica y económica para invertir en el país, envía el mensaje equívoco que en México una actividad lícita puede ser convertida de la noche a la mañana en un acto ilegal por el Poder Ejecutivo y será avalada por la mayoría de su partido en el Congreso de la Unión. Es una muestra más de que la palabra del Ejecutivo federal no tiene validez, al sacar esta reforma sin la discusión ni valoración a la cual se habían comprometido con los actores económicos del país.

Coincidimos que se deben atacar los esquemas de subcontratación que evaden sus obligaciones llanamente, y aquellos que simulan cumplir con pagos de contribuciones de seguridad social, sin embargo, esta iniciativa no ataca a este último grupo, al incorporar una figura de “intermediario” que coincide con los supuestos servicios que algunas “empresas” prestadoras de capital humano realizan, coincidentemente, la propia iniciativa incorpora dos conceptos que sí podrían prestarse “prestación de servicios especializados y ejecución de obras especializadas”, nuevamente encontramos un concepto denominado “prestación de servicios especializados” que coincidentemente este concepto es utilizado por algunos grupos que el propio Ejecutivo ha calificado como “factureras”.

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