/ viernes 29 de abril de 2022

No deducir gastos que deban ser considerados activos fijos

Hay gastos que para fines fiscales deben formar parte del monto de adquisición de un activo, es decir, no podemos deducirlos totalmente, sino en porcentajes anuales al igual que la inversión a la cual son inherentes. Como por ejemplo el monto de la adquisición de un activo debe incluir además todos los gastos necesarios para dejarlo en condiciones de uso en las instalaciones del comprador (seguros, fletes, honorarios, comisiones sobre compras, etc.)

En relación con lo comentado, hay un criterio no vinculativo del Servicio de Administración Tributaria que refiere el tema de gastos que deben formar parte de las inversiones.

Deducción de Inversiones tratándose de activos fijos. El artículo 25 del ISR, señala que los contribuyentes podrán efectuar la deducción de inversiones.

El activo fijo por ser considerado una inversión conforme a lo previsto en los artículos a la Ley del ISR, únicamente se deduce mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los por cientos máximos autorizados que establece dicha ley sobre el monto original de la inversión.

Por lo anterior, se considera una práctica fiscal indebida:

I. Deducir inversiones en activo fijo, dándoles el tratamiento fiscal aplicable a los gastos, como acontece tratándose de las siguientes adquisiciones:

a) De cable para transmitir datos, voz, imágenes, etc., salvo que se trate de adquisiciones con fines de mantenimiento o reparación.

b) De bienes, como son los refrigeradores, enfriadores, envases retornables, etc., que sean puestos a disposición de los detallistas que enajenan al menudeo los refrescos y las cervezas.

II. Asesorar, aconsejar, prestar servicios o participar en la realización o la implementación de las prácticas anteriores.

En las empresas es normal que algunos activos fijos dejen de ser utilizados por diferentes factores, ya sea por obsolescencia técnica, por cambio de línea de negocio o por baja rentabilidad, lo que implica que, aunque físicamente existen en la realidad han sido abandonados, esta situación que es más común de lo que pareciera ser pasa inadvertida cuando no nos damos el tiempo de verificar el estado y condiciones de los activos fijos.

Ahora bien, la ley de ISR hace referencia a que cuando existan activos fuera de uso, el saldo pendiente por deducir se puede deducir en el ejercicio en que dejen de ser utilizados, y no esperar a que con el paso de tiempo se termine de deducir a las tasas máximas de ley establecidas por tipo de activo fijo.

Cabe mencionar que, en materia de control interno, se debe guardar toda la documentación relacionada con los activos fijos en expedientes resguardados, donde, entre otros documentos, deberán estar las facturas de compra, pedimento de importación y gastos relacionados, y por supuesto, el aviso presentado ante el SAT (a partir de 2022).Por cierto, en este cierre de 2021 se debió revisar si hay activos pendientes de deducir que estén fuera de uso, ya que se pudo haber aplicado esta deducción aprovechando que aún no hay obligación de presentar el aviso.

Dudas y comentarios

cpedgarcordova@gmail.com


Hay gastos que para fines fiscales deben formar parte del monto de adquisición de un activo, es decir, no podemos deducirlos totalmente, sino en porcentajes anuales al igual que la inversión a la cual son inherentes. Como por ejemplo el monto de la adquisición de un activo debe incluir además todos los gastos necesarios para dejarlo en condiciones de uso en las instalaciones del comprador (seguros, fletes, honorarios, comisiones sobre compras, etc.)

En relación con lo comentado, hay un criterio no vinculativo del Servicio de Administración Tributaria que refiere el tema de gastos que deben formar parte de las inversiones.

Deducción de Inversiones tratándose de activos fijos. El artículo 25 del ISR, señala que los contribuyentes podrán efectuar la deducción de inversiones.

El activo fijo por ser considerado una inversión conforme a lo previsto en los artículos a la Ley del ISR, únicamente se deduce mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los por cientos máximos autorizados que establece dicha ley sobre el monto original de la inversión.

Por lo anterior, se considera una práctica fiscal indebida:

I. Deducir inversiones en activo fijo, dándoles el tratamiento fiscal aplicable a los gastos, como acontece tratándose de las siguientes adquisiciones:

a) De cable para transmitir datos, voz, imágenes, etc., salvo que se trate de adquisiciones con fines de mantenimiento o reparación.

b) De bienes, como son los refrigeradores, enfriadores, envases retornables, etc., que sean puestos a disposición de los detallistas que enajenan al menudeo los refrescos y las cervezas.

II. Asesorar, aconsejar, prestar servicios o participar en la realización o la implementación de las prácticas anteriores.

En las empresas es normal que algunos activos fijos dejen de ser utilizados por diferentes factores, ya sea por obsolescencia técnica, por cambio de línea de negocio o por baja rentabilidad, lo que implica que, aunque físicamente existen en la realidad han sido abandonados, esta situación que es más común de lo que pareciera ser pasa inadvertida cuando no nos damos el tiempo de verificar el estado y condiciones de los activos fijos.

Ahora bien, la ley de ISR hace referencia a que cuando existan activos fuera de uso, el saldo pendiente por deducir se puede deducir en el ejercicio en que dejen de ser utilizados, y no esperar a que con el paso de tiempo se termine de deducir a las tasas máximas de ley establecidas por tipo de activo fijo.

Cabe mencionar que, en materia de control interno, se debe guardar toda la documentación relacionada con los activos fijos en expedientes resguardados, donde, entre otros documentos, deberán estar las facturas de compra, pedimento de importación y gastos relacionados, y por supuesto, el aviso presentado ante el SAT (a partir de 2022).Por cierto, en este cierre de 2021 se debió revisar si hay activos pendientes de deducir que estén fuera de uso, ya que se pudo haber aplicado esta deducción aprovechando que aún no hay obligación de presentar el aviso.

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