/ sábado 12 de septiembre de 2020

Paquete económico presentado nos complicará aún más fiscalizarnos

SAT prevé usar video, grabadoras y celulares para recabar información del contribuyente, servirá de constancia de los hechos detectados por la autoridad fiscal en el ejercicio de sus facultades de comprobación, con la protección del secreto fiscal, según se plantea en el anteproyecto del Paquete Económico.

El fisco podría incorporar como instrumentos para recabar información del contribuyente video, grabadoras, cámara fotográfica y el celular, según se plantea en el anteproyecto del Paquete Económico 2021.

Servirá de constancia de los hechos detectados por la autoridad fiscal en el ejercicio de sus facultades de comprobación, con la protección del secreto fiscal, aunque con reservas cuando lo requiera el Ministerio Público, o la policía en hechos delictivos.

Lo anterior como parte de la modernización de la administración tributaria, para permitir una comunicación permanente con el contribuyente, incluso en casos de fuerza mayor, como sucedió en la actual contingencia sanitaria.

También se espera que ponga lupa sobre las donatarias autorizadas al detectar que al menos 2 mil ciudadanos han realizado operaciones con empresas que facturan operaciones simuladas.
Endurecerán más las disposiciones para combatir a los factureros con la cancelación de su sello digital, el aseguramiento precautorio y las relacionadas para evitar la simulación fiscal, así como limitaciones para los acuerdos conclusivos.

Se eliminarán las reducciones del 50% para cobrar el total de las multas por incumplimientos en materia de precios de transferencia.

A la vez, el SAT protegerá más los datos de identidad en su poder como huellas, iris y rostro de los contribuyentes en el proceso de validación.

En materia de devolución de impuestos pedirá que se incluyan los casos de domicilio no localizable cuando se solicite el reintegro.

Se propone obligar legalmente al contribuyente a mantener actualizado su dirección de correo electrónico y número telefónico.

Llamará a cuentas a los contadores que elaboraron el dictamen fiscal de las empresas para comparecer en la revisión y exhibición de papeles como parte del desahogo de cuestionamientos.

En la exposición de motivos se proponen reformas a las leyes del IVA, Impuesto Sobre la Renta y al Código Fiscal de la federación (CFF), que no implican crear nuevos gravámenes para estar acorde con el compromiso del Ejecutivo para combatir frontalmente la corrupción y la impunidad.

Por lo que las iniciativas incluyen propuestas que transitan sobre los siguientes ejes: simplificación administrativa y seguridad jurídica, modernización, gestión tributaria, eficiencia recaudatoria, combate a la corrupción, impunidad y la elusión fiscal.

El Paquete Económico 2021 fue presentado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el 08 de septiembre 2020, este proyecto se entregó a la Cámara de Diputados para su análisis y posterior aprobación.

Es muy pronto para definir los puntos importantes del Paquete Económico 2021 ya que aún falta la aprobación del mismo, pero les dejo los puntos fiscales que considero importantes:

Ley del Impuesto Sobre la Renta 2021

● Donatarias autorizadas que obtengan la mayor parte de sus ingresos (más del 50%), de actividades no relacionadas con su objeto social, pierden su autorización.


Ley del Impuesto al Valor Agregado 2021

● Servicios profesionales de medicina exentos de IVA, prestados por personas físicas en instituciones de asistencia, o beneficencia privada autorizadas.

● Servicios de intermediación que tienen por objeto la enajenación de bienes muebles usados.

● Opción de las plataformas digitales de intermediación de publicar los precios de bienes y servicios sin incluir el Impuesto al Valor Agregado en forma expresa y por separado.

● Bloqueo temporal del acceso del prestador de los servicios digitales por incumplimiento de una obligación.

● Multas relacionadas con precios de transferencia y ajuste a plazo.


Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios 2021

● Esquema de cuotas complementarias aplicables a las previstas para los combustibles automotrices.


Código Fiscal de la federación 2021

● Regla general antiabuso para combatir malas prácticas detectadas de los contribuyentes.

● Modificación en los plazos en la cancelación y restricción temporal de certificados del sello digital.

● No dar la devolución de saldos a favor a contribuyentes no localizados.

● Mantener actualizado el correo electrónico o número de teléfono del Registro Federal de Contribuyentes.

● Obligación de emitir un CFDI por la recepción de anticipos o por pagos parciales o diferidos.

● Conservar más tiempo la documentación de la contabilidad de determinadas cuentas.

● Facultad de la autoridad fiscal para embargar mercancías de procedencia extranjera si no acreditan su legal estancia en territorio nacional.

● La transmisión indebida del derecho a la disminución de pérdidas fiscales para efectos penales se considerará un acto simulado.

● No permitir utilizar el procedimiento de acuerdo conclusivo ante la Porodecon a EFOS presuntos o definitivos.


Ley de Ingresos de la federación 2021

● Facilidades administrativas y beneficios fiscales.

● Artículo 8°.- En los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales se causarán recargos:

I. Al 0.98 por ciento mensual sobre los saldos insolutos.

II. Cuando de conformidad con el Código Fiscal de la Federación se autorice el pago a plazos, se aplicará la tasa de recargos que a continuación se establece, sobre los saldos y durante el periodo de que se trate:

1.- Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de hasta 12 meses, la tasa de recargos será del 1.26 por ciento mensual.

2.- Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.53 por ciento mensual.

3.- Tratándose de pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose de pagos a plazo diferido, la tasa de recargos será de 1.82 por ciento mensual.

Las tasas de recargos establecidas en la fracción II de este artículo incluyen la actualización realizada conforme a lo establecido por el Código Fiscal de la federación.


Disminución de la tasa de retención de intereses

Artículo 21. Durante el Ejercicio Fiscal 2021 la tasa de retención anual a que se refieren los artículos 54 y 135 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta será del 0.97 por ciento.



Dudas y comentarios

cpedgarcordova@gmail.com



SAT prevé usar video, grabadoras y celulares para recabar información del contribuyente, servirá de constancia de los hechos detectados por la autoridad fiscal en el ejercicio de sus facultades de comprobación, con la protección del secreto fiscal, según se plantea en el anteproyecto del Paquete Económico.

El fisco podría incorporar como instrumentos para recabar información del contribuyente video, grabadoras, cámara fotográfica y el celular, según se plantea en el anteproyecto del Paquete Económico 2021.

Servirá de constancia de los hechos detectados por la autoridad fiscal en el ejercicio de sus facultades de comprobación, con la protección del secreto fiscal, aunque con reservas cuando lo requiera el Ministerio Público, o la policía en hechos delictivos.

Lo anterior como parte de la modernización de la administración tributaria, para permitir una comunicación permanente con el contribuyente, incluso en casos de fuerza mayor, como sucedió en la actual contingencia sanitaria.

También se espera que ponga lupa sobre las donatarias autorizadas al detectar que al menos 2 mil ciudadanos han realizado operaciones con empresas que facturan operaciones simuladas.
Endurecerán más las disposiciones para combatir a los factureros con la cancelación de su sello digital, el aseguramiento precautorio y las relacionadas para evitar la simulación fiscal, así como limitaciones para los acuerdos conclusivos.

Se eliminarán las reducciones del 50% para cobrar el total de las multas por incumplimientos en materia de precios de transferencia.

A la vez, el SAT protegerá más los datos de identidad en su poder como huellas, iris y rostro de los contribuyentes en el proceso de validación.

En materia de devolución de impuestos pedirá que se incluyan los casos de domicilio no localizable cuando se solicite el reintegro.

Se propone obligar legalmente al contribuyente a mantener actualizado su dirección de correo electrónico y número telefónico.

Llamará a cuentas a los contadores que elaboraron el dictamen fiscal de las empresas para comparecer en la revisión y exhibición de papeles como parte del desahogo de cuestionamientos.

En la exposición de motivos se proponen reformas a las leyes del IVA, Impuesto Sobre la Renta y al Código Fiscal de la federación (CFF), que no implican crear nuevos gravámenes para estar acorde con el compromiso del Ejecutivo para combatir frontalmente la corrupción y la impunidad.

Por lo que las iniciativas incluyen propuestas que transitan sobre los siguientes ejes: simplificación administrativa y seguridad jurídica, modernización, gestión tributaria, eficiencia recaudatoria, combate a la corrupción, impunidad y la elusión fiscal.

El Paquete Económico 2021 fue presentado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el 08 de septiembre 2020, este proyecto se entregó a la Cámara de Diputados para su análisis y posterior aprobación.

Es muy pronto para definir los puntos importantes del Paquete Económico 2021 ya que aún falta la aprobación del mismo, pero les dejo los puntos fiscales que considero importantes:

Ley del Impuesto Sobre la Renta 2021

● Donatarias autorizadas que obtengan la mayor parte de sus ingresos (más del 50%), de actividades no relacionadas con su objeto social, pierden su autorización.


Ley del Impuesto al Valor Agregado 2021

● Servicios profesionales de medicina exentos de IVA, prestados por personas físicas en instituciones de asistencia, o beneficencia privada autorizadas.

● Servicios de intermediación que tienen por objeto la enajenación de bienes muebles usados.

● Opción de las plataformas digitales de intermediación de publicar los precios de bienes y servicios sin incluir el Impuesto al Valor Agregado en forma expresa y por separado.

● Bloqueo temporal del acceso del prestador de los servicios digitales por incumplimiento de una obligación.

● Multas relacionadas con precios de transferencia y ajuste a plazo.


Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios 2021

● Esquema de cuotas complementarias aplicables a las previstas para los combustibles automotrices.


Código Fiscal de la federación 2021

● Regla general antiabuso para combatir malas prácticas detectadas de los contribuyentes.

● Modificación en los plazos en la cancelación y restricción temporal de certificados del sello digital.

● No dar la devolución de saldos a favor a contribuyentes no localizados.

● Mantener actualizado el correo electrónico o número de teléfono del Registro Federal de Contribuyentes.

● Obligación de emitir un CFDI por la recepción de anticipos o por pagos parciales o diferidos.

● Conservar más tiempo la documentación de la contabilidad de determinadas cuentas.

● Facultad de la autoridad fiscal para embargar mercancías de procedencia extranjera si no acreditan su legal estancia en territorio nacional.

● La transmisión indebida del derecho a la disminución de pérdidas fiscales para efectos penales se considerará un acto simulado.

● No permitir utilizar el procedimiento de acuerdo conclusivo ante la Porodecon a EFOS presuntos o definitivos.


Ley de Ingresos de la federación 2021

● Facilidades administrativas y beneficios fiscales.

● Artículo 8°.- En los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales se causarán recargos:

I. Al 0.98 por ciento mensual sobre los saldos insolutos.

II. Cuando de conformidad con el Código Fiscal de la Federación se autorice el pago a plazos, se aplicará la tasa de recargos que a continuación se establece, sobre los saldos y durante el periodo de que se trate:

1.- Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de hasta 12 meses, la tasa de recargos será del 1.26 por ciento mensual.

2.- Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.53 por ciento mensual.

3.- Tratándose de pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose de pagos a plazo diferido, la tasa de recargos será de 1.82 por ciento mensual.

Las tasas de recargos establecidas en la fracción II de este artículo incluyen la actualización realizada conforme a lo establecido por el Código Fiscal de la federación.


Disminución de la tasa de retención de intereses

Artículo 21. Durante el Ejercicio Fiscal 2021 la tasa de retención anual a que se refieren los artículos 54 y 135 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta será del 0.97 por ciento.



Dudas y comentarios

cpedgarcordova@gmail.com