/ sábado 5 de diciembre de 2020

Reformas sin presupuesto sólo quedan en buenas intenciones

Sin duda es de aplaudirse la reforma que aprobó la Cámara de Diputados a la Ley General de Víctimas para garantizar que niñas y niños en orfandad por el feminicidio de sus madres o el homicidio de sus padres tengan acceso a salud, educación, atención psicológica y accedan a los fondos de ayuda para víctimas.

En México no hay un registro oficial de cuántos menores de edad han quedado en orfandad a causa del feminicidio, por eso la importancia de esta reforma aprobada hace unos días, ya que obliga a crear un padrón permanente y actualizado de niñas, niños y adolescentes que están en esta condición en el Registro Nacional de Víctimas.

Dicho registro deberá contener información desagregada, por lo menos en los rubros de edad, sexo, escolaridad y víctima indirecta.

Esta iniciativa inició su camino legislativo en marzo pasado, a propuesta de la diputada Olga Patricia Sosa Ruiz, la cual busca reconocer a esta población como víctima indirecta de violaciones a Derechos Humanos y obligará a los congresos estatales a armonizar sus leyes en la materia.

El espíritu de esta reforma es garantizar y anteponer el interés superior de la niñez en aquellos casos en que adquieren la calidad de víctima, debido al homicidio de su padre o el feminicidio de su madre.

La reforma los considera víctimas indirectas y, por consecuencia, les reconoce y pone a su alcance mecanismos para hacer efectivo su derecho a la salud, a la educación, a la ayuda psicológica y al acceso a los recursos de ayuda federal y estatal, así como a la asistencia de protección, reparación integral y en su caso, compensación.


El texto propuesto originalmente decía que niñas y niños en orfandad tendrán derecho a acceder al fondo de atención para víctimas que aún existe, pero gracias a una reserva, se modificó la redacción para que en la ley se diga que niñas y niños accederán a los “recursos de ayuda federal y fondos estatales“ para víctimas. Ya que el fondo al que se hacía mención, dejará de existir, junto con otros 109 fondos y fideicomisos.

¿Quién pagará los gastos de reparación?

Se menciona en la reforma aprobada, que los gastos por la reparación del daño de la niñez en orfandad recaerá en el presupuesto autorizado para la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas. Pero, el 13 de noviembre la Cámara de Diputados aprobó, en el presupuesto de egresos federal 2021, en el que se disminuye 5 % el de Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

La reforma aún debe ser avalada por el Senado para entrar en vigor, sin embargo, poco se puede hacer con leyes que no llevan presupuesto bajo el brazo.


Sin duda es de aplaudirse la reforma que aprobó la Cámara de Diputados a la Ley General de Víctimas para garantizar que niñas y niños en orfandad por el feminicidio de sus madres o el homicidio de sus padres tengan acceso a salud, educación, atención psicológica y accedan a los fondos de ayuda para víctimas.

En México no hay un registro oficial de cuántos menores de edad han quedado en orfandad a causa del feminicidio, por eso la importancia de esta reforma aprobada hace unos días, ya que obliga a crear un padrón permanente y actualizado de niñas, niños y adolescentes que están en esta condición en el Registro Nacional de Víctimas.

Dicho registro deberá contener información desagregada, por lo menos en los rubros de edad, sexo, escolaridad y víctima indirecta.

Esta iniciativa inició su camino legislativo en marzo pasado, a propuesta de la diputada Olga Patricia Sosa Ruiz, la cual busca reconocer a esta población como víctima indirecta de violaciones a Derechos Humanos y obligará a los congresos estatales a armonizar sus leyes en la materia.

El espíritu de esta reforma es garantizar y anteponer el interés superior de la niñez en aquellos casos en que adquieren la calidad de víctima, debido al homicidio de su padre o el feminicidio de su madre.

La reforma los considera víctimas indirectas y, por consecuencia, les reconoce y pone a su alcance mecanismos para hacer efectivo su derecho a la salud, a la educación, a la ayuda psicológica y al acceso a los recursos de ayuda federal y estatal, así como a la asistencia de protección, reparación integral y en su caso, compensación.


El texto propuesto originalmente decía que niñas y niños en orfandad tendrán derecho a acceder al fondo de atención para víctimas que aún existe, pero gracias a una reserva, se modificó la redacción para que en la ley se diga que niñas y niños accederán a los “recursos de ayuda federal y fondos estatales“ para víctimas. Ya que el fondo al que se hacía mención, dejará de existir, junto con otros 109 fondos y fideicomisos.

¿Quién pagará los gastos de reparación?

Se menciona en la reforma aprobada, que los gastos por la reparación del daño de la niñez en orfandad recaerá en el presupuesto autorizado para la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas. Pero, el 13 de noviembre la Cámara de Diputados aprobó, en el presupuesto de egresos federal 2021, en el que se disminuye 5 % el de Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

La reforma aún debe ser avalada por el Senado para entrar en vigor, sin embargo, poco se puede hacer con leyes que no llevan presupuesto bajo el brazo.