/ sábado 25 de mayo de 2019

UACh: opacidad, imposición, expulsión

Por primera vez como articulista empezaré por el final, la delicada y potencialmente explosiva situación en la que el rector Luis Fierro ha colocado a la UACh, al violar flagrantemente la Ley Orgánica de la universidad y atropellar a las facultades y a la gran mayoría de los catedráticos e investigadores, lo hace merecedor de ser destituido e inclusive expulsado de la universidad.

La UACh desde años atrás ha estado explorando la concentración de las facultades en varios departamentos académicos, con el propósito de reducir los costos de administración, así como consolidar los presupuestos de biblioteca, equipamientos y laboratorios fundamentalmente, de tal manera que por ejemplo las facultades de Química, Medicina y Enfermería sumarían presupuestos y disminuirían sus costos de operación.

A este proyecto le suma el rector una reforma académica, que dice, para adecuar los planes de estudios a las exigencias de la sociedad del conocimiento del SXXI, lo que en principio parece no sólo oportuno sino necesario. Donde el pero, y me refiero a un pero con mayúsculas, ha sido su planeación e implementación, violando la Ley Orgánica, usurpado funciones del Consejo Universitario y atropellando a facultades, catedráticos e investigadores.

ARTÍCULO 9. Son atribuciones del Consejo Universitario: VII. Crear, modificar y suprimir Unidades Académicas y de Extensión; VIII. Aprobar la creación o modificación de programas académicos.
ARTÍCULO 23. Corresponde al Rector: XI. Dirigir la administración de la universidad, atendiendo invariablemente a los principios de transparencia y acceso a la información pública.
ARTÍCULO 99. Son causas de responsabilidad de orden universitario las siguientes: IV. Incumplir o contravenir las obligaciones contenidas en otras leyes, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones de orden nacional o estatal, aplicables a la universidad.
ARTÍCULO 100. El universitario que incurra en alguna de las causas de responsabilidad señaladas en el artículo anterior, será sancionado con: IV. Destitución; o V. Expulsión definitiva.

El proyecto fue realizado por un ex alto burócrata federal, el Dr. Salvador Malo, y un grupo de investigadores ajenos a la UACh, de cuyo convenio y costos nada se ha informado. Proyecto que el rector ha paseado por organizaciones como el CCE primero y que fue muy mal recibido en Zootecnia, cuando siguiendo la sugerencia del Carlos González Herrera empezó a “socializar”, cuando debería haber sido elaborado por las facultades y por qué no, con asesoría externa.

Nunca imaginé escribir que la UACh sería colocada en una situación donde un movimiento universitario que paralizara a la institución para defender su integridad, autonomía y estatutos, estaría total y absolutamente justificada.

Por primera vez como articulista empezaré por el final, la delicada y potencialmente explosiva situación en la que el rector Luis Fierro ha colocado a la UACh, al violar flagrantemente la Ley Orgánica de la universidad y atropellar a las facultades y a la gran mayoría de los catedráticos e investigadores, lo hace merecedor de ser destituido e inclusive expulsado de la universidad.

La UACh desde años atrás ha estado explorando la concentración de las facultades en varios departamentos académicos, con el propósito de reducir los costos de administración, así como consolidar los presupuestos de biblioteca, equipamientos y laboratorios fundamentalmente, de tal manera que por ejemplo las facultades de Química, Medicina y Enfermería sumarían presupuestos y disminuirían sus costos de operación.

A este proyecto le suma el rector una reforma académica, que dice, para adecuar los planes de estudios a las exigencias de la sociedad del conocimiento del SXXI, lo que en principio parece no sólo oportuno sino necesario. Donde el pero, y me refiero a un pero con mayúsculas, ha sido su planeación e implementación, violando la Ley Orgánica, usurpado funciones del Consejo Universitario y atropellando a facultades, catedráticos e investigadores.

ARTÍCULO 9. Son atribuciones del Consejo Universitario: VII. Crear, modificar y suprimir Unidades Académicas y de Extensión; VIII. Aprobar la creación o modificación de programas académicos.
ARTÍCULO 23. Corresponde al Rector: XI. Dirigir la administración de la universidad, atendiendo invariablemente a los principios de transparencia y acceso a la información pública.
ARTÍCULO 99. Son causas de responsabilidad de orden universitario las siguientes: IV. Incumplir o contravenir las obligaciones contenidas en otras leyes, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones de orden nacional o estatal, aplicables a la universidad.
ARTÍCULO 100. El universitario que incurra en alguna de las causas de responsabilidad señaladas en el artículo anterior, será sancionado con: IV. Destitución; o V. Expulsión definitiva.

El proyecto fue realizado por un ex alto burócrata federal, el Dr. Salvador Malo, y un grupo de investigadores ajenos a la UACh, de cuyo convenio y costos nada se ha informado. Proyecto que el rector ha paseado por organizaciones como el CCE primero y que fue muy mal recibido en Zootecnia, cuando siguiendo la sugerencia del Carlos González Herrera empezó a “socializar”, cuando debería haber sido elaborado por las facultades y por qué no, con asesoría externa.

Nunca imaginé escribir que la UACh sería colocada en una situación donde un movimiento universitario que paralizara a la institución para defender su integridad, autonomía y estatutos, estaría total y absolutamente justificada.