/ sábado 20 de marzo de 2021

Violencia familiar: 91 mujeres y 9 hombres

Buenas noticias llegaron desde la Cámara de Diputados: Se aprobó reformar el artículo 343 Bis del Código Penal Federal para establecer que la violencia familiar se persiga de oficio, dictamen que se envió al Senado para ser avalado.

Parte de la fundamentación para llevar a cabo esta reforma fue que la legislación sólo contempla la persecución de esta conducta a través de la querella y no toma en consideración la diversidad de casos donde las víctimas no pueden denunciar.

Las legisladoras consideraron que la violencia física en la familia frecuentemente se acompaña de violencia psicológica, situación que hace que las mujeres vivan amenazas, intimidación, temor, o control, y no puedan recurrir a las autoridades.

La diputada Lorena Villavicencio fue quien fundamentó parte de la exposición en tribuna, dijo que la violencia familiar es un grave problema social que tiene consecuencias trascendentes para las víctimas y se extiende en todo el territorio nacional.

Gracias a estas reformas, las autoridades podrán investigar el delito sin la necesidad de que medie la denuncia de la víctima. Villavicencio aseguró que, en esta conducta, de cada 100 víctimas, 91 son mujeres y 9 hombres.

De acuerdo con las estadísticas del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, hasta 2019 se registraron más de 238 mil carpetas de investigación relacionadas con violencia en la familia.

Añadió que en el primer cuatrimestre del año pasado se tuvo un registro de 68 mil casos de violencia familiar, lo cual representó un aumento de 10 por ciento en comparación con el mismo periodo del año anterior.

A esto se suma que de enero a septiembre de 2019 el Secretariado registró que 4.54 de las llamadas de emergencia al 911 fueron por violencia familiar.

La también diputada Guadalupe Ramos Sotelo consideró que esta reforma responde a la realidad exacerbada por la pandemia de Covid-19 y coincidió en que muchas mexicanas se encuentran expuestas a la violencia familiar y no denuncian debido al miedo a ser violentadas con mayor intensidad, o inclusive a ser asesinadas por sus agresores.

Estas modificaciones legislativas implican que cualquier persona que tenga conocimiento de un hecho violento en un núcleo familiar podrá denunciarlo ante las autoridades. Actualmente el Código Penal Federal sanciona con seis meses a cuatro años de prisión a quien cometa el delito de violencia familiar.

La Cámara de Diputados también aprobó reformar el artículo 49 y 50 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para garantizar la creación, operación o fortalecimiento de al menos un refugio para víctimas de violencia en cada municipio o alcaldía.

Ahora toca el turno a las y los senadores para validar este dictamen que fue aprobado 434 votos de las y los diputados presentes.

Buenas noticias llegaron desde la Cámara de Diputados: Se aprobó reformar el artículo 343 Bis del Código Penal Federal para establecer que la violencia familiar se persiga de oficio, dictamen que se envió al Senado para ser avalado.

Parte de la fundamentación para llevar a cabo esta reforma fue que la legislación sólo contempla la persecución de esta conducta a través de la querella y no toma en consideración la diversidad de casos donde las víctimas no pueden denunciar.

Las legisladoras consideraron que la violencia física en la familia frecuentemente se acompaña de violencia psicológica, situación que hace que las mujeres vivan amenazas, intimidación, temor, o control, y no puedan recurrir a las autoridades.

La diputada Lorena Villavicencio fue quien fundamentó parte de la exposición en tribuna, dijo que la violencia familiar es un grave problema social que tiene consecuencias trascendentes para las víctimas y se extiende en todo el territorio nacional.

Gracias a estas reformas, las autoridades podrán investigar el delito sin la necesidad de que medie la denuncia de la víctima. Villavicencio aseguró que, en esta conducta, de cada 100 víctimas, 91 son mujeres y 9 hombres.

De acuerdo con las estadísticas del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, hasta 2019 se registraron más de 238 mil carpetas de investigación relacionadas con violencia en la familia.

Añadió que en el primer cuatrimestre del año pasado se tuvo un registro de 68 mil casos de violencia familiar, lo cual representó un aumento de 10 por ciento en comparación con el mismo periodo del año anterior.

A esto se suma que de enero a septiembre de 2019 el Secretariado registró que 4.54 de las llamadas de emergencia al 911 fueron por violencia familiar.

La también diputada Guadalupe Ramos Sotelo consideró que esta reforma responde a la realidad exacerbada por la pandemia de Covid-19 y coincidió en que muchas mexicanas se encuentran expuestas a la violencia familiar y no denuncian debido al miedo a ser violentadas con mayor intensidad, o inclusive a ser asesinadas por sus agresores.

Estas modificaciones legislativas implican que cualquier persona que tenga conocimiento de un hecho violento en un núcleo familiar podrá denunciarlo ante las autoridades. Actualmente el Código Penal Federal sanciona con seis meses a cuatro años de prisión a quien cometa el delito de violencia familiar.

La Cámara de Diputados también aprobó reformar el artículo 49 y 50 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para garantizar la creación, operación o fortalecimiento de al menos un refugio para víctimas de violencia en cada municipio o alcaldía.

Ahora toca el turno a las y los senadores para validar este dictamen que fue aprobado 434 votos de las y los diputados presentes.