El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó las sentencias del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua en las que se confirmó la improcedencia de las solicitudes presentadas por varias personas para llevar a cabo procedimientos de participación ciudadana en forma de referéndum, por pretender someter a consulta actos de material fiscal, entre ellos, el referente sobre el Relleno Sanitario del Municipio de Chihuahua.
En las sentencias aprobadas por unanimidad en la Sala Guadalajara, se determinó que el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua sí expuso con los suficientes fundamentos y motivos, las razones por las que los actos que se pretendían someter a consulta pertenecen a materia fiscal.
“Se trata de Derechos aprobados por el Congreso del Estado, en los que se autoriza la obtención de recursos a través de financiamientos otorgados por instituciones del sistema financiero mexicano, tanto al Poder Ejecutivo Estatal, para el cumplimiento de sus fines, como al Ayuntamiento de Chihuahua, para la reubicación del basurero municipal”, se informó a través de un comunicado.
Para finalizar, detalló que como existe restricción constitucional y legal del Derecho a la participación ciudadana que prohíbe someter a consulta aquellos actos que tienen relación con los ingresos y egresos del Estado, es correcta y se confirmaron las sentencias de este Tribunal en las que se confirmó la improcedencia de las solicitudes planteadas por los recurrentes.