De acuerdo con la reforma que se aprobó en el Congreso del Estado en mayo de este año, las penas por cometer violencia física o sustancias inflamables, van desde los ocho a los veinte años de prisión, así lo confirmó uno de los promoventes de las iniciativas, Omar Bazán.
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Antes de que se aprobaran las dos iniciativas que fueron conjuntadas, el delito por lesiones cuando se utilizan ácidos, sustancias corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas o inflamables, no estaba tipificado, por lo que Chihuahua se sumó a las pocas entidades en castigar este crimen.
De esa manera, el caso ocurrido el fin de semana en Ciudad Juárez, en la que una joven de 25 años perdió la vida al ser atacada por su expareja con gasolina y prenderle fuego, podría alcanzar una pena de hasta veinte años.
El priista Bazán Flores, lamentó el acontecimiento ocurrido en la frontera y exigió que se aplique todo el peso de la ley, a fin de que se le haga justicia a la víctima, la cual en primera instancia, había quedado gravemente herida y horas después falleció.
Cabe recordar que esta modificación al Código Penal del Estado se efectuó ante los severos daños que ocasionan estas sustancias en las personas, los cuales requieren de bastante tiempo y recurso para poder tratarlos y lograr una recuperación completa.
Empero, hay algunas en las que se puede generar ceguera o daños respiratorios, los cuales no son reversibles, motivo por el cual los legisladores creyeron conveniente tipificar a fin de garantizar una vida libre de violencia para las mujeres.
Por lo anterior, en la ley se especifica que cualquier daño físico causado en este o alguno de los otros delitos tipificados, deberá castigarse de acuerdo a la gravedad del daño que se genere a la persona por razones de género.
En ese tenor, y ante la detención del culpable de cobrarle la vida a la joven de 25 años en Juárez, deberá ser sometido al debido proceso previo a recibir su sentencia.