/ viernes 22 de julio de 2022

Envía diputado del PRI propuesta que frenará el “cobro de aire” en los recibos de agua

El diputado Omar Bazán Flores propuso destacadas reformas y adiciones a la Ley del Agua del Estado de Chihuahua

El diputado Omar Bazán Flores propuso destacadas reformas y adiciones a la Ley del Agua del Estado de Chihuahua, que garantizarán que no se cobre el flujo de aire en los medidores de agua de las tomas domiciliarias.

De ahí que el aire presente en las tuberías genera movimientos que alteran las lecturas en medidores, lo que causa incrementos en los recibos de consumo de agua.

Según el legislador, los volúmenes de aire son cobrados conforme a la tarifa del agua, violando la accesibilidad económica y la proporcionalidad tributaria en la prestación de este servicio público.

“Es indiscutible que solo se puede valorar el referido líquido como parámetro de medición para aplicar las tarifas por consumo de metros cúbicos de agua al mes en cada toma domiciliaria, que es el parámetro utilizado en la Ley para el cobro del servicio”.

Por lo anterior, propuso que sea a través de elementos técnicos que se determine la implementación de descuentos tarifarios respectivos ante dicha problemática.

Dijo que la red pública de distribución en todas las ciudades de Chihuahua está rezagada técnicamente y la poca disponibilidad de agua provoca cortes constantes en el suministro, ello conlleva la formación de bolsas de aire en la red pública, lo que termina en que al volver a suministrar el líquido, se tenga un importante flujo de aire registrado en cada toma domiciliaria.

Ante dicha realidad, propuso la utilización de válvulas combinadas de aire, las cuales evitan su acumulación en puntos altos de un sistema, dejando escapar grandes volúmenes conforme se produce el llenado en la líneas, y liberándolo mientras el sistema está operando y bajo presión, solo por mencionar algunas ventajas.

Para el legislador tricolor, los medidores de agua en cada toma domiciliaria deben de garantizar, bajo las normas técnicas oficiales, que no registraran el ingreso de aire después de un momento de vacío por cortes sistemáticos del servicio, cosa que no ocurre en los medidores instalados por la Junta Central de Agua y Saneamiento y las Juntas Municipales.

Como parte de las modificaciones, se señala que el Consejo de Administración de la Junta Central tendrá las siguientes facultades:

Aprobar los ingresos y egresos, los estados financieros, así como los derechos de cobro, las tarifas o, en su caso, sus modificaciones, correspondientes a las juntas operadoras, debiendo contemplar el factor del registro de aire en las tomas domiciliarias, para aplicar la bonificación respectiva.

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También, determinar la política financiera que deba prevalecer en el cobro de los derechos, cuotas o tarifas, así como en los lineamientos de bonificaciones que deban implementar las juntas operadoras, que deberán bonificar el registro de aire en las tomas domiciliarias, cuando no cuenten con los equipos técnicos para su expulsión tanto en la red pública como en las propias tomas domiciliarias.

Además en el articulado se contemplan la imposición de penas al presidente de la Junta Municipal de Aguas y Saneamiento que no garantice no cobrar el flujo de aire en las tomas domiciliarias, mediante el esquema previsto en al artículo 26 último párrafo de la Ley del Agua del Estado de Chihuahua, finalizó el legislador.

El diputado Omar Bazán Flores propuso destacadas reformas y adiciones a la Ley del Agua del Estado de Chihuahua, que garantizarán que no se cobre el flujo de aire en los medidores de agua de las tomas domiciliarias.

De ahí que el aire presente en las tuberías genera movimientos que alteran las lecturas en medidores, lo que causa incrementos en los recibos de consumo de agua.

Según el legislador, los volúmenes de aire son cobrados conforme a la tarifa del agua, violando la accesibilidad económica y la proporcionalidad tributaria en la prestación de este servicio público.

“Es indiscutible que solo se puede valorar el referido líquido como parámetro de medición para aplicar las tarifas por consumo de metros cúbicos de agua al mes en cada toma domiciliaria, que es el parámetro utilizado en la Ley para el cobro del servicio”.

Por lo anterior, propuso que sea a través de elementos técnicos que se determine la implementación de descuentos tarifarios respectivos ante dicha problemática.

Dijo que la red pública de distribución en todas las ciudades de Chihuahua está rezagada técnicamente y la poca disponibilidad de agua provoca cortes constantes en el suministro, ello conlleva la formación de bolsas de aire en la red pública, lo que termina en que al volver a suministrar el líquido, se tenga un importante flujo de aire registrado en cada toma domiciliaria.

Ante dicha realidad, propuso la utilización de válvulas combinadas de aire, las cuales evitan su acumulación en puntos altos de un sistema, dejando escapar grandes volúmenes conforme se produce el llenado en la líneas, y liberándolo mientras el sistema está operando y bajo presión, solo por mencionar algunas ventajas.

Para el legislador tricolor, los medidores de agua en cada toma domiciliaria deben de garantizar, bajo las normas técnicas oficiales, que no registraran el ingreso de aire después de un momento de vacío por cortes sistemáticos del servicio, cosa que no ocurre en los medidores instalados por la Junta Central de Agua y Saneamiento y las Juntas Municipales.

Como parte de las modificaciones, se señala que el Consejo de Administración de la Junta Central tendrá las siguientes facultades:

Aprobar los ingresos y egresos, los estados financieros, así como los derechos de cobro, las tarifas o, en su caso, sus modificaciones, correspondientes a las juntas operadoras, debiendo contemplar el factor del registro de aire en las tomas domiciliarias, para aplicar la bonificación respectiva.

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También, determinar la política financiera que deba prevalecer en el cobro de los derechos, cuotas o tarifas, así como en los lineamientos de bonificaciones que deban implementar las juntas operadoras, que deberán bonificar el registro de aire en las tomas domiciliarias, cuando no cuenten con los equipos técnicos para su expulsión tanto en la red pública como en las propias tomas domiciliarias.

Además en el articulado se contemplan la imposición de penas al presidente de la Junta Municipal de Aguas y Saneamiento que no garantice no cobrar el flujo de aire en las tomas domiciliarias, mediante el esquema previsto en al artículo 26 último párrafo de la Ley del Agua del Estado de Chihuahua, finalizó el legislador.

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