La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ordenó al Tribunal Estatal Electoral emitir una nueva resolución a la solicitud de la comunidad LeBaron, quienes a finales de octubre de 2021, solicitaron convertirse en una comunidad equiparable.
A principios del año en curso, el TEE se declaró incompetente para resolver la solicitud de LeBarón, además de que señaló, el Congreso del Estado tendría que reformar las leyes para que la comunidad fuera considerada equiparable, lo cual permite, ejercer sus derechos políticos electorales con base en sus usos y costumbres.
Ante dicha resolución, el TEPJF ordenó al Tribunal Estatal, resolver la solicitud, pues determinó que sí es competencia local resolverla, pues además hubo omisión al analizar la propuesta de la comunidad LeBarón.
El TEPJF, consideró que existen varias comunidades al sur del país bajo el principio de comunidad equiparable por lo que le asiste la razón a quienes hicieron la solicitud, debido a que es competencia de autoridades electorales. De igual forma, consideró que la Sala Guadalajara como el Tribunal local (quienes analizaron la solicitud, fueron omisos en analizar la controversia planteada.
Dicho análisis, debe basarse en lo establecido para la interpretación de derechos político-electorales contenidos en el artículo 2.o de la Constitución.
Cabe recordar, que en octubre de 2021, los LeBarón, presentaron un plan de autodeterminación al Cabildo de Galeana, donde se pedía que se les considerara colonia autónoma, por no tener verdadero acceso a la justicia, pero tras la negativa, acudieron a otras instancias.
En su momento, Adrián y Julián Lebarón informaron que analizarían cómo canalizar la petición, y argumentaron que en todo el país impera la inseguridad y violencia, por lo que su exigencia tenía como fin asegurarse de que se respeten sus derechos políticos y sociales.
Además, en la petición se argumentó que otras comunidades, han conseguido esta misma autonomía, lo que finalmente fue reconocido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quien resolvió que en el caso LeBarón se acumularon los recursos para la reconsideración del caso.
El Tribunal revocó la sentencia impugnada y ordenó el Tribunal Electoral del Estado de Chihuahua, emitir una nueva resolución en los términos establecidos en esta ejecutoria.