/ sábado 7 de mayo de 2022

Servidores públicos deberán presentar declaración patrimonial en mayo

La Secretaria de la Función Pública dijo que en caso de que algún funcionario público no realice la entrega, podría derivar en procesos administrativos

La secretaria de la Función Pública, María de los Ángeles Álvarez Hurtado, informó que a partir del 1 de mayo se habilitó la página DeclaraNet Chihuahua, para que todos los servidores públicos del Gobierno del Estado entregaran sus declaraciones patrimoniales y de intereses como lo manda la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

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Compartió que durante la pasada administración estas declaraciones se hacían pero se entregaban a la Función Pública del Gobierno de la República, y no se tenía conocimiento de la misma a nivel estatal, por lo cual se desconoce todo el material que entregaron en la pasada administración que encabezó Javier Corral Jurado.

Para llevar un control y buscar el 100% de la transparencia en los servidores públicos, fue que se instaló un nuevo apartado de declaración en el portal de Gobierno del Estado, para que todos los funcionarios puedan hacer la entrega de sus respectivas declaraciones patrimoniales las cuales son revisadas y analizadas por la Secretaría de la Función Pública.

Comentó que la intención de las declaraciones patrimoniales, es conocer el patrimonio de los funcionarios antes, durante y después de concluir con un cargo, donde pueden analizar si cuentan con una evolución no justificada de su patrimonio, que puede no estar acorde a sus percepciones como servidor público.

María de los Ángeles Álvarez dijo que la declaración debe ser presentada de conformidad con el artículo 32 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, donde todos los servidores, están obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad y ante la secretaría o su respectivo Órgano Interno de Control.

Compartió que a su llegada a la secretaría fue que se percataron que no había un lugar en el estado para recibir las declaraciones patrimoniales, por lo que no tendrían acceso a esta información para su análisis y revisión de cada uno de los trabajadores, ya que anteriormente todo se mandaba a la Función Pública nacional, donde allá se mantiene toda la información fuera del alcance del estado.

En este proceso hay tres formas que pueden presentaron los servidores públicos, como son la declaración inicial, que es el formato donde dan a conocer todo el patrimonio que tienen antes de ingresar al Gobierno del Estado, la cual se presenta dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión o si reingresó al servicio público después de 60 días naturales de la conclusión de su último encargo.

También está la de modificación, la cual se presenta durante el mes de mayo de cada año, siempre y cuando haya laborado al menos un día del año inmediato anterior y es la que se tiene que ir actualizando conforme pasan los años, mientras siguen en el servicio público del Gobierno del Estado.

El último formato que se debe presentar es el de conclusión, que se presenta dentro de los 60 días naturales siguientes a la conclusión del encargo, es decir para aquellos funcionarios que ya dejaron su cargo por diversos motivos, para dar a conocer cómo terminaron en su esquema patrimonial, luego de haber trabajado al servicio del estado.

La titular de la Función Pública dijo que si el ingreso mensual bruto es igual o menor a 20 mil 858 pesos, los trabajadores deberán presentar su declaración patrimonial y de intereses simplificada o completo, según sea el caso de cada uno de los servidores públicos.

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La Secretaria de la Función Pública dijo que en caso de que algún funcionario público no realice la entrega de su declaración correspondiente antes del 31 de mayo, podría derivar de procesos administrativos, así como tener sanciones y hasta la separación del cargo según sea el caso en particular.

La misma Ley General de Responsabilidades Administrativas indica que las secretarías y los órganos internos de control, según sea el caso, deberán realizar una verificación aleatoria de las declaraciones patrimoniales que obren en el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, así como de la evolución del patrimonio de los servidores públicos. De no existir ninguna anomalía expedirán la certificación correspondiente, la cual se anotará en dicho sistema. En caso contrario, iniciarán la investigación que corresponda.


La secretaria de la Función Pública, María de los Ángeles Álvarez Hurtado, informó que a partir del 1 de mayo se habilitó la página DeclaraNet Chihuahua, para que todos los servidores públicos del Gobierno del Estado entregaran sus declaraciones patrimoniales y de intereses como lo manda la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

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Compartió que durante la pasada administración estas declaraciones se hacían pero se entregaban a la Función Pública del Gobierno de la República, y no se tenía conocimiento de la misma a nivel estatal, por lo cual se desconoce todo el material que entregaron en la pasada administración que encabezó Javier Corral Jurado.

Para llevar un control y buscar el 100% de la transparencia en los servidores públicos, fue que se instaló un nuevo apartado de declaración en el portal de Gobierno del Estado, para que todos los funcionarios puedan hacer la entrega de sus respectivas declaraciones patrimoniales las cuales son revisadas y analizadas por la Secretaría de la Función Pública.

Comentó que la intención de las declaraciones patrimoniales, es conocer el patrimonio de los funcionarios antes, durante y después de concluir con un cargo, donde pueden analizar si cuentan con una evolución no justificada de su patrimonio, que puede no estar acorde a sus percepciones como servidor público.

María de los Ángeles Álvarez dijo que la declaración debe ser presentada de conformidad con el artículo 32 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, donde todos los servidores, están obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad y ante la secretaría o su respectivo Órgano Interno de Control.

Compartió que a su llegada a la secretaría fue que se percataron que no había un lugar en el estado para recibir las declaraciones patrimoniales, por lo que no tendrían acceso a esta información para su análisis y revisión de cada uno de los trabajadores, ya que anteriormente todo se mandaba a la Función Pública nacional, donde allá se mantiene toda la información fuera del alcance del estado.

En este proceso hay tres formas que pueden presentaron los servidores públicos, como son la declaración inicial, que es el formato donde dan a conocer todo el patrimonio que tienen antes de ingresar al Gobierno del Estado, la cual se presenta dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión o si reingresó al servicio público después de 60 días naturales de la conclusión de su último encargo.

También está la de modificación, la cual se presenta durante el mes de mayo de cada año, siempre y cuando haya laborado al menos un día del año inmediato anterior y es la que se tiene que ir actualizando conforme pasan los años, mientras siguen en el servicio público del Gobierno del Estado.

El último formato que se debe presentar es el de conclusión, que se presenta dentro de los 60 días naturales siguientes a la conclusión del encargo, es decir para aquellos funcionarios que ya dejaron su cargo por diversos motivos, para dar a conocer cómo terminaron en su esquema patrimonial, luego de haber trabajado al servicio del estado.

La titular de la Función Pública dijo que si el ingreso mensual bruto es igual o menor a 20 mil 858 pesos, los trabajadores deberán presentar su declaración patrimonial y de intereses simplificada o completo, según sea el caso de cada uno de los servidores públicos.

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La Secretaria de la Función Pública dijo que en caso de que algún funcionario público no realice la entrega de su declaración correspondiente antes del 31 de mayo, podría derivar de procesos administrativos, así como tener sanciones y hasta la separación del cargo según sea el caso en particular.

La misma Ley General de Responsabilidades Administrativas indica que las secretarías y los órganos internos de control, según sea el caso, deberán realizar una verificación aleatoria de las declaraciones patrimoniales que obren en el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, así como de la evolución del patrimonio de los servidores públicos. De no existir ninguna anomalía expedirán la certificación correspondiente, la cual se anotará en dicho sistema. En caso contrario, iniciarán la investigación que corresponda.


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