Para el ciudadano que se niegue a portar cubrebocas, en ocasión reiterada, se autorizaron hasta 12 horas de arresto, multas por hasta 434 pesos y trabajo comunitario, aplicable luego de que se le haya amonestado con apercibimiento.
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Será la autoridad sancionadora quien decidirá el destino de lo recaudado en beneficio a las instancias de salud. La multa monetaria se efectuará en caso de que el ciudadano ya haya recibido una amonestación con apercibimiento; mientras que el arresto será cuando el individuo se niegue a cumplir con las sanciones anteriores.
Además, quienes estén a cargo que de los lugares de trabajo podrán entregar cubrebocas de forma gratuita, de acuerdo a las capacidad financiera, priorizando a las personas más vulnerables, exceptuando de la obligación a las pequeñas y medianas empresas.
Asimismo, se estableció el trabajo comunitario, la clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total del establecimiento que haya incumplido las disposiciones. Por último se aprobó el arresto de hasta 12 horas.
Lo anterior será interpuesto conforme a los daños que se hayan producido en contra de la salud, la gravedad de la infracción, las condiciones socioeconómicas del infractor y la calidad de reincidente del infractor.
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