/ sábado 8 de mayo de 2021

Imposible que César D. recupere bienes asegurados: Jorge Espinoza

Así lo expresó el consejero jurídico de gobierno del estado, quien añadió que cualquier fallo de la SCJN no tiene relación con los ranchos del exmandatario preso en Estados Unidos

El consejero jurídico de gobierno del estado, Jorge Espinoza, dio a conocer que pese al fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en torno a la invalidez de algunos preceptos incluidos en la Ley Estatal de Extinción de Dominio, el exgobernador del estado César Horacio Duarte no podrá recuperar los bienes que le fueron retirados por las autoridades.

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Lo anterior debido a que la adjudicación de los ranchos y predios, que actualmente se encuentran a nombre de gobierno del estado, se recuperaron por encontrarse en calidad de abandono y no bajo el amparo de la extinción de dominio, es decir, cualquier fallo de la SCJN no tiene relación con los ranchos del exmandatario preso en Estados Unidos.

“La Ley que resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación no se aplicó en el tema del exgobernador en cuanto a los bienes, lo que se aplicó fue el Código Nacional de Procedimientos Penales, Artículo 231, en el cual se solicitó la declaración de abandono de los bienes, que es algo completamente distinto a lo que establecía la Ley cuya invalidez estableció la Corte ayer en algunos preceptos”, explicó el abogado Espinoza.

Por lo anterior, Jorge Espinoza señaló que el exmandatario de ninguna manera puede recuperar los bienes que por disposición judicial fueron entregados al gobierno del estado mediante la figura del abandono.

Explicó que se declara el abandono cuando los bienes no fueron reclamados o impugnados, y ya las propiedades incluso están a nombre del gobierno del estado, como en el caso del Rancho Santa Rita.

Cabe mencionar que en 2019, la Comisión Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales legisló algunas actualizaciones en torno a la Ley Estatal de Extinción de Dominio, aprobada en la entidad en 2010, y que ha tenido cambios en los años 2011, 2014, 2016 y 2019.

En este sentido, el presidente de dicha comisión legislativa, el diputado Miguel La Torre Sáenz, detalló que el Congreso del Estado aún no ha sido notificado del fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin embargo aseguró que de ninguna manera algún cambio o la invalidez de algunos preceptos dejarían la posibilidad de que el exgobernador César Duarte pudiera recuperar sus bienes.

Asimismo detalló que resulta incongruente querer hacer creer que el exmandatario pueda impugnar o utilizar recursos jurídicos para recuperar sus ranchos, toda vez que ni squiera ha concluido el proceso judicial que enfrenta y aún no existe una resolución de un juez, incluso aseguró que la única forma existente para que se le regresen sus bienes es que un juez lo exonerara de todas las acusaciones.

“De manera extraoficial y con lo que ha trascendido sabemos que algunos preceptos fueron invalidados por la Suprema Corte y hay un fallo, sin embargo no nos han notificado aún cuáles son los alcances; se ha especulado que eso podría dejar sin materia a la Ley Estatal de Extinción de Dominio, y por lo tanto cualquier persona que haya cometido un delito y se le aseguraron bienes, se le tienen que devolver, pero en la realidad esto no es así, la Ley es vigente y en dado caso deberíamos revisar los preceptos controvertidos, pero de ninguna manera quedaría nula la ley y sus efectos”, subrayó La Torre Sáenz.

Añadió que es indiscutible la existencia de una ley de extinción de dominio, pues el Estado debe contar con alguna forma de cómo garantizar la reparación del daño cuando se cometen delitos que implican un daño patrimonial, por lo que la controversia no versa en el sentido de la existencia o validez de la ley, sino será sólo cuestión de analizar los preceptos en controversia y buscar la manera de subsanar y trabajar en ellos.

Miguel La Torre recordó que en 2019 la Comisión Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales analizó y aprobó establecer medidas concretas para poder garantizar al Estado la reparación del daño y tener una mayor celeridad en el aseguramiento de los bienes, así como el aprovechamiento de esos bienes por parte del estado.

“Parte de la controversia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación seguramente será en el tema de si el Estado puede disponer de los bienes hasta que la persona esté sentenciada y sea declarada culpable o no, porque en 2019 era precisamente el dato controvertido, sin embargo no me atrevería a opinar más a fondo porque aún no hemos sido notificados y no conozco los alcances que tiene el fallo de la Corte”, detalló el diputados panista.

Hizo énfasis en que en la Ley Estatal sí se realizaron algunos cambios sobre la disponibilidad de los bienes, porque se trabajó en atender la situación que se vive en la entidad, en donde son muchos los exfuncionarios que enfrentan procesos penales por delitos patrimoniales, en donde se atribuye enriquecimiento ilícito, entre otras; reiteró que en su momento las adecuaciones fueron pensando en que el Estado pudiera tener una mayor certeza y celeridad en la recuperación de los bienes.

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El consejero jurídico de gobierno del estado, Jorge Espinoza, dio a conocer que pese al fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en torno a la invalidez de algunos preceptos incluidos en la Ley Estatal de Extinción de Dominio, el exgobernador del estado César Horacio Duarte no podrá recuperar los bienes que le fueron retirados por las autoridades.

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Lo anterior debido a que la adjudicación de los ranchos y predios, que actualmente se encuentran a nombre de gobierno del estado, se recuperaron por encontrarse en calidad de abandono y no bajo el amparo de la extinción de dominio, es decir, cualquier fallo de la SCJN no tiene relación con los ranchos del exmandatario preso en Estados Unidos.

“La Ley que resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación no se aplicó en el tema del exgobernador en cuanto a los bienes, lo que se aplicó fue el Código Nacional de Procedimientos Penales, Artículo 231, en el cual se solicitó la declaración de abandono de los bienes, que es algo completamente distinto a lo que establecía la Ley cuya invalidez estableció la Corte ayer en algunos preceptos”, explicó el abogado Espinoza.

Por lo anterior, Jorge Espinoza señaló que el exmandatario de ninguna manera puede recuperar los bienes que por disposición judicial fueron entregados al gobierno del estado mediante la figura del abandono.

Explicó que se declara el abandono cuando los bienes no fueron reclamados o impugnados, y ya las propiedades incluso están a nombre del gobierno del estado, como en el caso del Rancho Santa Rita.

Cabe mencionar que en 2019, la Comisión Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales legisló algunas actualizaciones en torno a la Ley Estatal de Extinción de Dominio, aprobada en la entidad en 2010, y que ha tenido cambios en los años 2011, 2014, 2016 y 2019.

En este sentido, el presidente de dicha comisión legislativa, el diputado Miguel La Torre Sáenz, detalló que el Congreso del Estado aún no ha sido notificado del fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin embargo aseguró que de ninguna manera algún cambio o la invalidez de algunos preceptos dejarían la posibilidad de que el exgobernador César Duarte pudiera recuperar sus bienes.

Asimismo detalló que resulta incongruente querer hacer creer que el exmandatario pueda impugnar o utilizar recursos jurídicos para recuperar sus ranchos, toda vez que ni squiera ha concluido el proceso judicial que enfrenta y aún no existe una resolución de un juez, incluso aseguró que la única forma existente para que se le regresen sus bienes es que un juez lo exonerara de todas las acusaciones.

“De manera extraoficial y con lo que ha trascendido sabemos que algunos preceptos fueron invalidados por la Suprema Corte y hay un fallo, sin embargo no nos han notificado aún cuáles son los alcances; se ha especulado que eso podría dejar sin materia a la Ley Estatal de Extinción de Dominio, y por lo tanto cualquier persona que haya cometido un delito y se le aseguraron bienes, se le tienen que devolver, pero en la realidad esto no es así, la Ley es vigente y en dado caso deberíamos revisar los preceptos controvertidos, pero de ninguna manera quedaría nula la ley y sus efectos”, subrayó La Torre Sáenz.

Añadió que es indiscutible la existencia de una ley de extinción de dominio, pues el Estado debe contar con alguna forma de cómo garantizar la reparación del daño cuando se cometen delitos que implican un daño patrimonial, por lo que la controversia no versa en el sentido de la existencia o validez de la ley, sino será sólo cuestión de analizar los preceptos en controversia y buscar la manera de subsanar y trabajar en ellos.

Miguel La Torre recordó que en 2019 la Comisión Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales analizó y aprobó establecer medidas concretas para poder garantizar al Estado la reparación del daño y tener una mayor celeridad en el aseguramiento de los bienes, así como el aprovechamiento de esos bienes por parte del estado.

“Parte de la controversia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación seguramente será en el tema de si el Estado puede disponer de los bienes hasta que la persona esté sentenciada y sea declarada culpable o no, porque en 2019 era precisamente el dato controvertido, sin embargo no me atrevería a opinar más a fondo porque aún no hemos sido notificados y no conozco los alcances que tiene el fallo de la Corte”, detalló el diputados panista.

Hizo énfasis en que en la Ley Estatal sí se realizaron algunos cambios sobre la disponibilidad de los bienes, porque se trabajó en atender la situación que se vive en la entidad, en donde son muchos los exfuncionarios que enfrentan procesos penales por delitos patrimoniales, en donde se atribuye enriquecimiento ilícito, entre otras; reiteró que en su momento las adecuaciones fueron pensando en que el Estado pudiera tener una mayor certeza y celeridad en la recuperación de los bienes.

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