/ viernes 11 de septiembre de 2020

Niega la SCJN medidas cautelares solicitadas por alcaldes para la extracción de agua

El diputado Omar Bazán explicó que diversos municipios solicitaron la modificación de las mismas poniendo a consideración los hechos del pasado mes de julio.

Con el argumento de que se pone en riesgo el cumplimiento de un tratado internacional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha negado las medidas cautelares solicitadas por alcaldes para detener la extracción de agua en las presas de Chihuahua, dijo el diputado Omar Bazán.

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Sin embargo, explicó, diversos municipios solicitaron la modificación de las mismas poniendo a consideración los hechos del pasado mes de julio.

Lo ocurrido esta semana, señaló el diputado priista, debe llevar a que la Corte valore de nuevo la conveniencia y necesidad de modificar o dictar las medidas cautelares en contra de los actos reclamados por los municipios demandantes, en especial de la Guardia Nacional, evitando se utilice el uso de la fuerza pública en contra de los productores agrícolas del estado de Chihuahua.

En una iniciativa que presentará ante el Congreso, el también dirigente estatal del PRI señaló que el Estado Mexicano debe preservar el derecho a la libre manifestación de los productores agrícolas y líderes sociales, diputados y presidentes municipales que encabezan la lucha por la defensa de los derechos hídricos en el estado de Chihuahua, “deben cesar los actos de represión por parte del poder público federal”.

Agregó en su propuesta de exhorto, se ejerza la facultad de atracción por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para revisar y en su caso otorgar o modificar las medidas cautelares en relación a las controversias constitucionales promovidas por diversos Municipios de la entidad en contra del presidente de la República con motivo de la gestión, administración y disposición de los recursos hídricos de las presas de la Cuenca del Río Bravo ubicadas en el estado de Chihuahua.

En la controversia 59/2020 al poner en consideración del Ministro Instructor Javier Laynez Potisek la modificación de medidas cautelares mediante acuerdo de fecha 26 de agosto del año en curso, expone que se negó la medida suspensional al admitir a trámite la controversia, porque de concederla se paralizaría el cumplimiento de un tratado internacional, refiriéndose desde luego al tratado de Aguas de 1944, además señaló que los hechos supervenientes en nada modifican la litis ni los motivos originales con lo que se negó la medida, que de conceder dijo, podrían ocasionar graves perjuicios al interés nacional.

Con la solicitud de modificación de medidas cautelares, se busca se respete el derecho a la libre manifestación de los productores agrícolas frente a un acto arbitrario del Poder Ejecutivo Federal, donde se puede apreciar la apariencia del buen derecho de aquéllos y sobre todo evitar el uso excesivo de la fuerza pública, el amedrentamiento por el poder público para inhibir las manifestaciones libres y espontáneas de los productores agrícolas y de la ciudadanía en general y minimizar la escalada de violencia que pudiese sobrevenir, sostuvo el diputado Omar Bazán.

Recordó que diversos municipios del Estado acudieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación a fin de someter la violación constitucional en la integración del Consejo de Cuenca en lo que corresponde a la Cuenca del Río Bravo, lo cual está provocando que se gestione y disponga de los recursos hídricos de Chihuahua, sin la participación que les asiste a los Municipios y productores agrícolas de la entidad, por lo que los actos de la federación en este sentido resultan arbitrarios e inconstitucionales.

Los municipios que han entablado una controversia constitucional son: Aquiles Serdán, Balleza, Batopilas, Buenaventura, Chínipas, Coronado, Cusihuiriachi, Dr. Belisario Domínguez, Guachochi, Guadalupe, Guadalupe y Calvo, Huejotitán, López, Maguarichi, Manuel Benavides, Matachi, Namiquipa, Ocampo, Riva Palacio, San Francisco de Conchos y Santa Bárbara.

El gobierno federal no ha integrado ni a los municipios, ni a los productores en la gestión hídrica como lo establece la Ley Federal de Aguas y se han violado acuerdos que se han tomado en las mesas de trabajo con los integrantes de la Comisión Nacional del Agua, y que van en detrimento de las personas productoras agrícolas y de la población del Estado de Chihuahua.


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Sin embargo, explicó, diversos municipios solicitaron la modificación de las mismas poniendo a consideración los hechos del pasado mes de julio.

Lo ocurrido esta semana, señaló el diputado priista, debe llevar a que la Corte valore de nuevo la conveniencia y necesidad de modificar o dictar las medidas cautelares en contra de los actos reclamados por los municipios demandantes, en especial de la Guardia Nacional, evitando se utilice el uso de la fuerza pública en contra de los productores agrícolas del estado de Chihuahua.

En una iniciativa que presentará ante el Congreso, el también dirigente estatal del PRI señaló que el Estado Mexicano debe preservar el derecho a la libre manifestación de los productores agrícolas y líderes sociales, diputados y presidentes municipales que encabezan la lucha por la defensa de los derechos hídricos en el estado de Chihuahua, “deben cesar los actos de represión por parte del poder público federal”.

Agregó en su propuesta de exhorto, se ejerza la facultad de atracción por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para revisar y en su caso otorgar o modificar las medidas cautelares en relación a las controversias constitucionales promovidas por diversos Municipios de la entidad en contra del presidente de la República con motivo de la gestión, administración y disposición de los recursos hídricos de las presas de la Cuenca del Río Bravo ubicadas en el estado de Chihuahua.

En la controversia 59/2020 al poner en consideración del Ministro Instructor Javier Laynez Potisek la modificación de medidas cautelares mediante acuerdo de fecha 26 de agosto del año en curso, expone que se negó la medida suspensional al admitir a trámite la controversia, porque de concederla se paralizaría el cumplimiento de un tratado internacional, refiriéndose desde luego al tratado de Aguas de 1944, además señaló que los hechos supervenientes en nada modifican la litis ni los motivos originales con lo que se negó la medida, que de conceder dijo, podrían ocasionar graves perjuicios al interés nacional.

Con la solicitud de modificación de medidas cautelares, se busca se respete el derecho a la libre manifestación de los productores agrícolas frente a un acto arbitrario del Poder Ejecutivo Federal, donde se puede apreciar la apariencia del buen derecho de aquéllos y sobre todo evitar el uso excesivo de la fuerza pública, el amedrentamiento por el poder público para inhibir las manifestaciones libres y espontáneas de los productores agrícolas y de la ciudadanía en general y minimizar la escalada de violencia que pudiese sobrevenir, sostuvo el diputado Omar Bazán.

Recordó que diversos municipios del Estado acudieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación a fin de someter la violación constitucional en la integración del Consejo de Cuenca en lo que corresponde a la Cuenca del Río Bravo, lo cual está provocando que se gestione y disponga de los recursos hídricos de Chihuahua, sin la participación que les asiste a los Municipios y productores agrícolas de la entidad, por lo que los actos de la federación en este sentido resultan arbitrarios e inconstitucionales.

Los municipios que han entablado una controversia constitucional son: Aquiles Serdán, Balleza, Batopilas, Buenaventura, Chínipas, Coronado, Cusihuiriachi, Dr. Belisario Domínguez, Guachochi, Guadalupe, Guadalupe y Calvo, Huejotitán, López, Maguarichi, Manuel Benavides, Matachi, Namiquipa, Ocampo, Riva Palacio, San Francisco de Conchos y Santa Bárbara.

El gobierno federal no ha integrado ni a los municipios, ni a los productores en la gestión hídrica como lo establece la Ley Federal de Aguas y se han violado acuerdos que se han tomado en las mesas de trabajo con los integrantes de la Comisión Nacional del Agua, y que van en detrimento de las personas productoras agrícolas y de la población del Estado de Chihuahua.


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