/ martes 24 de noviembre de 2020

Seguirá en marcha la denuncia del PRI contra Loera por espectaculares

Podrá avanzar de forma favorable luego de que el Tribunal Estatal Electoral instruyera al Instituto Estatal Electoral a continuar el procedimiento legal

La denuncia del Partido Revolucionario Institucional en contra del diputado federal Juan Carlos Loera, por el posicionamiento de anuncios espectaculares con su imagen, podrá avanzar de forma favorable luego de que el Tribunal Estatal Electoral instruyera al Instituto Estatal Electoral a continuar el procedimiento legal.

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De acuerdo con la resolución del Tribunal, con la identificación PMC-31/2020, se advirtió que la determinación sobre las medidas cautelares solicitadas por el PRI en contra de Loera tiene como finalidad garantizar el cumplimiento de los principios de legalidad, certeza y equidad en la contienda.

Asimismo, se indica que al haberse reservado las medidas cautelares en la resolución del IEE, un día antes a fin de que concluyeran las diligencias de investigación ordenadas y ante la solicitud por parte del PRI en su denuncia de las mismas diligencias, sin que en alguna de dichas denuncias se ofrecieran pruebas diversas a fin de acreditar la existencia de los mismos, la Secretaría Ejecutiva del Instituto se encontraba imposibilitada para proponer a la consejera o consejero presidente lo relativo a las medidas cautelares.

De igual manera, se establece que aunque el actuar de la Secretaría Ejecutiva al momento de dictar el acuerdo se estima correcto, de las constancias que obran en el expediente se desprende que ya obran las actas circunstanciadas que acreditan la existencia de la propaganda denunciada, por lo cual no hay impedimento para que se pronuncie sobre la petición de medidas cautelares.

Lo anterior, dada la naturaleza de los mecanismos de tutela preventiva que deben ser resueltos con la inmediatez necesaria y establecida en la Ley. En consecuencia, el Tribunal Estatal Electoral revoca el acto impugnado a fin de que el Instituto resuelva la solicitud de medidas cautelares.

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Asimismo, se indica que al haberse reservado las medidas cautelares en la resolución del IEE, un día antes a fin de que concluyeran las diligencias de investigación ordenadas y ante la solicitud por parte del PRI en su denuncia de las mismas diligencias, sin que en alguna de dichas denuncias se ofrecieran pruebas diversas a fin de acreditar la existencia de los mismos, la Secretaría Ejecutiva del Instituto se encontraba imposibilitada para proponer a la consejera o consejero presidente lo relativo a las medidas cautelares.

De igual manera, se establece que aunque el actuar de la Secretaría Ejecutiva al momento de dictar el acuerdo se estima correcto, de las constancias que obran en el expediente se desprende que ya obran las actas circunstanciadas que acreditan la existencia de la propaganda denunciada, por lo cual no hay impedimento para que se pronuncie sobre la petición de medidas cautelares.

Lo anterior, dada la naturaleza de los mecanismos de tutela preventiva que deben ser resueltos con la inmediatez necesaria y establecida en la Ley. En consecuencia, el Tribunal Estatal Electoral revoca el acto impugnado a fin de que el Instituto resuelva la solicitud de medidas cautelares.

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