/ martes 1 de octubre de 2019

"Vapeo" irrita vías aéreas y pulmonares

Ante la falta de regulación en uso de cigarros electrónicos, alerta Salud contra efectos dañinos por inhabilitación de sustancias

A pesar de que la venta y uso de los cigarros electrónicos no tiene regulación legal en México, las autoridades de Salud, a nivel nacional, trabajan para alertar a la población sobre los posibles efectos dañinos del “vapeo”, dado los casos de enfermedades pulmonares graves en otros países.

En un comienzo, los dispositivos fueron ofertados como alternativas a los cigarros convencionales dado que el bajo nivel de nicotina que contiene permitía reducir la adicción. Sin embargo, el mercado se ha expandido hasta existir utensilios que no contienen nicotina, pero sí otros químicos con efectos negativos a la salud, aunque se desconoce con precisión su gravedad.

Lo anterior es considerado como ilegal de acuerdo con el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco, donde se especifica que está prohibido “Comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco”, sin embargo, su creciente importación y utilización ha logrado burlar las especificaciones legales.

La invención del cigarrillo electrónico moderno se le atribuye a un farmacéutico chino, Hon Lik, quien patentó su dispositivo en 2003. Consiste en un elemento de calentamiento recargable que convierte el líquido en un aerosol, para ser inhalado por el usuario. Además de la nicotina, los cigarrillos electrónicos contienen propilenglicol y/o glicerina vegetal, sustancias utilizadas para producir niebla escénica o teatral, que se cree aumenta la irritación pulmonar y de las vías respiratorias después de la exposición concentrada.

Estos dispositivos facilitan el control sobre los sabores líquidos, la nicotina y los productos químicos utilizados. Si bien, desde su llegada al público consumidor han existido diversas investigaciones sobre sus efectos a la salud, ninguna de ellas ha sido concreta como para efectuar regulaciones legales sobre la distribución.

Sin embargo, en las últimas semanas se han conocido casos de jóvenes adultos con un daño considerable en sus pulmones ocasionado (posiblemente) por el uso de los cigarros electrónicos en Estados Unidos. Los síntomas van desde la falta de aire que se desarrolla de días a semanas, tos seca, dolor en el tórax, fatiga o fiebre, manchas en el pulmón, baja oxigenación de la sangre o inclusive falla respiratoria.

Por lo que el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Secretaría de Salud lanzaron una alerta epidemiológica para que los consumidores acudan a revisión médica urgente en caso de presentar falta de aire con tos o fiebre, de igual manera para que el personal médico esté atento ante posibles afectados.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (Encodat), al 2017 el 5.9% de los fumadores en México, entre los 12 y 65 años, expresaron haber probado alguna vez el cigarro electrónico, mientras que el 1.1% explicó utilizarlo de manera diaria.

De igual manera, el Congreso de la Ciudad de México se encuentra analizando la iniciativa para incorporar al cigarro electrónico, vaporizadores y demás sustancias nuevas de consumo de nicotina y e-líquidos, a las medidas ya establecidas para los espacios cien por ciento libres de humo de tabaco.

Es decir, no será permitido utilizarlos en áreas cerradas y publicitarlos sin las alertas de daños a la salud correspondientes. De incumplirlas, conllevaría a ser acreedor de una multa administrativa desde los 844.90 pesos hasta 2 mil 534.70 pesos, recaudación que posiblemente sea hacia acciones de prevención y tratamiento de enfermedades atribuibles al tabaco.

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Lo anterior es considerado como ilegal de acuerdo con el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco, donde se especifica que está prohibido “Comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco”, sin embargo, su creciente importación y utilización ha logrado burlar las especificaciones legales.

La invención del cigarrillo electrónico moderno se le atribuye a un farmacéutico chino, Hon Lik, quien patentó su dispositivo en 2003. Consiste en un elemento de calentamiento recargable que convierte el líquido en un aerosol, para ser inhalado por el usuario. Además de la nicotina, los cigarrillos electrónicos contienen propilenglicol y/o glicerina vegetal, sustancias utilizadas para producir niebla escénica o teatral, que se cree aumenta la irritación pulmonar y de las vías respiratorias después de la exposición concentrada.

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Por lo que el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Secretaría de Salud lanzaron una alerta epidemiológica para que los consumidores acudan a revisión médica urgente en caso de presentar falta de aire con tos o fiebre, de igual manera para que el personal médico esté atento ante posibles afectados.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (Encodat), al 2017 el 5.9% de los fumadores en México, entre los 12 y 65 años, expresaron haber probado alguna vez el cigarro electrónico, mientras que el 1.1% explicó utilizarlo de manera diaria.

De igual manera, el Congreso de la Ciudad de México se encuentra analizando la iniciativa para incorporar al cigarro electrónico, vaporizadores y demás sustancias nuevas de consumo de nicotina y e-líquidos, a las medidas ya establecidas para los espacios cien por ciento libres de humo de tabaco.

Es decir, no será permitido utilizarlos en áreas cerradas y publicitarlos sin las alertas de daños a la salud correspondientes. De incumplirlas, conllevaría a ser acreedor de una multa administrativa desde los 844.90 pesos hasta 2 mil 534.70 pesos, recaudación que posiblemente sea hacia acciones de prevención y tratamiento de enfermedades atribuibles al tabaco.

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