/ viernes 15 de diciembre de 2017

Tribunal Electoral respalda proyectos que el INE aprobó

El TEPJF ratificó los criterios para debates presidenciales; restituye derechos partidistas a Humberto Moreira

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó los criterios para los debates presidenciales que el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó; para la magistrada presidente, Janine Otálora Malassis este es uno más de los criterios aprobados por el INE que respalda el tribunal, un dicho que contrasta con las diferencias que en los últimos meses han tenido ambas instituciones.

Al analizar la sentencia que declaró infundadas las apelaciones que el PRD y Movimiento Ciudadano interpusieron contra los lineamientos de debates, Otálora Malassis hizo un listado de todos los criterios aprobados por el INE que el TEPJF ha avalado, tales como la modificación del calendario electoral o el método de recolección de firmas de apoyo a candidatos independientes, entre otros.

“La impugnación de la determinación que toma en Instituto Nacional Electoral entorno a los debates entre candidatos para la elección presidencial, tema que ha sido bastante debatido en diversos medios, aquí estamos dando una aprobación total y absoluta a estos acuerdos del INE, así como a otros criterios… Esto demuestra finalmente los diversos criterios que hemos tenido en asuntos que hemos aprobado muy ampliamente por unanimidad”, dijo la magistrada presidente.

Esta declaración se da luego de que en meses pasados ambas instituciones han chocado por diferencia de criterios en temas como Cancha Pareja o la fiscalización de las elecciones de Coahuila.

RECUPERA MOREIRA SU PRIISMO

Por otra parte, el Tribunal Electoral concluyó que el Partido Revolucionario Institucional violó el debido proceso durante la expulsión de Humberto Moreira, por lo que el exgobernador de Coahuila recupera su militancia del tricolor.

En la sentencia votada a favor, los magistrados le dieron la razón a la impugnación interpuesta por Moreira en contra de su expulsión, ya que al analizar el procedimiento del PRI se encontró que no se le otorgó derecho de audiencia ni se le notificó del procedimiento, lo que va en contra de los estatutos.

“Es fundado el motivo de agravio y relativo a la violación del debido proceso, así como de los derechos de defensa y audiencia. Contrariamente a lo que se sostiene en la resolución reclamada, el procedimiento para declarar la pérdida de la militancia sí debe cumplir las formalidades esenciales del procedimiento, lo cual implica emplazar a la persona cuyos derechos habrán de ser objeto de la decisión, a fin de que manifieste lo que a su derecho convenga, además de que se le se debe notificar la resolución final”, dice la sentencia.

Ahora, el PRI deberá de reponer el procedimiento si quiere volver a expulsar a su ex presidente nacional, a quien echaron del partido en abril del año pasado porque se postulo como candidato a una diputación local por el Partido Joven de Coahuila.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó los criterios para los debates presidenciales que el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó; para la magistrada presidente, Janine Otálora Malassis este es uno más de los criterios aprobados por el INE que respalda el tribunal, un dicho que contrasta con las diferencias que en los últimos meses han tenido ambas instituciones.

Al analizar la sentencia que declaró infundadas las apelaciones que el PRD y Movimiento Ciudadano interpusieron contra los lineamientos de debates, Otálora Malassis hizo un listado de todos los criterios aprobados por el INE que el TEPJF ha avalado, tales como la modificación del calendario electoral o el método de recolección de firmas de apoyo a candidatos independientes, entre otros.

“La impugnación de la determinación que toma en Instituto Nacional Electoral entorno a los debates entre candidatos para la elección presidencial, tema que ha sido bastante debatido en diversos medios, aquí estamos dando una aprobación total y absoluta a estos acuerdos del INE, así como a otros criterios… Esto demuestra finalmente los diversos criterios que hemos tenido en asuntos que hemos aprobado muy ampliamente por unanimidad”, dijo la magistrada presidente.

Esta declaración se da luego de que en meses pasados ambas instituciones han chocado por diferencia de criterios en temas como Cancha Pareja o la fiscalización de las elecciones de Coahuila.

RECUPERA MOREIRA SU PRIISMO

Por otra parte, el Tribunal Electoral concluyó que el Partido Revolucionario Institucional violó el debido proceso durante la expulsión de Humberto Moreira, por lo que el exgobernador de Coahuila recupera su militancia del tricolor.

En la sentencia votada a favor, los magistrados le dieron la razón a la impugnación interpuesta por Moreira en contra de su expulsión, ya que al analizar el procedimiento del PRI se encontró que no se le otorgó derecho de audiencia ni se le notificó del procedimiento, lo que va en contra de los estatutos.

“Es fundado el motivo de agravio y relativo a la violación del debido proceso, así como de los derechos de defensa y audiencia. Contrariamente a lo que se sostiene en la resolución reclamada, el procedimiento para declarar la pérdida de la militancia sí debe cumplir las formalidades esenciales del procedimiento, lo cual implica emplazar a la persona cuyos derechos habrán de ser objeto de la decisión, a fin de que manifieste lo que a su derecho convenga, además de que se le se debe notificar la resolución final”, dice la sentencia.

Ahora, el PRI deberá de reponer el procedimiento si quiere volver a expulsar a su ex presidente nacional, a quien echaron del partido en abril del año pasado porque se postulo como candidato a una diputación local por el Partido Joven de Coahuila.

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