/ martes 26 de mayo de 2020

SCJN pospone análisis de inhabilitación perpetua de funcionarios por corrupción

Un ministro de la Corte propuso que la llamada "muerte civil" es inconstitucional, pues se afecta la dignidad de la persona

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propuso que la llamada "muerte civil" o inhabilitación perpetua, que algunos estados del país aplican contra funcionarios, empresas y particulares que cometen actos de corrupción, es inconstitucional pues se afecta la dignidad de la persona.

Sin embargo, en su sesión de este martes, el pleno de ministros pospuso, "por temas de metodología", el análisis de un proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, en el que se plantea la invalidez de la reforma aprobada en Jalisco para sancionar con la inhabilitación permanente a quien incurra en delitos por corrupción.

Incluso, durante la sesión, se vivió una intensa discusión entre los ministros Pérez Dayán y Arturo Zaldívar sobre el futuro de proyecto presentado, lo que resultó en que el ministro ponente retirara su propuesta para en un futuro incorporar precedentes de la Primera Sala del máximo tribunal del país y volverlo a someter a análisis del pleno de la Corte.

Hace un año entró en vigor la reforma al Código Penal y a la Ley de Responsabilidad Administrativa del estado de Jalisco con la que se estableció pena de inhabilitación de uno a diez años, cuando el lucro obtenido por el delito de corrupción sea menor a los 16 mil 898 pesos. En los casos que superen ese monto, el impedimento para volver a ocupar un cargo en la administración pública puede ir de 30 años hasta la inhabilitación perpetua.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acudió a la Corte y calificó como desproporcionada la gravedad del delito de corrupción buscar sancionar a una persona con la inhabilitación de por vida para ocupar cargos públicos.

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propuso que la llamada "muerte civil" o inhabilitación perpetua, que algunos estados del país aplican contra funcionarios, empresas y particulares que cometen actos de corrupción, es inconstitucional pues se afecta la dignidad de la persona.

Sin embargo, en su sesión de este martes, el pleno de ministros pospuso, "por temas de metodología", el análisis de un proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, en el que se plantea la invalidez de la reforma aprobada en Jalisco para sancionar con la inhabilitación permanente a quien incurra en delitos por corrupción.

Incluso, durante la sesión, se vivió una intensa discusión entre los ministros Pérez Dayán y Arturo Zaldívar sobre el futuro de proyecto presentado, lo que resultó en que el ministro ponente retirara su propuesta para en un futuro incorporar precedentes de la Primera Sala del máximo tribunal del país y volverlo a someter a análisis del pleno de la Corte.

Hace un año entró en vigor la reforma al Código Penal y a la Ley de Responsabilidad Administrativa del estado de Jalisco con la que se estableció pena de inhabilitación de uno a diez años, cuando el lucro obtenido por el delito de corrupción sea menor a los 16 mil 898 pesos. En los casos que superen ese monto, el impedimento para volver a ocupar un cargo en la administración pública puede ir de 30 años hasta la inhabilitación perpetua.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acudió a la Corte y calificó como desproporcionada la gravedad del delito de corrupción buscar sancionar a una persona con la inhabilitación de por vida para ocupar cargos públicos.

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