/ sábado 20 de enero de 2024

¿Puedo retirar el dinero de mi Afore antes de pensionarme?

La Ley del SAR, establece que puedes realizar retiros parciales en caso de que sea por desempleo, ayuda por matrimonio y de las aportaciones voluntarias si es que las realizaste

Todas las personas afiliadas a una Afore, de acuerdo a la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro, podrán gozar del beneficio de disponer anticipadamente de una parte de sus recursos, en los casos que sean por desempleo, ayuda por matrimonio y de las aportaciones voluntarias, esto siempre y cuando se cumpla con los requisitos que establece la mencionada ley.

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Para quienes se preguntan si es posible realizar un retiro parcial de su cuenta de Afore antes de los 60 años, la respuesta es sí, pero para gozar de este beneficio como en todo hay que cumplir ciertos requisitos y en su caso asumir las consecuencias, como en el retiro por desempleo y que implica la reducción del ahorro y de las semanas cotizadas.

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Foto: Página Oficial | Gobierno de México

El actual esquema de pensiones entró en vigor en 1997 y es operado por la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) y de acuerdo al artículo 18 de la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro, las Afore son entidades financieras constituidas como sociedades mercantiles que se dedican de manera exclusiva, habitual y profesional a administrar las cuentas individuales y canalizar los recursos de las subcuentas que las integran en términos de las leyes de seguridad social, así como administrar sociedades de inversión.

¿Cómo puedo solicitar dinero de mi Afore?

Si te encuentras ante una situación económica difícil por estar próximo a contraer matrimonio o estas sin empleo, tu Afore puede ser la solución como apoyo para resolver parcialmente la problemática por falta de recursos y así solventar los gastos que en el momento se presentan.

El trámite para solicitar el retiro parcial en los tres casos mencionados se puede hacer de manera presencial en la Afore a la cual estas afiliado y que se encuentre ubicada más cerca a tu domicilio o bien a través de Afore Móvil. Para ambas situaciones, una vez validada la solicitud, se podrá disponer de los recursos a más tardar en cinco días hábiles.

Retiro por Matrimonio

En el caso de retiro parcial por matrimonio podrán disponer en una sola exhibición al equivalente a 30 veces el valor de la Unidad de Medida Actualizada (UMA) y la pre-solicitud se puede realizar en el portal www.e-sar.com.mx o también se puede acudir directamente a tu Afore para recibir ayuda con la pre-solicitud.

Los requisitos para hacer posible el retiro son: tener acreditado un mínimo de 150 semanas ante el IMSS en el seguro de Retiro en Cesantía y Vejez (RCV) a la fecha de la celebración del matrimonio; no haber obtenido este derecho con anterioridad; estar vigente como asegurado y contar con el expediente de identificación del trabajador actualizado en su Afore.

Foto: Facebook | Consar

La ayuda para gastos de matrimonio que brindan las Afores quedó establecida desde el 1 de julio de 1997, por lo que si contrajiste matrimonio después de la fecha mencionada y no has hecho valer este derecho, aún estas a tiempo de hacerlo siempre y cuando sigas vigente como asegurado. En caso de haber dejado de pertenecer al Régimen Obligatorio podrás solicitar la prestación, si el matrimonio se contrajo dentro de los 90 días hábiles contados a partir de la baja.

Los documentos requeridos para realizar el trámite son: acta de matrimonio sin tachaduras o enmendaduras con fecha posterior al 1 de julio de 1997; identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar, pasaporte mexicano, cédula profesional, cartillas del Servicio Militar Nacional); comprobante de domicilio con menos de tres meses de antigüedad (suministro de energía eléctrica, agua, teléfono o impuesto predial); estado de cuenta bancaria a nombre del titular, con no menos de tres meses de antigüedad, en donde aparezca RFC con homoclave y CLABE interbancaria.

Retiro por desempleo

El retiro parcial también se puede hacer por desempleo y te puede ayudar al momento de no tener trabajo. Se puede retirar en una sola exhibición según la modalidad para la cual aplique. Modalidad “A”, 30 días de tu último Salario Base de Cotización con un límite de 10 UMAs; Modalidad “B”, lo que resulte menor entre 90 días de su Salario Base de Cotización en las últimas 250 semanas o las que tuviste y el 11.5% de los recursos acumulados en la subcuenta de RCV.

Foto: Página Oficial | Gobierno de México

El trámite se puede realizar a través de la pre-solicitud en el portal www.e-sar.com.mx o si lo prefieres acudir directamente a su Afore para recibir ayuda.

Los requisitos son: tener al menor 46 días en situación de desempleo; tener una cuenta individual registrada en una Afore por al menor 3 años; no haber ejercido este derecho durante los 5 años anteriores al trámite y contar con tu expediente de identificación del trabajador actualizado en tu Afore.

Es importante resaltar que al realizar el retiro por desempleo se hará un descuento de las semanas cotizadas, las cuales se podrán recuperar si se reintegran los recursos obtenidos de manera total o parcial.

Los documentos requeridos del titular de la cuenta al momento del trámite son los siguientes: identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar, pasaporte mexicano, cédula profesional, cartillas del Servicio Militar Nacional); comprobante de domicilio con menos de tres meses de antigüedad (suministro de energía eléctrica, agua, teléfono o impuesto predial); estado de cuenta bancaria a nombre del titular, con no menos de tres meses de antigüedad, en donde aparezca RFC con homo clave y CLABE interbancaria.

Foto: Página Oficial | Gobierno de México

Retiro de Aportaciones Voluntarias

Únicamente quienes cuenten con saldo en la subcuenta de aportaciones voluntarias podrán ejercer este derecho y el retiro puede ser total o parcial, tú eliges el monto que deseas solicitar de dichas aportaciones.

Hay que tomar en cuenta, que, si tienes saldo en la subcuenta de aportaciones voluntarias, deberán haber transcurrido al menos seis meses del último retiro o de la primera aportación; si las aportaciones fueron a largo plazo, se deberá haber cumplido con la permanencia mínima de 5 años para su retiro.

En caso de haber realizado las aportaciones voluntarias desde la App AforeMóvil, se podrán retirar a través de este mismo medio y solo será válido para el monto que por este medio hayas destinado.

Foto: Cuartoscuro

¿Es conveniente retirar dinero de mi Afore?

Ahora que ya sabes que, si se puede retirar dinero de la Afores, hay que tomar en cuenta que las consecuencias por realizar un retiro por desempleo, se reflejará en la reducción tu ahorro y las semanas cotizadas, sin embargó, hay que aclarar que se pueden recuperar.

La forma de hacerlo es directamente en su Afore y solicitar el reintegro de recursos y de las semanas cotizadas y será la UMA la referencia en pesos que determinará el monto a pagar.

En el caso de solicitar el retiro por matrimonio, se debe tomar en cuenta que la cantidad que se obtiene proviene de la cuota social que aporta el Gobierno a tu cuenta individual y únicamente una vez en la vida podrás hacer uso de él. La ventaja que tiene es que no hay descuento de semanas cotizadas al solicitar esta prestación a la Afore.

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Por su parte, el retiro por aportaciones voluntarias, es una gran ayuda en momentos económicos complicados y no afecta en lo más mínimo al momento de pensionarte, ya que como cuenta individual de ahorro voluntario tiene como función guardar e incrementar recursos.

Nota publicada originalmente en: El Sol de Parral

Todas las personas afiliadas a una Afore, de acuerdo a la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro, podrán gozar del beneficio de disponer anticipadamente de una parte de sus recursos, en los casos que sean por desempleo, ayuda por matrimonio y de las aportaciones voluntarias, esto siempre y cuando se cumpla con los requisitos que establece la mencionada ley.

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Para quienes se preguntan si es posible realizar un retiro parcial de su cuenta de Afore antes de los 60 años, la respuesta es sí, pero para gozar de este beneficio como en todo hay que cumplir ciertos requisitos y en su caso asumir las consecuencias, como en el retiro por desempleo y que implica la reducción del ahorro y de las semanas cotizadas.

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Foto: Página Oficial | Gobierno de México

El actual esquema de pensiones entró en vigor en 1997 y es operado por la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) y de acuerdo al artículo 18 de la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro, las Afore son entidades financieras constituidas como sociedades mercantiles que se dedican de manera exclusiva, habitual y profesional a administrar las cuentas individuales y canalizar los recursos de las subcuentas que las integran en términos de las leyes de seguridad social, así como administrar sociedades de inversión.

¿Cómo puedo solicitar dinero de mi Afore?

Si te encuentras ante una situación económica difícil por estar próximo a contraer matrimonio o estas sin empleo, tu Afore puede ser la solución como apoyo para resolver parcialmente la problemática por falta de recursos y así solventar los gastos que en el momento se presentan.

El trámite para solicitar el retiro parcial en los tres casos mencionados se puede hacer de manera presencial en la Afore a la cual estas afiliado y que se encuentre ubicada más cerca a tu domicilio o bien a través de Afore Móvil. Para ambas situaciones, una vez validada la solicitud, se podrá disponer de los recursos a más tardar en cinco días hábiles.

Retiro por Matrimonio

En el caso de retiro parcial por matrimonio podrán disponer en una sola exhibición al equivalente a 30 veces el valor de la Unidad de Medida Actualizada (UMA) y la pre-solicitud se puede realizar en el portal www.e-sar.com.mx o también se puede acudir directamente a tu Afore para recibir ayuda con la pre-solicitud.

Los requisitos para hacer posible el retiro son: tener acreditado un mínimo de 150 semanas ante el IMSS en el seguro de Retiro en Cesantía y Vejez (RCV) a la fecha de la celebración del matrimonio; no haber obtenido este derecho con anterioridad; estar vigente como asegurado y contar con el expediente de identificación del trabajador actualizado en su Afore.

Foto: Facebook | Consar

La ayuda para gastos de matrimonio que brindan las Afores quedó establecida desde el 1 de julio de 1997, por lo que si contrajiste matrimonio después de la fecha mencionada y no has hecho valer este derecho, aún estas a tiempo de hacerlo siempre y cuando sigas vigente como asegurado. En caso de haber dejado de pertenecer al Régimen Obligatorio podrás solicitar la prestación, si el matrimonio se contrajo dentro de los 90 días hábiles contados a partir de la baja.

Los documentos requeridos para realizar el trámite son: acta de matrimonio sin tachaduras o enmendaduras con fecha posterior al 1 de julio de 1997; identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar, pasaporte mexicano, cédula profesional, cartillas del Servicio Militar Nacional); comprobante de domicilio con menos de tres meses de antigüedad (suministro de energía eléctrica, agua, teléfono o impuesto predial); estado de cuenta bancaria a nombre del titular, con no menos de tres meses de antigüedad, en donde aparezca RFC con homoclave y CLABE interbancaria.

Retiro por desempleo

El retiro parcial también se puede hacer por desempleo y te puede ayudar al momento de no tener trabajo. Se puede retirar en una sola exhibición según la modalidad para la cual aplique. Modalidad “A”, 30 días de tu último Salario Base de Cotización con un límite de 10 UMAs; Modalidad “B”, lo que resulte menor entre 90 días de su Salario Base de Cotización en las últimas 250 semanas o las que tuviste y el 11.5% de los recursos acumulados en la subcuenta de RCV.

Foto: Página Oficial | Gobierno de México

El trámite se puede realizar a través de la pre-solicitud en el portal www.e-sar.com.mx o si lo prefieres acudir directamente a su Afore para recibir ayuda.

Los requisitos son: tener al menor 46 días en situación de desempleo; tener una cuenta individual registrada en una Afore por al menor 3 años; no haber ejercido este derecho durante los 5 años anteriores al trámite y contar con tu expediente de identificación del trabajador actualizado en tu Afore.

Es importante resaltar que al realizar el retiro por desempleo se hará un descuento de las semanas cotizadas, las cuales se podrán recuperar si se reintegran los recursos obtenidos de manera total o parcial.

Los documentos requeridos del titular de la cuenta al momento del trámite son los siguientes: identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar, pasaporte mexicano, cédula profesional, cartillas del Servicio Militar Nacional); comprobante de domicilio con menos de tres meses de antigüedad (suministro de energía eléctrica, agua, teléfono o impuesto predial); estado de cuenta bancaria a nombre del titular, con no menos de tres meses de antigüedad, en donde aparezca RFC con homo clave y CLABE interbancaria.

Foto: Página Oficial | Gobierno de México

Retiro de Aportaciones Voluntarias

Únicamente quienes cuenten con saldo en la subcuenta de aportaciones voluntarias podrán ejercer este derecho y el retiro puede ser total o parcial, tú eliges el monto que deseas solicitar de dichas aportaciones.

Hay que tomar en cuenta, que, si tienes saldo en la subcuenta de aportaciones voluntarias, deberán haber transcurrido al menos seis meses del último retiro o de la primera aportación; si las aportaciones fueron a largo plazo, se deberá haber cumplido con la permanencia mínima de 5 años para su retiro.

En caso de haber realizado las aportaciones voluntarias desde la App AforeMóvil, se podrán retirar a través de este mismo medio y solo será válido para el monto que por este medio hayas destinado.

Foto: Cuartoscuro

¿Es conveniente retirar dinero de mi Afore?

Ahora que ya sabes que, si se puede retirar dinero de la Afores, hay que tomar en cuenta que las consecuencias por realizar un retiro por desempleo, se reflejará en la reducción tu ahorro y las semanas cotizadas, sin embargó, hay que aclarar que se pueden recuperar.

La forma de hacerlo es directamente en su Afore y solicitar el reintegro de recursos y de las semanas cotizadas y será la UMA la referencia en pesos que determinará el monto a pagar.

En el caso de solicitar el retiro por matrimonio, se debe tomar en cuenta que la cantidad que se obtiene proviene de la cuota social que aporta el Gobierno a tu cuenta individual y únicamente una vez en la vida podrás hacer uso de él. La ventaja que tiene es que no hay descuento de semanas cotizadas al solicitar esta prestación a la Afore.

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Por su parte, el retiro por aportaciones voluntarias, es una gran ayuda en momentos económicos complicados y no afecta en lo más mínimo al momento de pensionarte, ya que como cuenta individual de ahorro voluntario tiene como función guardar e incrementar recursos.

Nota publicada originalmente en: El Sol de Parral

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