/ martes 1 de febrero de 2022

Emplearon seis alcaldías a familiares y amigos

Bajo la mira exalcaldes de Gómez Farías, Ahumada, Coyame, Guazapares, Allende y Manuel Benavides

La Auditoría Superior del Estado detectó un total de seis municipios donde se hicieron contrataciones indebidas, luego de que los titulares de los ayuntamientos contrataran amigos y familiares para que colaboraran en el mismo, lo cual se encuentra prohibido por el Código Municipal para el Estado de Chihuahua.

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Así lo explicó el auditor Héctor Acosta Feliz, quien explicó que tras la revisión de la cuenta pública del 2019, seis titulares del mismo número de ayuntamientos se encuentran atravesando por un proceso administrativo en el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa al ser sorprendidos contratando a familias y personas cercanas, para cubrir diversas funciones dentro del Ayuntamiento.

Uno de los casos más recientes y que estaría por revisarse en el apartado de municipios a partir del 1 de febrero es el caso del Municipio de San Francisco del Oro, que actualmente es dirigido por Arturo Huerta, y quien según la investigación del Cabildo contrató al menos a 12 familiares dentro de la nómina municipal.

Sobre este caso, el auditor superior dijo que en el supuesto de que todas esas contrataciones se hicieron en 2021 (cuando ingresó la nueva administración municipal) será materia a auditar para este próximo proceso de auditorías, las cuales iniciarán el primer día de febrero tras haber recibido todas las cuentas públicas de los municipios.

También explicó que en caso de que las contrataciones indebidas se registraran a partir del año 2022, tendrían que auditarlo hasta el 2023 por el esquema de trabajo de la misma Auditoría Superior, sin embargo, si fuera este supuesto la misma Auditoría tiene la capacidad de revisar en cualquier momento cualquier cuenta pública y de cualquier año, siempre y cuando exista una denuncia formal sobre algún hecho en particular.

Los municipios donde detectaron una práctica similar de contrataciones indebidas fueron Gómez Farías, Ahumada, Coyame, Guazapares, Allende y Manuel Benavides, que optaron por contratar amigos, familiares y personas cercanas para laborar como funcionarios públicos.

Tras haber concluido el año 2019 y durante las revisiones que realizó la Auditoría Superior del Estado en 2020, se iniciaron procesos administrativos de estos seis alcaldes ante el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, los cuales siguen en proceso para que sancionen a aquellos alcaldes que concluyeron con sus cargos y aquellos que lograron reelegirse.

El auditor Héctor Acosta comentó que las faltas que podría determinar el juez, serían una amonestación, suspensión de algún cargo, inhabilitación de cargos públicos por hasta 20 años, multa o destitución en caso de que continúen fungiendo algún cargo público dentro de estos meses.

De acuerdo al Código Municipal para el Estado de Chihuahua, en el Artículo 61, explica que para ser funcionario municipal es necesario no ser cónyuge, pariente consanguíneo o afín, en línea recta, sin limitación de grado o colateral por consanguinidad, dentro del cuarto grado o por afinidad dentro del segundo, de las personas titulares de la Presidencia Municipal, Presidencia Seccional, Regiduría o Sindicatura.

Y de igual forma, se exceptúa de lo anterior a quienes estén ocupando un cargo con anterioridad a la toma de posesión del funcionariado público mencionado en el párrafo anterior.


La Auditoría Superior del Estado detectó un total de seis municipios donde se hicieron contrataciones indebidas, luego de que los titulares de los ayuntamientos contrataran amigos y familiares para que colaboraran en el mismo, lo cual se encuentra prohibido por el Código Municipal para el Estado de Chihuahua.

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Así lo explicó el auditor Héctor Acosta Feliz, quien explicó que tras la revisión de la cuenta pública del 2019, seis titulares del mismo número de ayuntamientos se encuentran atravesando por un proceso administrativo en el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa al ser sorprendidos contratando a familias y personas cercanas, para cubrir diversas funciones dentro del Ayuntamiento.

Uno de los casos más recientes y que estaría por revisarse en el apartado de municipios a partir del 1 de febrero es el caso del Municipio de San Francisco del Oro, que actualmente es dirigido por Arturo Huerta, y quien según la investigación del Cabildo contrató al menos a 12 familiares dentro de la nómina municipal.

Sobre este caso, el auditor superior dijo que en el supuesto de que todas esas contrataciones se hicieron en 2021 (cuando ingresó la nueva administración municipal) será materia a auditar para este próximo proceso de auditorías, las cuales iniciarán el primer día de febrero tras haber recibido todas las cuentas públicas de los municipios.

También explicó que en caso de que las contrataciones indebidas se registraran a partir del año 2022, tendrían que auditarlo hasta el 2023 por el esquema de trabajo de la misma Auditoría Superior, sin embargo, si fuera este supuesto la misma Auditoría tiene la capacidad de revisar en cualquier momento cualquier cuenta pública y de cualquier año, siempre y cuando exista una denuncia formal sobre algún hecho en particular.

Los municipios donde detectaron una práctica similar de contrataciones indebidas fueron Gómez Farías, Ahumada, Coyame, Guazapares, Allende y Manuel Benavides, que optaron por contratar amigos, familiares y personas cercanas para laborar como funcionarios públicos.

Tras haber concluido el año 2019 y durante las revisiones que realizó la Auditoría Superior del Estado en 2020, se iniciaron procesos administrativos de estos seis alcaldes ante el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, los cuales siguen en proceso para que sancionen a aquellos alcaldes que concluyeron con sus cargos y aquellos que lograron reelegirse.

El auditor Héctor Acosta comentó que las faltas que podría determinar el juez, serían una amonestación, suspensión de algún cargo, inhabilitación de cargos públicos por hasta 20 años, multa o destitución en caso de que continúen fungiendo algún cargo público dentro de estos meses.

De acuerdo al Código Municipal para el Estado de Chihuahua, en el Artículo 61, explica que para ser funcionario municipal es necesario no ser cónyuge, pariente consanguíneo o afín, en línea recta, sin limitación de grado o colateral por consanguinidad, dentro del cuarto grado o por afinidad dentro del segundo, de las personas titulares de la Presidencia Municipal, Presidencia Seccional, Regiduría o Sindicatura.

Y de igual forma, se exceptúa de lo anterior a quienes estén ocupando un cargo con anterioridad a la toma de posesión del funcionariado público mencionado en el párrafo anterior.


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