/ miércoles 24 de abril de 2024

Multarán a quien coloque publicidad y propaganda en mobiliario público

La multa económica se calculará por el valor de 60 UMAS, equivalente a 6 mil 514.20 pesos, por el número de días que estuvo colocada, por el número de carteles o pendones que se colocaron

La directora de Desarrollo Urbano y Ecología del Gobierno Municipal de Chihuahua, Adriana Díaz Negrete, informó que está prohibido colocar publicidad y propaganda de cualquier tipo en el mobiliario urbano; de encontrarse publicidad o propaganda política, iniciará la Dirección los procesos para sancionar a quien resulta responsable del daño al mobiliario urbano público.

“El mobiliario es de todos los chihuahuenses y lo tenemos que cuidar; y una vez detectada y denunciada a la publicidad, en caso de ser de alguna campaña, se hará el procedimiento necesario en las instituciones que le dan seguimiento a las leyes estatales en esta materia”, afirmó Adriana Díaz.

La directora de Desarrollo Urbano y Ecología, expresó que en el tema de la protección del mobiliario urbano, y en este caso, debido a los desarrollo de las actividades de campañas electorales, se ha detectado publicidad política electoral en el mobiliario urbano.

“Desde la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología, exhortamos a quienes participan en estas contiendas a evitar sanciones por colocar este tipo de elementos en el mobiliario público”, invitó.

Las leyes y normas estatales y municipales, son muy claras: en la Ley de propaganda electoral en el estado de Chihuahua y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales prevén en su artículo 126 y 250, respectivamente, en el numeral 1 en el inciso A, de ambas leyes, marcan la prohibición de colocación de propaganda en el mobiliario urbano.

Así mismo, el Reglamento de Desarrollo Urbano Sostenible del municipio de Chihuahua en los artículos 142 y 164 Norman la prohibición de la colocación de propaganda o publicidad en el mobiliario público urbano, ya que esto puede crear un daño en el equipamiento.

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Cabe mencionar que las sanciones están establecidas dentro de este mismo reglamento en el artículo 390, el cual dice: Se sancionará al director responsable, al perito corresponsable, de obra al propietario poseedor, al titular, o a las personas que resultan responsables estableciendo en la fracción primera.

El monto al cual pueden ser acreedores por esta infracción su artículo 390 fracción primera, nos dice que se sancionará con una multa de 60 veces el valor de la unidad de medida y actualización vigente, conocida como el UMA, en los siguientes casos: cuando se omitan las prohibiciones del uso de la vía pública establecida en el reglamento o se invadan predio contiguos.

En este sentido, pues la multa se calcula de la siguiente manera: tomando en cuenta el valor del UMA por el número de días que se detectó que estuvo colocada la publicidad en el mobiliario urbano, por el número de publicidad colocada.

“Desde hace unos meses, con las precampañas, tenemos detectados tanto asuntos de campañas y precampañas; como diferentes anuncios y letreros de eventos, conciertos, tarot, ventas de autos, préstamos créditos y productos diversos que los emprendedores creen que poner en la vía pública, les ayudará a tener un mayor alcance con la ciudadanía. El exhorto es para toda la ciudadanía. El mobiliario urbano es de todos; todos tenemos la responsabilidad de cuidarlo”, aseveró Díaz Negrete.

De igual manera de acuerdo al artículo 11 del Reglamento de Desarrollo Urbano Sostenible, en su fracción décimo cuarta, indica que corresponde a esta dirección ordenar el retiro de anuncios propaganda publicidad señalamientos de cualquier tipo.

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Una vez detectada o denunciada la colocación de propaganda y publicidad se procederá al retiro de la misma; lo cual en caso de no ser retirada por el probable infractor, se trabajará de manera coordinada con diversas dependencias de la administración municipal como lo son Servicios Públicos Municipales, Mantenimiento Urbano, la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología, entre otras direcciones; y se procederá por parte de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología a iniciar los procesos de sanción a quien resulta responsable.

Adriana Díaz Negrete recordó que para colocar anuncios y estructuras de cualquier tipo, con fines publicitarios, es necesario contar con los permisos que otorga la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología.

Para mayor información o denuncias nos pueden llamar a través del Centro de respuestas ciudadanas en el 072 en la extensión 6044; o bien, acudir a las instalaciones, estamos ubicados en la calle Camino de la presa Chuvíscar número 1108, de la colonia Campesina Nueva.

La directora de Desarrollo Urbano y Ecología del Gobierno Municipal de Chihuahua, Adriana Díaz Negrete, informó que está prohibido colocar publicidad y propaganda de cualquier tipo en el mobiliario urbano; de encontrarse publicidad o propaganda política, iniciará la Dirección los procesos para sancionar a quien resulta responsable del daño al mobiliario urbano público.

“El mobiliario es de todos los chihuahuenses y lo tenemos que cuidar; y una vez detectada y denunciada a la publicidad, en caso de ser de alguna campaña, se hará el procedimiento necesario en las instituciones que le dan seguimiento a las leyes estatales en esta materia”, afirmó Adriana Díaz.

La directora de Desarrollo Urbano y Ecología, expresó que en el tema de la protección del mobiliario urbano, y en este caso, debido a los desarrollo de las actividades de campañas electorales, se ha detectado publicidad política electoral en el mobiliario urbano.

“Desde la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología, exhortamos a quienes participan en estas contiendas a evitar sanciones por colocar este tipo de elementos en el mobiliario público”, invitó.

Las leyes y normas estatales y municipales, son muy claras: en la Ley de propaganda electoral en el estado de Chihuahua y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales prevén en su artículo 126 y 250, respectivamente, en el numeral 1 en el inciso A, de ambas leyes, marcan la prohibición de colocación de propaganda en el mobiliario urbano.

Así mismo, el Reglamento de Desarrollo Urbano Sostenible del municipio de Chihuahua en los artículos 142 y 164 Norman la prohibición de la colocación de propaganda o publicidad en el mobiliario público urbano, ya que esto puede crear un daño en el equipamiento.

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Cabe mencionar que las sanciones están establecidas dentro de este mismo reglamento en el artículo 390, el cual dice: Se sancionará al director responsable, al perito corresponsable, de obra al propietario poseedor, al titular, o a las personas que resultan responsables estableciendo en la fracción primera.

El monto al cual pueden ser acreedores por esta infracción su artículo 390 fracción primera, nos dice que se sancionará con una multa de 60 veces el valor de la unidad de medida y actualización vigente, conocida como el UMA, en los siguientes casos: cuando se omitan las prohibiciones del uso de la vía pública establecida en el reglamento o se invadan predio contiguos.

En este sentido, pues la multa se calcula de la siguiente manera: tomando en cuenta el valor del UMA por el número de días que se detectó que estuvo colocada la publicidad en el mobiliario urbano, por el número de publicidad colocada.

“Desde hace unos meses, con las precampañas, tenemos detectados tanto asuntos de campañas y precampañas; como diferentes anuncios y letreros de eventos, conciertos, tarot, ventas de autos, préstamos créditos y productos diversos que los emprendedores creen que poner en la vía pública, les ayudará a tener un mayor alcance con la ciudadanía. El exhorto es para toda la ciudadanía. El mobiliario urbano es de todos; todos tenemos la responsabilidad de cuidarlo”, aseveró Díaz Negrete.

De igual manera de acuerdo al artículo 11 del Reglamento de Desarrollo Urbano Sostenible, en su fracción décimo cuarta, indica que corresponde a esta dirección ordenar el retiro de anuncios propaganda publicidad señalamientos de cualquier tipo.

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Una vez detectada o denunciada la colocación de propaganda y publicidad se procederá al retiro de la misma; lo cual en caso de no ser retirada por el probable infractor, se trabajará de manera coordinada con diversas dependencias de la administración municipal como lo son Servicios Públicos Municipales, Mantenimiento Urbano, la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología, entre otras direcciones; y se procederá por parte de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología a iniciar los procesos de sanción a quien resulta responsable.

Adriana Díaz Negrete recordó que para colocar anuncios y estructuras de cualquier tipo, con fines publicitarios, es necesario contar con los permisos que otorga la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología.

Para mayor información o denuncias nos pueden llamar a través del Centro de respuestas ciudadanas en el 072 en la extensión 6044; o bien, acudir a las instalaciones, estamos ubicados en la calle Camino de la presa Chuvíscar número 1108, de la colonia Campesina Nueva.

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