/ martes 17 de marzo de 2020

Piden dos años a quien violente privacidad de mujeres

Penalizar con multa y hasta con 2 años de cárcel a quien capte imágenes o video de una persona con fines eróticos o sexuales

Derivado de los constantes casos registrados de acoso y hostigamiento sexual hacía a las mujeres en nuestro estado, la Diputada Lourdes Valle Armendáriz propuso esta mañana en sesión ordinaria de congreso, penalizar con multa y hasta con 2 años de cárcel a quien capte imágenes o video de una persona con fines eróticos o sexuales sin su consentimiento.

La misma pena se aplicará, cuando exista una expectativa de privacidad, a quien realice o ejecute por cualquier medio actos de invasión a la intimidad de una persona, tal es el caso de aquellas que han sido video grabadas con celular en el transporte y lugares públicos, expuso.

Refirió que lamentablemente las cifras dadas a conocer por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, las cuales arrojaron durante el 2019 un total de 993 llamadas por hostigamiento sexual, ubicando a Chihuahua en un deshonroso segundo lugar, tan solo por detrás de la Ciudad de México que estuvo en primero con 1 mil 130 casos.

Lamentó a su vez que la legislación hoy tiene un vacío que permite la comisión impune de actos que afectan la intimidad de las mujeres en el transporte público, en el ámbito laboral y educativo, e inclusive en su domicilio u otro lugar del que tienen una expectativa de privacidad.

“Hoy la población general es más consciente de la existencia de dinámicas sociales nocivas que nos perjudican a todos, pero que aquejan especialmente a las mujeres, y que son producto de una violencia estructural”, dijo.

Por lo anterior, Valle Armendáriz propuso añadir en el documento de decreto, el artículo 176 BIS al Código Penal del Estado de Chihuahua para quedar redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 176 BIS. A quien capte imágenes o video de una persona con fines eróticos o sexuales, y sin su consentimiento, se le aplicará prisión de seis meses a dos años y multa de treinta a sesenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.”

Finalmente, reconoció que se han realizado esfuerzos importantes por la cámara de diputados en favor de la mujer, no obstante, aún existen brechas y desafíos; uno de ellos la falta de capacitación y sensibilidad de funcionarios del sistema de justicia como juzgadores y ministerios públicos.

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Derivado de los constantes casos registrados de acoso y hostigamiento sexual hacía a las mujeres en nuestro estado, la Diputada Lourdes Valle Armendáriz propuso esta mañana en sesión ordinaria de congreso, penalizar con multa y hasta con 2 años de cárcel a quien capte imágenes o video de una persona con fines eróticos o sexuales sin su consentimiento.

La misma pena se aplicará, cuando exista una expectativa de privacidad, a quien realice o ejecute por cualquier medio actos de invasión a la intimidad de una persona, tal es el caso de aquellas que han sido video grabadas con celular en el transporte y lugares públicos, expuso.

Refirió que lamentablemente las cifras dadas a conocer por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, las cuales arrojaron durante el 2019 un total de 993 llamadas por hostigamiento sexual, ubicando a Chihuahua en un deshonroso segundo lugar, tan solo por detrás de la Ciudad de México que estuvo en primero con 1 mil 130 casos.

Lamentó a su vez que la legislación hoy tiene un vacío que permite la comisión impune de actos que afectan la intimidad de las mujeres en el transporte público, en el ámbito laboral y educativo, e inclusive en su domicilio u otro lugar del que tienen una expectativa de privacidad.

“Hoy la población general es más consciente de la existencia de dinámicas sociales nocivas que nos perjudican a todos, pero que aquejan especialmente a las mujeres, y que son producto de una violencia estructural”, dijo.

Por lo anterior, Valle Armendáriz propuso añadir en el documento de decreto, el artículo 176 BIS al Código Penal del Estado de Chihuahua para quedar redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 176 BIS. A quien capte imágenes o video de una persona con fines eróticos o sexuales, y sin su consentimiento, se le aplicará prisión de seis meses a dos años y multa de treinta a sesenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.”

Finalmente, reconoció que se han realizado esfuerzos importantes por la cámara de diputados en favor de la mujer, no obstante, aún existen brechas y desafíos; uno de ellos la falta de capacitación y sensibilidad de funcionarios del sistema de justicia como juzgadores y ministerios públicos.

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