/ sábado 20 de abril de 2019

Violaron protocolo en uso de la fuerza

Cinco lineamientos que no fueron seguidos por agentes policíacos

El protocolo de uso de la fuerza de las corporaciones policiacas contempla cinco actuaciones en el mismo número de situaciones al momento de realizar una detención, el cual fue violentado por los cinco agentes al momento de detener al ciudadano Leopoldo Eduardo Soto Cortez.

El documento en vigor desde octubre de 2017, signado por Manelich Castilla, comisionado general de la Policía Federal, establece los lineamientos generales para la regulación del uso de la fuerza pública por las instituciones policiales.

Dentro del articulado se establece en el primero, que el protocolo es de observancia general y obligatorio para los integrantes de la Policía Federal y tiene por objeto establecer los parámetros y condiciones mínimas que permitan diferenciar y definir el uso de las técnicas, tácticas, armas, equipo y niveles de fuerza, atendiendo a las circunstancias que se presenten, ya sea para aumentar o para disminuir el grado de aplicación de éstas.

Asimismo, tiene como finalidad brindar certeza jurídica y transparencia a la ciudadanía en relación con el uso de la fuerza que realicen los integrantes de la Policía Federal y del país en el ejercicio de sus funciones.

El protocolo persigue, a grandes rasgos:

I. Hacer cumplir la Ley

II. Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos

III. Preservar o restablecer el orden y la paz públicos

IV. Mantener la vigencia del Estado de Derecho

V. Proteger los bienes jurídicos tutelados

VI. Contrarrestar la resistencia de personas o grupo de personas, en caso de flagrancia o por mandamiento de autoridad competente

VII. Prevenir la comisión de hechos delictivos, y

VIII. Proteger la vida e integridad física de las y los integrantes, así como de terceros.

Los niveles del uso de la fuerza son los siguientes: 1. Cuando los civiles actúen con normalidad, la policía sólo hará presencia, 2. En el caso del o los civiles “cooperativos”, el oficial utilizará sólo verbalización, 3. En el caso de resistencia pasiva, la Policía empleará controles de contacto, 4. para la resistencia activa se aplicará control físico, 5. en el caso de la agresión no letal, el oficial aplicará técnicas defensivas menos letales, 6. El último nivel de la escala es la agresión letal, para ello se usará “fuerza potencialmente letal”.

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El protocolo de uso de la fuerza de las corporaciones policiacas contempla cinco actuaciones en el mismo número de situaciones al momento de realizar una detención, el cual fue violentado por los cinco agentes al momento de detener al ciudadano Leopoldo Eduardo Soto Cortez.

El documento en vigor desde octubre de 2017, signado por Manelich Castilla, comisionado general de la Policía Federal, establece los lineamientos generales para la regulación del uso de la fuerza pública por las instituciones policiales.

Dentro del articulado se establece en el primero, que el protocolo es de observancia general y obligatorio para los integrantes de la Policía Federal y tiene por objeto establecer los parámetros y condiciones mínimas que permitan diferenciar y definir el uso de las técnicas, tácticas, armas, equipo y niveles de fuerza, atendiendo a las circunstancias que se presenten, ya sea para aumentar o para disminuir el grado de aplicación de éstas.

Asimismo, tiene como finalidad brindar certeza jurídica y transparencia a la ciudadanía en relación con el uso de la fuerza que realicen los integrantes de la Policía Federal y del país en el ejercicio de sus funciones.

El protocolo persigue, a grandes rasgos:

I. Hacer cumplir la Ley

II. Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos

III. Preservar o restablecer el orden y la paz públicos

IV. Mantener la vigencia del Estado de Derecho

V. Proteger los bienes jurídicos tutelados

VI. Contrarrestar la resistencia de personas o grupo de personas, en caso de flagrancia o por mandamiento de autoridad competente

VII. Prevenir la comisión de hechos delictivos, y

VIII. Proteger la vida e integridad física de las y los integrantes, así como de terceros.

Los niveles del uso de la fuerza son los siguientes: 1. Cuando los civiles actúen con normalidad, la policía sólo hará presencia, 2. En el caso del o los civiles “cooperativos”, el oficial utilizará sólo verbalización, 3. En el caso de resistencia pasiva, la Policía empleará controles de contacto, 4. para la resistencia activa se aplicará control físico, 5. en el caso de la agresión no letal, el oficial aplicará técnicas defensivas menos letales, 6. El último nivel de la escala es la agresión letal, para ello se usará “fuerza potencialmente letal”.

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