/ martes 22 de diciembre de 2020

Busca Benjamín Carrera garantizar acceso a justicia a niñas y niños

El diputado presentó una iniciativa para agregar en el Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua, definiciones para que los menores de edad sean escuchados en juicios y procedimientos judiciales

En voz de la diputada Lourdes Valle Armendáriz, el diputado Benjamín Carrera Chávez presentó una iniciativa para exhortar al Congreso de la Unión, agregar en el Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua, definiciones para que los menores de edad sean escuchados en juicios y procedimientos judiciales.

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El legislador explica que debido a que las legislaturas locales se encuentran impedidas para emitir disposiciones inherentes a la materia procesal civil y familiar, quedando dicha facultad reservada exclusivamente de la Cámara de Diputados.

Indica que actualmente la legislación respecto a la justicia con perspectiva de infancia, no se toma en cuenta la opinión directa de niñas y niños en el procedimiento de los procesos jurisdiccionales, por cuestiones de derechos humanos, sin embargo, al mismo tiempo se omite una garantía al acceso de justicia plena, como lo establecen los derechos de la niñez a nivel internacional y en el ámbito Constitucional nacional.

Comentó que el derecho de los menores a participar en procedimientos jurisdiccionales que les afecten implica, que el juzgador debe tomar las medidas oportunas para facilitar la adecuada intervención del niño, es decir, que éste tenga la posibilidad efectiva de presentar sus opiniones y que éstas puedan influir en la toma de decisión judicial que resuelva sobre su vida y sus derechos.

“Toda niña, niño y adolescente, tiene derecho a emitir su opinión y a ser escuchados en los procedimientos jurisdiccionales en que se ventilan sus derechos. El estado garantizara que previo a decretar alguna resolución judicial debe ser escuchado”.

En este sentido, recordó que el pasado 27 de noviembre, se publicó en el Semanario Judicial de la Federación, la tesis “Justicia con perspectiva de infancia, debe garantizarse el derecho de los menores de edad a ser escuchados en el procedimiento jurisdiccional que involucre sus derechos, también en la primera etapa de la infancia, promoviendo formas adecuadas de la interacción, libre opinión y comunicación clara, asertiva de la decisión.

“El hecho de que un menor de edad se encuentre en su primera infancia, no autoriza, per se, a descartar que pueda ejercer su derecho a ser escuchado y a que su opinión se tome en cuenta, sino que se deben buscar en cada caso, las formas más apropiadas de propiciar su participación; y si ello no se hizo en las instancias ordinarias del procedimiento, debe garantizarse el derecho del menor de edad, antes de adoptar decisiones judiciales que le conciernan”.

Carrera Chávez indicó que esta reforma facultaría al Congreso de la Unión para unificar en todo el país las normas adjetivas, pero respetando la facultad inherente a las entidades federativas, incluso la de la federación, de disponer la regulación de las normas, de acuerdo con la realidad que opera en cada una de ellas y atendiendo a sus propios principios históricos y contexto social.

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Indica que actualmente la legislación respecto a la justicia con perspectiva de infancia, no se toma en cuenta la opinión directa de niñas y niños en el procedimiento de los procesos jurisdiccionales, por cuestiones de derechos humanos, sin embargo, al mismo tiempo se omite una garantía al acceso de justicia plena, como lo establecen los derechos de la niñez a nivel internacional y en el ámbito Constitucional nacional.

Comentó que el derecho de los menores a participar en procedimientos jurisdiccionales que les afecten implica, que el juzgador debe tomar las medidas oportunas para facilitar la adecuada intervención del niño, es decir, que éste tenga la posibilidad efectiva de presentar sus opiniones y que éstas puedan influir en la toma de decisión judicial que resuelva sobre su vida y sus derechos.

“Toda niña, niño y adolescente, tiene derecho a emitir su opinión y a ser escuchados en los procedimientos jurisdiccionales en que se ventilan sus derechos. El estado garantizara que previo a decretar alguna resolución judicial debe ser escuchado”.

En este sentido, recordó que el pasado 27 de noviembre, se publicó en el Semanario Judicial de la Federación, la tesis “Justicia con perspectiva de infancia, debe garantizarse el derecho de los menores de edad a ser escuchados en el procedimiento jurisdiccional que involucre sus derechos, también en la primera etapa de la infancia, promoviendo formas adecuadas de la interacción, libre opinión y comunicación clara, asertiva de la decisión.

“El hecho de que un menor de edad se encuentre en su primera infancia, no autoriza, per se, a descartar que pueda ejercer su derecho a ser escuchado y a que su opinión se tome en cuenta, sino que se deben buscar en cada caso, las formas más apropiadas de propiciar su participación; y si ello no se hizo en las instancias ordinarias del procedimiento, debe garantizarse el derecho del menor de edad, antes de adoptar decisiones judiciales que le conciernan”.

Carrera Chávez indicó que esta reforma facultaría al Congreso de la Unión para unificar en todo el país las normas adjetivas, pero respetando la facultad inherente a las entidades federativas, incluso la de la federación, de disponer la regulación de las normas, de acuerdo con la realidad que opera en cada una de ellas y atendiendo a sus propios principios históricos y contexto social.

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