/ lunes 21 de agosto de 2023

Auguran avances significativos en Derecho Familiar con el nuevo Código Nacional

Una de las diferencias que se analizan en este nuevo Código es que en la contestación de la demanda ya se tiene que dar vista a la parte contraria para que igualmente tenga una réplica

La titular del Juzgado Primero Familiar por Audiencias del Distrito Judicial Morelos, Flor Chavira Campos, auguró avances significativos en materia de derecho familiar con la implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

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Señaló que en Chihuahua se tiene un gran avance en este tema no solo por la infraestructura, sino por lo parecido que tiene la ley nacional con lo que anteriormente se implementó en la entidad, por lo que no dudó en que sea un punto a favor.

Explicó que una de las diferencias que se analizan en este nuevo Código es que en la contestación de la demanda, ya se tiene que dar vista a la parte contraria para que igualmente tenga una réplica de lo que contesta el demandado y pueda manifestar lo que a ella le convenga.

De esa manera, se permitirá el intercambio y pruebas entre las partes, así como la formulación de propuestas de convenio y acuerdo probatorios en los cuales se puede incluir la exclusión parcial o total de pruebas, así como añadir otras.

Otra de las novedades que se tienen con esta nueva ley, es que, en caso de una disolución del vínculo matrimonial, especialmente, cuando se tiene mutuo consentimiento, se tiene la oportunidad de que se sujeten a la vía especial elaborándose un convenio para que a autoridad jurisdiccional provea la segunda fase el cambio de vía y celebre inmediatamente la única audiencia.

En caso de que no se llegue a un acuerdo por las partes, en la segunda etapa de la audiencia preliminar, se resolverá únicamente en los correspondiente a la disolución del vínculo matrimonial.

En los matrimonios bilaterales, se podrá tramitar la solicitud de ambos cónyuges ante la autoridad jurisdiccional, Notaría Pública o autoridad del Registro Civil correspondiente.

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Chavira Campos recordó que se tiene como límite el primero de abril de 2027 para que todas las entidades federativas adecuen sus leyes a fin de que logren implementar este Código, por lo que resaltó que se mantendrán en constante trabajo disipando las dudas que surjan con el paso de esta transición hasta lograr que estén en concordancia con lo nacional.

La titular del Juzgado Primero Familiar por Audiencias del Distrito Judicial Morelos, Flor Chavira Campos, auguró avances significativos en materia de derecho familiar con la implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

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Señaló que en Chihuahua se tiene un gran avance en este tema no solo por la infraestructura, sino por lo parecido que tiene la ley nacional con lo que anteriormente se implementó en la entidad, por lo que no dudó en que sea un punto a favor.

Explicó que una de las diferencias que se analizan en este nuevo Código es que en la contestación de la demanda, ya se tiene que dar vista a la parte contraria para que igualmente tenga una réplica de lo que contesta el demandado y pueda manifestar lo que a ella le convenga.

De esa manera, se permitirá el intercambio y pruebas entre las partes, así como la formulación de propuestas de convenio y acuerdo probatorios en los cuales se puede incluir la exclusión parcial o total de pruebas, así como añadir otras.

Otra de las novedades que se tienen con esta nueva ley, es que, en caso de una disolución del vínculo matrimonial, especialmente, cuando se tiene mutuo consentimiento, se tiene la oportunidad de que se sujeten a la vía especial elaborándose un convenio para que a autoridad jurisdiccional provea la segunda fase el cambio de vía y celebre inmediatamente la única audiencia.

En caso de que no se llegue a un acuerdo por las partes, en la segunda etapa de la audiencia preliminar, se resolverá únicamente en los correspondiente a la disolución del vínculo matrimonial.

En los matrimonios bilaterales, se podrá tramitar la solicitud de ambos cónyuges ante la autoridad jurisdiccional, Notaría Pública o autoridad del Registro Civil correspondiente.

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Chavira Campos recordó que se tiene como límite el primero de abril de 2027 para que todas las entidades federativas adecuen sus leyes a fin de que logren implementar este Código, por lo que resaltó que se mantendrán en constante trabajo disipando las dudas que surjan con el paso de esta transición hasta lograr que estén en concordancia con lo nacional.

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