/ miércoles 9 de agosto de 2023

Promueven reforma en Congreso para que órdenes de restricción se emitan de forma inmediata

La iniciativa busca proteger desde el inicio a las mujeres que son violentadas

Con una iniciativa que pretende reformar la Ley Estatal del Derecho a las Mujeres a una vida Libre de Violencia, se busca que las órdenes de restricción a los agresores se den de manera inmediata a fin de proteger desde el inicio a las mujeres que son violentadas.

La propuesta establece modificar la obligatoriedad para que los tiempos para la emisión de órdenes de restricción se optimicen a fin de salvaguardar la integridad y vida de las mujeres que se encuentran en situación se riesgo, así como otorgar seguridad a las víctimas indirectas.

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La promovente, la diputada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Georgina Zapata, comentó que una de las acciones fundamentales que se debe de llevar a cabo es el otorgamiento de órdenes de protección para preservar la integridad de todas las víctimas, especialmente el inicio de cualquier tipo de proceso judicial.

“Frente a las situaciones de riesgo para la vida e integridad de las mujeres, el Estado debe asegurar que su estructura responda efectivamente y en forma coordinada para hacer cumplir los términos de las órdenes de protección, las cuales tienen como objetivo conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida o integridad de las mujeres”.

Por lo anterior, la legisladora promovió esta reforma a través de la cual pretende que se garantice que la protección de las mujeres sea expedita, adecuada y suficiente a fin de evitar trasgresiones.

De esa manera, se establece que las órdenes de protección de emergencia y preventivas tendrán una temporalidad no mayor a 72 horas y deberán expedirse de manera inmediata o más tardar dentro de las cuatro horas siguientes al conocimiento de los hechos.

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En cuanto a las órdenes de protección de naturaleza civil tendrán una duración de hasta 60 días naturales, siendo prorrogables por 30 días naturales o por el tiempo que dure la investigación y hasta que cese la situación de riesgo para la víctima.

En el caso de denuncias anónimas, las autoridades estarán obligadas a decretar las órdenes de protección correspondiente. Igualmente, en esta reforma se establecen determinadas consideraciones que deben tomar en cuenta las autoridades para la emisión de las órdenes.

Con una iniciativa que pretende reformar la Ley Estatal del Derecho a las Mujeres a una vida Libre de Violencia, se busca que las órdenes de restricción a los agresores se den de manera inmediata a fin de proteger desde el inicio a las mujeres que son violentadas.

La propuesta establece modificar la obligatoriedad para que los tiempos para la emisión de órdenes de restricción se optimicen a fin de salvaguardar la integridad y vida de las mujeres que se encuentran en situación se riesgo, así como otorgar seguridad a las víctimas indirectas.

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“Frente a las situaciones de riesgo para la vida e integridad de las mujeres, el Estado debe asegurar que su estructura responda efectivamente y en forma coordinada para hacer cumplir los términos de las órdenes de protección, las cuales tienen como objetivo conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida o integridad de las mujeres”.

Por lo anterior, la legisladora promovió esta reforma a través de la cual pretende que se garantice que la protección de las mujeres sea expedita, adecuada y suficiente a fin de evitar trasgresiones.

De esa manera, se establece que las órdenes de protección de emergencia y preventivas tendrán una temporalidad no mayor a 72 horas y deberán expedirse de manera inmediata o más tardar dentro de las cuatro horas siguientes al conocimiento de los hechos.

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En cuanto a las órdenes de protección de naturaleza civil tendrán una duración de hasta 60 días naturales, siendo prorrogables por 30 días naturales o por el tiempo que dure la investigación y hasta que cese la situación de riesgo para la víctima.

En el caso de denuncias anónimas, las autoridades estarán obligadas a decretar las órdenes de protección correspondiente. Igualmente, en esta reforma se establecen determinadas consideraciones que deben tomar en cuenta las autoridades para la emisión de las órdenes.

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