/ miércoles 13 de febrero de 2019

Culpable Romeo del homicidio de Isidro Baldenegro

El próximo 19 de febrero se realizará la audiencia de individualización de sanciones

Romeo le disparó varias veces a Isidro Baldenegro López ocasionándole la muerte, por ello fue declarado culpable por el delito de homicidio simple, el próximo 19 de febrero se realizará la audiencia de individualización de sanciones.


El juez Juan Javier Cornejo Páez determinó un fallo condenatorio por homicidio simple, luego de escuchar los alegatos y la petición del Ministerio Público por reclasificar la calificación del delito, consideró que la acusación por homicidio calificado no se configura, pero Romeo Gelario Quiñónez Martínez, Romero Quiñónez Martínez y/o Romeo Rubio Martínez es el asesino de Isidro Baldenegro, ambientalista y defensor de derechos humanos.


Tras el desahogo de pruebas y 12 días de sesiones en el juicio oral de la causa penal 258/18, se determinó que ese día domingo 15 de enero de 2017, siendo las 16:00 de la tarde se encontraban en el interior de la casa de Santiago López Pérez, en la comunidad de Coloradas de la Virgen, seccional de Baborigame en el municipio de Guadalupe y Calvo. Junto con la víctima y el imputado estaban Angelita Peña, Alejandra Bejarano Peña y Alberta Baldenegro. Estaba Romeo quien invitó a Isidro a platicar, Angelita, una testigo presencial, ve como Romeo le dispara a Isidro con una arma de fuego. Isidro estaba ligeramente de espaldas a su agresor y no contaba con algún objeto para defenderse, razón por lo cual consideraron que era ventajoso.


Al escuchar los disparos, Santiago y Alejandra salen de la vivienda al escuchar los disparos y observan a la víctima con varias lesiones en el cuerpo. Santiago, tío de Isidro, al tratar de ayudar a la víctima recibe una amenaza de Romeo, quien aún portaba el arma en su mano, asimismo, Alejandra Bejarano Peña, otra testigo presentada en el juicio, declaró al salir de la vivienda observa a Romeo queriéndole disparar nuevamente a Isidro, ella le suplica al asesino que no lo haga, por lo que Romeo también le apunta con la pistola a ella, lo que la obliga a refugiarse en la esquina de la casa. Tras ello Romeo sale huyendo del lugar.

La causal de la muerte de Isidro fue una laceración en la arteria gastrocólica producida por arma de fuego. Fueron 4 lesiones una en tórax, otra en abdomen, ambas mortales, dos de las lesiones de acuerdo a la trayectoria del proyectil fueron de atrás hacia adelante.
Asimismo, se presentaron diversas evidencias, entre ellas el especialista en balística quien analizó 6 casquillos calibre .38 Súper marca Winchester, disparados por la misma arma de fuego.


La ministerio público Aurora Rodríguez Vizcarra pidió reclasificar la calificativa de acuerdo al artículo 136, fracción I inciso D del Código Penal, que asienta que existió ventaja por parte de Romeo, debido a que la víctima se hallaba inerme o caída y el agente armado o de pie. Ante ello estimó que con las pruebas y testimoniales presenciales se comprueba el delito de homicidio calificado en contra de Isidro Baldenegro López y le atribuye la plena responsabilidad a Romeo, por lo que le solicitó al juez Juan Javier Cornejo Páez un fallo condenatorio y que al momento de resolver lo hiciera con pertinencia cultural.


En su intervención, la coadyuvante del MP, Ruth Fierro Pineda, solicitó al juez se considere a la familia como víctimas indirectas del homicidio, de acuerdo al Artículo IV de la Ley General de Víctimas, asimismo, que se dicte una sentencia condenatoria acorde al daño causado, así como una reparación integral, pues se trata del primer caso judicializado en Chihuahua sobre el asesinato de un defensor de derechos humanos; se pidió además se considere el impacto a nivel familiar, comunitario y social.

Ruth Fierro señaló que se debe dictar una reparación íntegra comunitaria, y con esta sentencia condenatoria el tribunal estaría cumpliendo con el deber de garantía en cuanto a sancionar violaciones a derechos humanos, aún cometidas por particulares como lo establecen algunos artículos de la Convención Americana de Derechos Humanos. “Esta será la primer sentencia sobre el homicidio de una persona defensora de derechos humanos, con lo que se contribuye a que existan medidas de no repetición”.
Hay que señalar que Chihuahua ocupa el primer lugar a nivel nacional en asesinatos de activistas con 36 casos, de los cuales 14 han pertenecido a la comunidad de Coloradas de la Virgen, cuyos integrantes han luchado por décadas contra la invasión y despojo de recursos naturales por parte de los caciques. Los asesinatos más recientes son el de Julián Carrillo y su hijo, a manos de uno de los hermanos de Romeo, de nombre Feliciano. Julián era beneficiario del Mecanismo Nacional de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de la Secretaría de Gobernación (Segob).


Por su parte, la defensa de Aarón Bermúdez expresó: “Una justicia penal completamente sin verdad, equivale a un sistema de arbitrariedad, toda vez que la conciencia jurídica de hoy repugna la sola idea de alcanzar la justicia pervirtiendo el camino para llegar a ella”, a lo que agregó que la defensa no es ajena al dolor de la familia, pero el asesinato de Isidro Baldenegro no tiene nada que ver con sus actividades derechohumanistas, advirtió que no desconoce la calidad de activista del rarámuri, ni los logros obtenidos, sin embargo el móvil de asesinato no es por cuestiones de defensa ambientalista.


Con sus alegatos finales señaló que los testigos que se presentaron son de referencia y la evidencia es indirecta, porque los testigos no presenciaron la acción típica, sino el momento inmediato posterior, cuando la víctima ya estaba lastimada.


Tras los alegatos del Ministerio Público, la coadyuvancia y defensa, el juez decretó un receso para emitir su fallo condenatorio.
En una próxima audiencia se determinará la sanción. Cabe destacar que por homicidios simple la sentencia puede ir de 8 a 20 años de prisión.


La coadyuvancia manifestó que al ser Chihuahua la entidad con el mayor número de asesinatos de activistas a nivel nacional, el fallo judicial en el caso de Isidro Baldenegro es relevante en el marco del combate a la impunidad y constituye una primera respuesta ante la exigencia de verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición para su familia y para su comunidad.

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El juez Juan Javier Cornejo Páez determinó un fallo condenatorio por homicidio simple, luego de escuchar los alegatos y la petición del Ministerio Público por reclasificar la calificación del delito, consideró que la acusación por homicidio calificado no se configura, pero Romeo Gelario Quiñónez Martínez, Romero Quiñónez Martínez y/o Romeo Rubio Martínez es el asesino de Isidro Baldenegro, ambientalista y defensor de derechos humanos.


Tras el desahogo de pruebas y 12 días de sesiones en el juicio oral de la causa penal 258/18, se determinó que ese día domingo 15 de enero de 2017, siendo las 16:00 de la tarde se encontraban en el interior de la casa de Santiago López Pérez, en la comunidad de Coloradas de la Virgen, seccional de Baborigame en el municipio de Guadalupe y Calvo. Junto con la víctima y el imputado estaban Angelita Peña, Alejandra Bejarano Peña y Alberta Baldenegro. Estaba Romeo quien invitó a Isidro a platicar, Angelita, una testigo presencial, ve como Romeo le dispara a Isidro con una arma de fuego. Isidro estaba ligeramente de espaldas a su agresor y no contaba con algún objeto para defenderse, razón por lo cual consideraron que era ventajoso.


Al escuchar los disparos, Santiago y Alejandra salen de la vivienda al escuchar los disparos y observan a la víctima con varias lesiones en el cuerpo. Santiago, tío de Isidro, al tratar de ayudar a la víctima recibe una amenaza de Romeo, quien aún portaba el arma en su mano, asimismo, Alejandra Bejarano Peña, otra testigo presentada en el juicio, declaró al salir de la vivienda observa a Romeo queriéndole disparar nuevamente a Isidro, ella le suplica al asesino que no lo haga, por lo que Romeo también le apunta con la pistola a ella, lo que la obliga a refugiarse en la esquina de la casa. Tras ello Romeo sale huyendo del lugar.

La causal de la muerte de Isidro fue una laceración en la arteria gastrocólica producida por arma de fuego. Fueron 4 lesiones una en tórax, otra en abdomen, ambas mortales, dos de las lesiones de acuerdo a la trayectoria del proyectil fueron de atrás hacia adelante.
Asimismo, se presentaron diversas evidencias, entre ellas el especialista en balística quien analizó 6 casquillos calibre .38 Súper marca Winchester, disparados por la misma arma de fuego.


La ministerio público Aurora Rodríguez Vizcarra pidió reclasificar la calificativa de acuerdo al artículo 136, fracción I inciso D del Código Penal, que asienta que existió ventaja por parte de Romeo, debido a que la víctima se hallaba inerme o caída y el agente armado o de pie. Ante ello estimó que con las pruebas y testimoniales presenciales se comprueba el delito de homicidio calificado en contra de Isidro Baldenegro López y le atribuye la plena responsabilidad a Romeo, por lo que le solicitó al juez Juan Javier Cornejo Páez un fallo condenatorio y que al momento de resolver lo hiciera con pertinencia cultural.


En su intervención, la coadyuvante del MP, Ruth Fierro Pineda, solicitó al juez se considere a la familia como víctimas indirectas del homicidio, de acuerdo al Artículo IV de la Ley General de Víctimas, asimismo, que se dicte una sentencia condenatoria acorde al daño causado, así como una reparación integral, pues se trata del primer caso judicializado en Chihuahua sobre el asesinato de un defensor de derechos humanos; se pidió además se considere el impacto a nivel familiar, comunitario y social.

Ruth Fierro señaló que se debe dictar una reparación íntegra comunitaria, y con esta sentencia condenatoria el tribunal estaría cumpliendo con el deber de garantía en cuanto a sancionar violaciones a derechos humanos, aún cometidas por particulares como lo establecen algunos artículos de la Convención Americana de Derechos Humanos. “Esta será la primer sentencia sobre el homicidio de una persona defensora de derechos humanos, con lo que se contribuye a que existan medidas de no repetición”.
Hay que señalar que Chihuahua ocupa el primer lugar a nivel nacional en asesinatos de activistas con 36 casos, de los cuales 14 han pertenecido a la comunidad de Coloradas de la Virgen, cuyos integrantes han luchado por décadas contra la invasión y despojo de recursos naturales por parte de los caciques. Los asesinatos más recientes son el de Julián Carrillo y su hijo, a manos de uno de los hermanos de Romeo, de nombre Feliciano. Julián era beneficiario del Mecanismo Nacional de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de la Secretaría de Gobernación (Segob).


Por su parte, la defensa de Aarón Bermúdez expresó: “Una justicia penal completamente sin verdad, equivale a un sistema de arbitrariedad, toda vez que la conciencia jurídica de hoy repugna la sola idea de alcanzar la justicia pervirtiendo el camino para llegar a ella”, a lo que agregó que la defensa no es ajena al dolor de la familia, pero el asesinato de Isidro Baldenegro no tiene nada que ver con sus actividades derechohumanistas, advirtió que no desconoce la calidad de activista del rarámuri, ni los logros obtenidos, sin embargo el móvil de asesinato no es por cuestiones de defensa ambientalista.


Con sus alegatos finales señaló que los testigos que se presentaron son de referencia y la evidencia es indirecta, porque los testigos no presenciaron la acción típica, sino el momento inmediato posterior, cuando la víctima ya estaba lastimada.


Tras los alegatos del Ministerio Público, la coadyuvancia y defensa, el juez decretó un receso para emitir su fallo condenatorio.
En una próxima audiencia se determinará la sanción. Cabe destacar que por homicidios simple la sentencia puede ir de 8 a 20 años de prisión.


La coadyuvancia manifestó que al ser Chihuahua la entidad con el mayor número de asesinatos de activistas a nivel nacional, el fallo judicial en el caso de Isidro Baldenegro es relevante en el marco del combate a la impunidad y constituye una primera respuesta ante la exigencia de verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición para su familia y para su comunidad.

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