/ jueves 2 de enero de 2020

Inicia el Insabi y desaparece el Seguro Popular

Basta con presentar credencial del INE, CURP o acta de nacimiento para ser atendidos

A partir de este mes, las personas sin seguridad social recibirán atención médica y medicamentos gratuitos sin restricciones, pues ya no necesitarán afiliarse ni pagar cuotas, pues serán atendidos por el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi).

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El Seguro Popular desaparece, pero los derechohabientes seguirán recibiendo la atención médica gratuita ahora por parte del Insabi, ya que con la entrada en funciones del instituto, el Seguro Popular o el Sistema de Protección Social en Salud, como era su nombre oficial, queda derogado.

De acuerdo a lo establecido en las nuevas disposiciones federales, los beneficiarios del Insabi solo deberán presentar su credencial del INE, la Clave Única de Registro de Población (CURP) o su acta de nacimiento para recibir los servicios públicos de salud.

Por tanto, ya no necesitarán acudir a un módulo, afiliarse y recibir una póliza; tampoco tendrán que pagar cuotas anuales para ser atendidos en las unidades médicas como ocurría anteriormente.

Quienes cuenten con póliza de afiliación ya no necesitarán presentarla porque ese documento queda sin efectos a partir del primero de enero, toda vez que la atención se ofrecerá sin restricciones.

El artículo 77 bis 7 de la Ley General de Salud, cuya reciente modificación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre, precisa que para recibir la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos solo se deben reunir tres requisitos.

El primero es encontrarse en territorio nacional. Segundo, no ser derechohabiente en IMSS o ISSSTE; y el tercero, presentar la CURP, la cual se encuentra en la credencial del INE o, en su caso, llevar acta o certificado de nacimiento.

Cabe recordar que el INSABI inicia funciones el primero de enero de 2020 como un órgano descentralizado de la Secretaría de Salud y los servicios que ofrecerá serán bajo criterios de universalidad, igualdad e inclusión.

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El Seguro Popular desaparece, pero los derechohabientes seguirán recibiendo la atención médica gratuita ahora por parte del Insabi, ya que con la entrada en funciones del instituto, el Seguro Popular o el Sistema de Protección Social en Salud, como era su nombre oficial, queda derogado.

De acuerdo a lo establecido en las nuevas disposiciones federales, los beneficiarios del Insabi solo deberán presentar su credencial del INE, la Clave Única de Registro de Población (CURP) o su acta de nacimiento para recibir los servicios públicos de salud.

Por tanto, ya no necesitarán acudir a un módulo, afiliarse y recibir una póliza; tampoco tendrán que pagar cuotas anuales para ser atendidos en las unidades médicas como ocurría anteriormente.

Quienes cuenten con póliza de afiliación ya no necesitarán presentarla porque ese documento queda sin efectos a partir del primero de enero, toda vez que la atención se ofrecerá sin restricciones.

El artículo 77 bis 7 de la Ley General de Salud, cuya reciente modificación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre, precisa que para recibir la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos solo se deben reunir tres requisitos.

El primero es encontrarse en territorio nacional. Segundo, no ser derechohabiente en IMSS o ISSSTE; y el tercero, presentar la CURP, la cual se encuentra en la credencial del INE o, en su caso, llevar acta o certificado de nacimiento.

Cabe recordar que el INSABI inicia funciones el primero de enero de 2020 como un órgano descentralizado de la Secretaría de Salud y los servicios que ofrecerá serán bajo criterios de universalidad, igualdad e inclusión.

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