/ jueves 21 de junio de 2018

32 procuradores contra la memoria de los 43 de Ayotzinapa; rechazan crear comisión de la verdad

Determinaron que un Tribunal Colegiado no es la autoridad facultada para la iniciativa de justicia para el caso Iguala

32 procuradores del país se pronunciaron en contra de la creación de una Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia para el caso Iguala, luego de la resolución que emitió el Primer Tribunal Colegiado del 19 Circuito, tras considerar que éste no tiene facultades para ordenar la creación del ente.

El vocero de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, Víctor Antonio Carrancá Bourget, acompañado del Fiscal General del Estado de México, Alejandro Gómez Sánchez, informaron que esta resolución desborda los efectos que corresponden al juicio de amparo, trastocando la esencia del Ministerio Público.

En conferencia, señalaron que dentro de los trabajos de la 39 Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justica, el también Fiscal General del Estado de Puebla dijo que la resolución que emitió el Tribunal Colegiado del 19 Circuito, es una clara contravención al texto constitucional y vulnera el principio de Supremacía Constitucional.

El 31 de mayo de 2018, el Primer Tribunal Colegiado del 19 Circuito resolvió el amparo 203/2017 y ordenó que al Juez de Distrito reponer la fase de pre-instrucción, y en un término no mayor a 10 días naturales se establezca la “Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia”, integrada por los familiares de los estudiantes desaparecidos en Iguala.

El vocero de los procuradores y fiscales del país, en el pronunciamiento, señaló que la resolución del Tribunal Colegiado no puede otorgar facultades que la Constitución establece de manera exclusiva para el Ministerio Público.

“No existe disposición alguna que faculte al Poder Judicial a subrogar la investigación y persecución de los delitos, al margen de distribución de funciones y competencias que expresamente establece la Constitución.

Dijo que la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia reitera su compromiso con el pleno respeto al orden jurídico y a los derechos humanos en la actuación del Ministerio Público.

A su vez, Alejandro Jaime Gómez Sánchez, fiscal general del Estado de México, dijo que el planteamiento es que es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga facultades al Ministerio Público, de manera exclusiva, para linvestigación y persecución de los delitos.

“Un Tribunal Colegiado no es la autoridad facultada para determinar y ordenar la creación de una comisión de la justicia y la verdad", afirmó.

32 procuradores del país se pronunciaron en contra de la creación de una Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia para el caso Iguala, luego de la resolución que emitió el Primer Tribunal Colegiado del 19 Circuito, tras considerar que éste no tiene facultades para ordenar la creación del ente.

El vocero de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, Víctor Antonio Carrancá Bourget, acompañado del Fiscal General del Estado de México, Alejandro Gómez Sánchez, informaron que esta resolución desborda los efectos que corresponden al juicio de amparo, trastocando la esencia del Ministerio Público.

En conferencia, señalaron que dentro de los trabajos de la 39 Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justica, el también Fiscal General del Estado de Puebla dijo que la resolución que emitió el Tribunal Colegiado del 19 Circuito, es una clara contravención al texto constitucional y vulnera el principio de Supremacía Constitucional.

El 31 de mayo de 2018, el Primer Tribunal Colegiado del 19 Circuito resolvió el amparo 203/2017 y ordenó que al Juez de Distrito reponer la fase de pre-instrucción, y en un término no mayor a 10 días naturales se establezca la “Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia”, integrada por los familiares de los estudiantes desaparecidos en Iguala.

El vocero de los procuradores y fiscales del país, en el pronunciamiento, señaló que la resolución del Tribunal Colegiado no puede otorgar facultades que la Constitución establece de manera exclusiva para el Ministerio Público.

“No existe disposición alguna que faculte al Poder Judicial a subrogar la investigación y persecución de los delitos, al margen de distribución de funciones y competencias que expresamente establece la Constitución.

Dijo que la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia reitera su compromiso con el pleno respeto al orden jurídico y a los derechos humanos en la actuación del Ministerio Público.

A su vez, Alejandro Jaime Gómez Sánchez, fiscal general del Estado de México, dijo que el planteamiento es que es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga facultades al Ministerio Público, de manera exclusiva, para linvestigación y persecución de los delitos.

“Un Tribunal Colegiado no es la autoridad facultada para determinar y ordenar la creación de una comisión de la justicia y la verdad", afirmó.

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