/ lunes 29 de agosto de 2022

SCJN invalida reforma que obligaba a distinguir entre opinión e información en medios

El proyecto, aprobado por unanimidad en la Corte, argumentó que se violaron los procesos legislativos al aprobar el decreto en 2017

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inválido por unanimidad el decreto de reforma aprobada en octubre de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en materia de derecho de las audiencias, por el que había quedado eliminada la obligación de concesionarios de radio y televisión a distinguir entre opinión e información al presentar una noticia.

El proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán atendió diversas acciones de inconstitucionalidad presentadas bajo el argumento de que, al momento de aprobarse dicha reforma en el Senado de la República, “se violaron los procesos legislativos”.

“Estos requisitos fueron soslayados en la discusión correspondientes y significan una violación a al proceso legislativo, así como al derecho que asiste a las minorías de no ser excluido de los procesos legislativos”, señaló Pérez Dayán.

Explicó que se rechazó porque en primera, el dictamen se avaló sin las lecturas previas que marca el reglamento del Congreso, y en segunda, porque no se cumplió con el requisito de que el dictamen se hubiese publicado en la gaceta del Senado al menos 24 horas antes de su discusión.

Por su parte, la ministra Loreta Ortíz, señaló que la reforma se debía invalidar por falta de consulta a comunidades indígenas y personas con discapacidad.

“A partir de una interpretación del artículo segundo constitucional, los pueblos y comunidades indígenas tiene derechos a ser consultados previamente sobre políticas y leyes que puedan afectarlos directamente. La denegación de este derecho, sin duda, tendrá como efecto una violación a sus derechos humanos”, refirió.

Cabe mencionar que el proyecto también proponía dotar al Congreso de un plazo de seis meses para emitir otra reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, esta con el propósito de armonizar los derechos de las audiencias con las libertades de los medios de comunicación en la materia, sin embargo, en la sentencia solo se aprobó invalidar el decreto.

Los ministros manifestaron que ahora tocará a los legisladores federales para que sean ellos quienes impulsen una nueva reforma en la materia y además cumplan con lo que marcan los acuerdos legislativos.



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️

Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inválido por unanimidad el decreto de reforma aprobada en octubre de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en materia de derecho de las audiencias, por el que había quedado eliminada la obligación de concesionarios de radio y televisión a distinguir entre opinión e información al presentar una noticia.

El proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán atendió diversas acciones de inconstitucionalidad presentadas bajo el argumento de que, al momento de aprobarse dicha reforma en el Senado de la República, “se violaron los procesos legislativos”.

“Estos requisitos fueron soslayados en la discusión correspondientes y significan una violación a al proceso legislativo, así como al derecho que asiste a las minorías de no ser excluido de los procesos legislativos”, señaló Pérez Dayán.

Explicó que se rechazó porque en primera, el dictamen se avaló sin las lecturas previas que marca el reglamento del Congreso, y en segunda, porque no se cumplió con el requisito de que el dictamen se hubiese publicado en la gaceta del Senado al menos 24 horas antes de su discusión.

Por su parte, la ministra Loreta Ortíz, señaló que la reforma se debía invalidar por falta de consulta a comunidades indígenas y personas con discapacidad.

“A partir de una interpretación del artículo segundo constitucional, los pueblos y comunidades indígenas tiene derechos a ser consultados previamente sobre políticas y leyes que puedan afectarlos directamente. La denegación de este derecho, sin duda, tendrá como efecto una violación a sus derechos humanos”, refirió.

Cabe mencionar que el proyecto también proponía dotar al Congreso de un plazo de seis meses para emitir otra reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, esta con el propósito de armonizar los derechos de las audiencias con las libertades de los medios de comunicación en la materia, sin embargo, en la sentencia solo se aprobó invalidar el decreto.

Los ministros manifestaron que ahora tocará a los legisladores federales para que sean ellos quienes impulsen una nueva reforma en la materia y además cumplan con lo que marcan los acuerdos legislativos.



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️

Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music

Chihuahua

¡Qué calor! Alcanza Urique más de 40 grados centígrados de temperatura

La temperatura máximas esperada para esta tarde en la ciudad de Chihuahua es de 38 grados

Turismo

Mayoría de la planta laboral en "Parque Barrancas" son personas locales

Cerca de la mitad son mujeres, según dio a conocer la Secretaría de Turismo del estado de Chihuahua

Finanzas

Creció un 8.5% el empleo en la industria manufacturera durante los últimos cuatro años

La mayoría de los empleos generados durante el año pasado se dieron en mujeres

Elecciones 2024

Denuncia a "Kike" Valles ante Fiscalía por discriminación a la comunidad LGBT+

Señalan que durante un foro en el Tec de Monterrey, el candidato respondió a una pregunta de forma discriminatoria hacia la comunidad LGBT+

Gossip

Causa Carlos Rivera gran alboroto en sus fans durante concierto en la Feria de Santa Rita

“El Chayanne Mexicano”, como así lo apodan sus fans, logró de nuevo conquistar a su público de Chihuahua

Elecciones 2024

Todo listo en la Plaza del Ángel para la concentración Marea Rosa

Se encuentran con los últimos preparativos, realizando las pruebas de sonido en el escenario que montaron en la plaza