/ viernes 20 de octubre de 2023

"Precampañas?"

“Muchos pensamientos… un solo equipo”

“DESDE CUALQUIER ÁNGULO EN EL ENTORNO” confiere a la autoridad electoral, el súper reconocido Instituto Nacional Electoral, nuestro famoso INE, su condición de árbitro previo, durante y posterior de toda elección en al ámbito geográfico nacional cuando las actuaciones deliberadas de las fuerzas políticas (económicas y sociales), juegan, a través de los “asegunes” en los momentos atípicos que actualmente vivimos y aprendemos en nuestro México sobre asuntos no escritos que como organismo susodicho a través de la Subdirección que atañe la Comisión de Quejas y Denuncias, ordenó a Claudia Sheinbaum suspender actos abiertos (pero sí válidos en recintos cerrados, exclusivamente ante militantes) y a la maldiciente de Xóchitl Gálvez que cuide sus expresiones y ya no use su video promocional; ambas hacia el proceso electoral del año entrante, así que no más “asambleas” en plazas o recintos públicos abiertos porque no deben ser consideradas como precampañas que exigen que lo que promuevan debe ser solamente ante simpatizantes o seguidores de los partidos pregonantes…

Así, entonces, tanto la coordinadora nacional de la Defensa de la transformación con el lema de: “la esperanza nos une” como a la “frentista”, la prohibición de no seguir usando el video sobre sus ambiciones presidenciales. En el proyecto, a petición de los partidos de la Revolución Democrática y de Movimiento Ciudadano, prosperaron como consideraciones aceptables para las prohibiciones de “hacer actos anticipados de campaña” tras el riesgo de que si lo hicieran podrán cancelarse “in situ”, así que, dentro de esta medida cautelar quedan prohibidos también mensajes de esta naturaleza en sus redes sociales, y aquello que a juicio de la Comisión de Quejas y Denuncias prohíben también la propaganda relacionada con la consulta sobre la revocación de mandato presidencial. Otras prerrogativas son que en cada inicio de “asamblea” o concurrencia, a todos los asistentes debe informárseles sobre el contenido establecido por ley y acorde con la normatividad electoral, ceñirse estrictamente a los lineamientos determinados…

En secuencia y en consecuencia son muy sensibles las delimitaciones establecidas para calificar la diferencia entre promocionales y posicionamientos electorales; insisto sobre las definiciones de pre, anticipada a lo que significa campaña en toda formalidad. cargofe7@hotmail.com


“Muchos pensamientos… un solo equipo”

“DESDE CUALQUIER ÁNGULO EN EL ENTORNO” confiere a la autoridad electoral, el súper reconocido Instituto Nacional Electoral, nuestro famoso INE, su condición de árbitro previo, durante y posterior de toda elección en al ámbito geográfico nacional cuando las actuaciones deliberadas de las fuerzas políticas (económicas y sociales), juegan, a través de los “asegunes” en los momentos atípicos que actualmente vivimos y aprendemos en nuestro México sobre asuntos no escritos que como organismo susodicho a través de la Subdirección que atañe la Comisión de Quejas y Denuncias, ordenó a Claudia Sheinbaum suspender actos abiertos (pero sí válidos en recintos cerrados, exclusivamente ante militantes) y a la maldiciente de Xóchitl Gálvez que cuide sus expresiones y ya no use su video promocional; ambas hacia el proceso electoral del año entrante, así que no más “asambleas” en plazas o recintos públicos abiertos porque no deben ser consideradas como precampañas que exigen que lo que promuevan debe ser solamente ante simpatizantes o seguidores de los partidos pregonantes…

Así, entonces, tanto la coordinadora nacional de la Defensa de la transformación con el lema de: “la esperanza nos une” como a la “frentista”, la prohibición de no seguir usando el video sobre sus ambiciones presidenciales. En el proyecto, a petición de los partidos de la Revolución Democrática y de Movimiento Ciudadano, prosperaron como consideraciones aceptables para las prohibiciones de “hacer actos anticipados de campaña” tras el riesgo de que si lo hicieran podrán cancelarse “in situ”, así que, dentro de esta medida cautelar quedan prohibidos también mensajes de esta naturaleza en sus redes sociales, y aquello que a juicio de la Comisión de Quejas y Denuncias prohíben también la propaganda relacionada con la consulta sobre la revocación de mandato presidencial. Otras prerrogativas son que en cada inicio de “asamblea” o concurrencia, a todos los asistentes debe informárseles sobre el contenido establecido por ley y acorde con la normatividad electoral, ceñirse estrictamente a los lineamientos determinados…

En secuencia y en consecuencia son muy sensibles las delimitaciones establecidas para calificar la diferencia entre promocionales y posicionamientos electorales; insisto sobre las definiciones de pre, anticipada a lo que significa campaña en toda formalidad. cargofe7@hotmail.com