/ miércoles 22 de marzo de 2023

Aprueban iniciativa para reformar 8 artículos de la Constitución del estado de Chihuahua

Entre los artículos a reformar se encuentra el proceso de selección de magistradas y magistrados

Por unanimidad de votos del pleno del Poder Judicial de Chihuahua se aprobó la iniciativa con carácter de decreto para reformar 8 artículos de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, entre ellos el proceso de selección de magistradas y magistrados.

Lo anterior durante la Sesión Plenaria Extraordinaria Pública del Poder Judicial de Chihuahua, presidida por la magistrada presidenta del TSJ, Myriam Hernández Acosta quien explicó que las reformas buscan que el quehacer de los integrantes del poder judicial sea más eficiente, pero también para armonizar algunas cuestiones dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El magistrado Pedro Valdez Aguirre, titular de la Sexta Sala de lo Civil fue el encargado de exponer las particularidades del proyecto de iniciativa en la que se pretenden reformar los artículos 99, 100, 101, 103, 105, 106, 110 y 112.

Foto: Oracio Chávez | El Heraldo de Chihuahua

El magistrado mencionó que esta reforma tiene dos vertientes, la primera es ajustar la normativa constitucional a diversas resoluciones y determinaciones que ha emitido la Suprema Corte de Justicia de la a nación y la segunda es optimizar el trabajo del poder judicial.

En el artículo 99 se pretende incorporar el periodo de 2 años tras el término de una magistratura para que los titulares en reitero puedan actuar como patronos, abogados o representantes ante el poder judicial.

En el artículo 100 que se le dé facultades al Pleno del Poder para aumentar o disminuir el número de magistraturas de acuerdo a la carga de trabajo, ello por acuerdo emitido por el Consejo de la Judicatura que justifique el incremento.

En el artículo 101 se modifica el sistema de nombramientos, se propone que para la selección de magistradas y magistrados se convocará a Concurso de Méritos para cubrir plazas vacantes o de nueva creación. El Instituto de Formación Judicial organizará el concurso de méritos.

Foto: Oracio Chávez | El Heraldo de Chihuahua

El Pleno del Tribunal se constituirá en jurado calificador y tomará sus decisiones por mayoría de votos y será presidido por quien ocupe la titularidad de la presidencia.

La comisión especial enviaría al congreso una terna de las personas que hayan obtenido la mayor calificación. Se integrará una terna por quienes pretende servicio en el poder judicial y otra conformada por personas externas al poder judicial que tengan buenos antecedentes de profesión jurídica y honorabilidad.

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Previa comparecencia pública el pleno del Congreso nombrará a quienes deban de ocupar las plazas vacantes.

Otros de los artículos se refieren a la jubilación de magistrados, atribuciones del pleno del Tribunal Superior de Justicia donde se establece que en el mes de febrero se rendirá el informe por parte de la presidencia.

Se propone adicionar una fracción para otorgar al pleno aprobar el presupuesto de egreso del poder judicial para ser enviado al ejecutivo, este no puede ser menor al anterior. Los artículos 106 y 110 se refieren al Consejo de la Judicatura. Una vez expuestas las particularidades se votó y por unanimidad fue aprobada la iniciativa.

Por unanimidad de votos del pleno del Poder Judicial de Chihuahua se aprobó la iniciativa con carácter de decreto para reformar 8 artículos de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, entre ellos el proceso de selección de magistradas y magistrados.

Lo anterior durante la Sesión Plenaria Extraordinaria Pública del Poder Judicial de Chihuahua, presidida por la magistrada presidenta del TSJ, Myriam Hernández Acosta quien explicó que las reformas buscan que el quehacer de los integrantes del poder judicial sea más eficiente, pero también para armonizar algunas cuestiones dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El magistrado Pedro Valdez Aguirre, titular de la Sexta Sala de lo Civil fue el encargado de exponer las particularidades del proyecto de iniciativa en la que se pretenden reformar los artículos 99, 100, 101, 103, 105, 106, 110 y 112.

Foto: Oracio Chávez | El Heraldo de Chihuahua

El magistrado mencionó que esta reforma tiene dos vertientes, la primera es ajustar la normativa constitucional a diversas resoluciones y determinaciones que ha emitido la Suprema Corte de Justicia de la a nación y la segunda es optimizar el trabajo del poder judicial.

En el artículo 99 se pretende incorporar el periodo de 2 años tras el término de una magistratura para que los titulares en reitero puedan actuar como patronos, abogados o representantes ante el poder judicial.

En el artículo 100 que se le dé facultades al Pleno del Poder para aumentar o disminuir el número de magistraturas de acuerdo a la carga de trabajo, ello por acuerdo emitido por el Consejo de la Judicatura que justifique el incremento.

En el artículo 101 se modifica el sistema de nombramientos, se propone que para la selección de magistradas y magistrados se convocará a Concurso de Méritos para cubrir plazas vacantes o de nueva creación. El Instituto de Formación Judicial organizará el concurso de méritos.

Foto: Oracio Chávez | El Heraldo de Chihuahua

El Pleno del Tribunal se constituirá en jurado calificador y tomará sus decisiones por mayoría de votos y será presidido por quien ocupe la titularidad de la presidencia.

La comisión especial enviaría al congreso una terna de las personas que hayan obtenido la mayor calificación. Se integrará una terna por quienes pretende servicio en el poder judicial y otra conformada por personas externas al poder judicial que tengan buenos antecedentes de profesión jurídica y honorabilidad.

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Previa comparecencia pública el pleno del Congreso nombrará a quienes deban de ocupar las plazas vacantes.

Otros de los artículos se refieren a la jubilación de magistrados, atribuciones del pleno del Tribunal Superior de Justicia donde se establece que en el mes de febrero se rendirá el informe por parte de la presidencia.

Se propone adicionar una fracción para otorgar al pleno aprobar el presupuesto de egreso del poder judicial para ser enviado al ejecutivo, este no puede ser menor al anterior. Los artículos 106 y 110 se refieren al Consejo de la Judicatura. Una vez expuestas las particularidades se votó y por unanimidad fue aprobada la iniciativa.

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