/ viernes 10 de enero de 2020

Elimina SAT esquema de subcontratación y outsourcing

Se inconforma el sector patronal y otras cámaras empresariales pues consideran que se prioriza la tributación

El Sistema de Administración Tributaria (SAT), presentó los nuevos lineamientos de fiscalización entre los que destacan la obligatoriedad de contratación formal, la eliminación del esquema de subcontratación y outsourcing, bajo sanciones económicas, medidas por las cuales el sector patronal se ha inconformado.

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La oficina local aseveró que dentro de las novedades fiscales que aplican desde el 1 de enero se encuentran también la eliminación del Secreto Fiscal, es decir no se va reservar el nombre de cualquier persona que reciba recursos públicos, tampoco el de las sociedades anónimas que coloquen acciones en el mercado de valores y no tramiten su constancia de cumplimiento, así como el de los contribuyentes que hayan utilizado facturas de operaciones inexistentes.

En cuestión de casos de litigios de renta de casas, cuando el arrendador interponga un juicio para el pago de rentas vencidas, se requerirá la comprobación de la emisión de las facturas.

Otro de los aspectos en este 2020, está la obligatoriedad de darse de alta en el Buzón Tributario una aplicación de comunicación entre el SAT y los contribuyentes, con el que el SAT puede enviar notificaciones, información para el cumplimiento de obligaciones fiscales, solicitar información o requerir respuesta a un trámite.

Con estos cambios, la revisión de las notificaciones ya no será opcional, y el contribuyente deberá habilitar su buzón con el registro de mecanismos de comunicación.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), hizo un llamado a los contribuyentes para que no olviden consultar su Buzón Tributario, ya que esto les permitirá cumplir de una mejor manera con sus obligaciones.

Hacer caso omiso derivaría en una multa -respaldada por la reforma al artículo 86-D del CFF-, que puede ir de los 3,080 a los 9,250 pesos por no tener actualizados los datos del Buzón Tributario. Cabe destacar que cada omisión, o proporcionar datos erróneos, el SAT podrá acumular más multas.

Las personas morales tendrán hasta el 31 de marzo para activar dicho buzón, mientras que las personas físicas deberán hacer lo propio antes del 30 de abril. Para los contribuyentes asalariados esto será opcional.

El empresariado en voz de la Coparmex y otras cámaras empresariales dijeron que las nuevas reformas fiscales vienen complejas para este año, en las cuales se prioriza la tributación.

Los abarroteros por su parte han encontrado problemas en la comercialización de tabaco y bebidas saborizadas, debido a que el SAT aplicó una actualización a los IEPS, que redundan en el aumento de productos y por ende la gente los busca menos.

Las plataformas digitales a partir del 1 de enero deberán retener y enterar sobre el Impuesto Sobre la Renta e IVA, que corresponda.

En cuanto a la Restricción del Certificado de Sello Digital, lo novedoso es que se establece el derecho de audiencia para retirar la restricción temporal del CSD efectuada para que el contribuyente opere hasta que la autoridad emita sus conclusiones.

Empero, se ha visto positivamente como el plan para reducir el 30% del ISR a ejidatarios y comuneros que tengan ingresos derivados de las actividades del sector primario, así como la deducción del 25% del salario pagado a personas con discapacidad y adultos mayores.

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La oficina local aseveró que dentro de las novedades fiscales que aplican desde el 1 de enero se encuentran también la eliminación del Secreto Fiscal, es decir no se va reservar el nombre de cualquier persona que reciba recursos públicos, tampoco el de las sociedades anónimas que coloquen acciones en el mercado de valores y no tramiten su constancia de cumplimiento, así como el de los contribuyentes que hayan utilizado facturas de operaciones inexistentes.

En cuestión de casos de litigios de renta de casas, cuando el arrendador interponga un juicio para el pago de rentas vencidas, se requerirá la comprobación de la emisión de las facturas.

Otro de los aspectos en este 2020, está la obligatoriedad de darse de alta en el Buzón Tributario una aplicación de comunicación entre el SAT y los contribuyentes, con el que el SAT puede enviar notificaciones, información para el cumplimiento de obligaciones fiscales, solicitar información o requerir respuesta a un trámite.

Con estos cambios, la revisión de las notificaciones ya no será opcional, y el contribuyente deberá habilitar su buzón con el registro de mecanismos de comunicación.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), hizo un llamado a los contribuyentes para que no olviden consultar su Buzón Tributario, ya que esto les permitirá cumplir de una mejor manera con sus obligaciones.

Hacer caso omiso derivaría en una multa -respaldada por la reforma al artículo 86-D del CFF-, que puede ir de los 3,080 a los 9,250 pesos por no tener actualizados los datos del Buzón Tributario. Cabe destacar que cada omisión, o proporcionar datos erróneos, el SAT podrá acumular más multas.

Las personas morales tendrán hasta el 31 de marzo para activar dicho buzón, mientras que las personas físicas deberán hacer lo propio antes del 30 de abril. Para los contribuyentes asalariados esto será opcional.

El empresariado en voz de la Coparmex y otras cámaras empresariales dijeron que las nuevas reformas fiscales vienen complejas para este año, en las cuales se prioriza la tributación.

Los abarroteros por su parte han encontrado problemas en la comercialización de tabaco y bebidas saborizadas, debido a que el SAT aplicó una actualización a los IEPS, que redundan en el aumento de productos y por ende la gente los busca menos.

Las plataformas digitales a partir del 1 de enero deberán retener y enterar sobre el Impuesto Sobre la Renta e IVA, que corresponda.

En cuanto a la Restricción del Certificado de Sello Digital, lo novedoso es que se establece el derecho de audiencia para retirar la restricción temporal del CSD efectuada para que el contribuyente opere hasta que la autoridad emita sus conclusiones.

Empero, se ha visto positivamente como el plan para reducir el 30% del ISR a ejidatarios y comuneros que tengan ingresos derivados de las actividades del sector primario, así como la deducción del 25% del salario pagado a personas con discapacidad y adultos mayores.

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