/ sábado 2 de mayo de 2020

Podrían destituir a policía estatal

Luego de que hiciera viral por redes sociales video en el que agrede a ciudadanos

El agente estatal que el pasado miércoles entró sin orden de cateo a un domicilio ubicado en la colonia Rosario podría ser destituido o inhabilitado de sus funciones, de acuerdo con la Ley Estatal de Seguridad vigente al presente año.

El Artículo 175 de dicha ley establece que el incumplimiento por parte de los Integrantes a sus obligaciones y deberes dará lugar al inicio del procedimiento del régimen disciplinario ante la correspondiente Comisión del Servicio Profesional de Carrera, Honor y Justicia.

Entre dichos incumplimientos se encuentra el uso de la fuerza pública y abuso de autoridad, ostentando el cargo policial, por lo que las sanciones que se apliquen por infracciones pueden ir desde la amonestación, que se refiere a un simple regaño, suspensión hasta por treinta días, o remoción de su cargo.

La Fiscalía General del Estado informó que el elemento estatal se encuentra arrestado y en espera de que la Comisión de Honor y Justicia de la Policía Estatal haga el desahogo de pruebas, que en primera instancia es el video que circuló en redes sociales, donde se aprecia que entró al domicilio de forma agresiva, al darse cuenta de que los moradores lo estaban filmando por no llevar el cubrebocas obligatorio por la pandemia del Covid-19.

En el caso del policía municipal que estuvo presente en este mismo hecho, también se encuentra arrestado y en proceso de que el Consejo de Honor y Justicia determine si su actuación incurre en alguna conducta irregular.

“Los elementos se investigan de acuerdo con los estatutos de la Ley de Seguridad vigente en el Estado por incumplimiento de labores, sin embargo, cuando incurren en la comisión de otra falta o delito, y existe una denuncia por parte de uno o varios afectados, se les sanciona de acuerdo con el Código Penal de Chihuahua”, explicó Fernando Villegas, abogado penalista.

La ley de Seguridad especifica que la disciplina de elementos policiales comprende el aprecio por sí mismo, la pulcritud, los buenos modales, el rechazo a los vicios, la puntualidad en el servicio, la exactitud en la obediencia, el escrupuloso respeto a las leyes y reglamentos, así como a los derechos humanos.

“La disciplina es la base del funcionamiento y organización de las Instituciones de Seguridad Pública, por lo que sus Integrantes deberán sujetar su conducta a la observancia de las leyes, órdenes y jerarquías, así como a la obediencia y al alto concepto del honor, de la justicia y de la ética. La disciplina demanda respeto y consideración mutua entre quien ostente un mando y sus subordinados”, señala la Ley.

Además, en su artículo 173, se muestra que las Instituciones de Seguridad Pública exigirán de sus integrantes el más estricto cumplimiento del deber, a efecto de salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, prevenir la comisión de delitos y lograr los objetivos y fines de la seguridad pública.

Artículo 174. Los integrantes deberán observar estrictamente las obligaciones y deberes que les establece esta Ley y demás ordenamientos aplicables.

El abogado explicó que cuando existe una violación o falta por parte de los elementos de seguridad, deben someterse por las áreas de asuntos internos de las corporaciones a una Comisión de Honor y Justicia que existe en las policías Municipal y Estatal.

Dicha Comisión debe instaurarles un procedimiento mediante el cual se determina la sanción, que va desde la amonestación hasta la destitución o inhabilitación de su cargo.

Cabe señalar que ante esto los elementos pueden inconformarse ante Tribunales Administrativos del Municipio y del estado, en caso de que consideren que la sanción en el proceso es injusto, e incluso pueden apelar hasta en tribunales federales.

*FGE, la más denunciada ante CEDH

Van 90 casos en 2020

*La Fiscalía General del Estado (FGE) continúa como la dependencia con más quejas y señalamientos en materia de violación o vulneración de los derechos humanos a ciudadanos, con 90 casos en lo que va del año.

En 2019, la Comisión acumuló 650 quejas de ciudadanos que fueron víctimas de abusos de autoridad, detención de forma ilegal, uso excesivo de la fuerza, prestar indebidamente el servicio público, intimidación y amenazas.

Cabe señalar que esta tendencia se ha registrado desde hace tres años, e incluso anteriormente las instancias de las que más se quejan la ciudadanía son las relacionadas con el área de seguridad, independientemente si son municipales, estatales o federales.

En el caso específico de la Fiscalía General del Estado, se señala al área de Vialidad como la más propensa a cometer abusos con los ciudadanos, y esto va desde lo que ellos señalan como detenciones injustificadas, por las que los automovilistas defienden su derecho de no ser multados, y es cuando se presenta un acto de abuso.

En este sentido, los quejosos señalan que ante el hecho de no querer dar un pago o “mordida”, los elementos viales amenazan con quitar los vehículos, e incluso presionarlos bajo amenaza de que serán encarcelados.

Casos similares son los que registra la Dirección de Seguridad Pública Municipal, pues algunos elementos son señalados de corrupción o intento de la misma, pidiendo a las personas dinero para no ser detenidas, aun cuando presuntamente no hay motivo alguno para hacer la detención.

Esta corporación también es señalada por amenazas, ya que los policías aprovechan la vulnerabilidad en que se encuentran algunas personas para ejercer la violencia verbal o incluso física, sobajando la dignidad y quebrantando los derechos humanos de la persona.

Además, los ciudadanos señalan que cuando son detenidos, se utiliza la fuerza excesiva sin necesidad de ello, pues aun cuando la persona fuera responsable de un ilícito, se deben respetar y garantizar sus derechos humanos.

En el caso de la FGE, las recomendaciones emitidas por la CEDH han sido en relación con las agresiones a la integridad y seguridad personal de detenidos.

De igual forma solicitaron el acelerar procesos de investigación para poder vincular o ejercer acción de probables responsables de comisión de delitos.

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El agente estatal que el pasado miércoles entró sin orden de cateo a un domicilio ubicado en la colonia Rosario podría ser destituido o inhabilitado de sus funciones, de acuerdo con la Ley Estatal de Seguridad vigente al presente año.

El Artículo 175 de dicha ley establece que el incumplimiento por parte de los Integrantes a sus obligaciones y deberes dará lugar al inicio del procedimiento del régimen disciplinario ante la correspondiente Comisión del Servicio Profesional de Carrera, Honor y Justicia.

Entre dichos incumplimientos se encuentra el uso de la fuerza pública y abuso de autoridad, ostentando el cargo policial, por lo que las sanciones que se apliquen por infracciones pueden ir desde la amonestación, que se refiere a un simple regaño, suspensión hasta por treinta días, o remoción de su cargo.

La Fiscalía General del Estado informó que el elemento estatal se encuentra arrestado y en espera de que la Comisión de Honor y Justicia de la Policía Estatal haga el desahogo de pruebas, que en primera instancia es el video que circuló en redes sociales, donde se aprecia que entró al domicilio de forma agresiva, al darse cuenta de que los moradores lo estaban filmando por no llevar el cubrebocas obligatorio por la pandemia del Covid-19.

En el caso del policía municipal que estuvo presente en este mismo hecho, también se encuentra arrestado y en proceso de que el Consejo de Honor y Justicia determine si su actuación incurre en alguna conducta irregular.

“Los elementos se investigan de acuerdo con los estatutos de la Ley de Seguridad vigente en el Estado por incumplimiento de labores, sin embargo, cuando incurren en la comisión de otra falta o delito, y existe una denuncia por parte de uno o varios afectados, se les sanciona de acuerdo con el Código Penal de Chihuahua”, explicó Fernando Villegas, abogado penalista.

La ley de Seguridad especifica que la disciplina de elementos policiales comprende el aprecio por sí mismo, la pulcritud, los buenos modales, el rechazo a los vicios, la puntualidad en el servicio, la exactitud en la obediencia, el escrupuloso respeto a las leyes y reglamentos, así como a los derechos humanos.

“La disciplina es la base del funcionamiento y organización de las Instituciones de Seguridad Pública, por lo que sus Integrantes deberán sujetar su conducta a la observancia de las leyes, órdenes y jerarquías, así como a la obediencia y al alto concepto del honor, de la justicia y de la ética. La disciplina demanda respeto y consideración mutua entre quien ostente un mando y sus subordinados”, señala la Ley.

Además, en su artículo 173, se muestra que las Instituciones de Seguridad Pública exigirán de sus integrantes el más estricto cumplimiento del deber, a efecto de salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, prevenir la comisión de delitos y lograr los objetivos y fines de la seguridad pública.

Artículo 174. Los integrantes deberán observar estrictamente las obligaciones y deberes que les establece esta Ley y demás ordenamientos aplicables.

El abogado explicó que cuando existe una violación o falta por parte de los elementos de seguridad, deben someterse por las áreas de asuntos internos de las corporaciones a una Comisión de Honor y Justicia que existe en las policías Municipal y Estatal.

Dicha Comisión debe instaurarles un procedimiento mediante el cual se determina la sanción, que va desde la amonestación hasta la destitución o inhabilitación de su cargo.

Cabe señalar que ante esto los elementos pueden inconformarse ante Tribunales Administrativos del Municipio y del estado, en caso de que consideren que la sanción en el proceso es injusto, e incluso pueden apelar hasta en tribunales federales.

*FGE, la más denunciada ante CEDH

Van 90 casos en 2020

*La Fiscalía General del Estado (FGE) continúa como la dependencia con más quejas y señalamientos en materia de violación o vulneración de los derechos humanos a ciudadanos, con 90 casos en lo que va del año.

En 2019, la Comisión acumuló 650 quejas de ciudadanos que fueron víctimas de abusos de autoridad, detención de forma ilegal, uso excesivo de la fuerza, prestar indebidamente el servicio público, intimidación y amenazas.

Cabe señalar que esta tendencia se ha registrado desde hace tres años, e incluso anteriormente las instancias de las que más se quejan la ciudadanía son las relacionadas con el área de seguridad, independientemente si son municipales, estatales o federales.

En el caso específico de la Fiscalía General del Estado, se señala al área de Vialidad como la más propensa a cometer abusos con los ciudadanos, y esto va desde lo que ellos señalan como detenciones injustificadas, por las que los automovilistas defienden su derecho de no ser multados, y es cuando se presenta un acto de abuso.

En este sentido, los quejosos señalan que ante el hecho de no querer dar un pago o “mordida”, los elementos viales amenazan con quitar los vehículos, e incluso presionarlos bajo amenaza de que serán encarcelados.

Casos similares son los que registra la Dirección de Seguridad Pública Municipal, pues algunos elementos son señalados de corrupción o intento de la misma, pidiendo a las personas dinero para no ser detenidas, aun cuando presuntamente no hay motivo alguno para hacer la detención.

Esta corporación también es señalada por amenazas, ya que los policías aprovechan la vulnerabilidad en que se encuentran algunas personas para ejercer la violencia verbal o incluso física, sobajando la dignidad y quebrantando los derechos humanos de la persona.

Además, los ciudadanos señalan que cuando son detenidos, se utiliza la fuerza excesiva sin necesidad de ello, pues aun cuando la persona fuera responsable de un ilícito, se deben respetar y garantizar sus derechos humanos.

En el caso de la FGE, las recomendaciones emitidas por la CEDH han sido en relación con las agresiones a la integridad y seguridad personal de detenidos.

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