/ miércoles 20 de mayo de 2020

Comprensión política de la constitucionalización de la ley

“La lucha no sólo es para conquistar el poder sino también para permanecer en él”


Las leyes tienen que ser analizadas a la interpretación de la Constitución, tiene que existir una estrecha relación entre la norma suprema y cuando no es posible armonizar las normas generales cuando éstas son impugnadas se da la declaratoria general de inconstitucionalidad.


La Ley Suprema tiene a su legítima defensa la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Esto es lo que se conoce como la garantía jurisdiccional de la Constitución, que se refiere al control constitucional de las leyes ante la discrecionalidad política del legislador.

Así sucedió con el caso denominado “La Ley Bonilla”.

Utilizar el poder para ajustar las leyes a los juegos políticos ha sido una práctica reiterada en nuestro país, pero el pasado 12 de mayo fue histórico, no sólo porque se declaró la inconstitucional de la “Ley Bonilla” materializada por el Congreso de Baja California, sino porque fue una sesión a distancia por las medidas de sana distancia que estamos viviendo ante la situación de emergencia sanitaria del Covid-19.

Mediante un proyecto de resolución presentado por el ministro Fernando Franco González se propuso que la Ley Bonilla se declarara inconstitucional, ya que la votación emitida por los electores es para un periodo de dos años y no de cinco como se pretendía.

Se logró la unanimidad de los ministros para que la “Ley Bonilla fuera declarada inconstitucional”. Ahora la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo notificará a la autoridad emisora.

“Se pretendió violar la voluntad popular: usando la Constitución, para violar la Constitución”, así lo expresó el ministro presidente de la SCJN Arturo Zaldívar.

Con esta resolución se defendieron los derechos humanos, se protegió a la Constitución.

¡Me siento orgullosa de ser hija de estas hermosas tierras norteñas!

“La lucha no sólo es para conquistar el poder sino también para permanecer en él”


Las leyes tienen que ser analizadas a la interpretación de la Constitución, tiene que existir una estrecha relación entre la norma suprema y cuando no es posible armonizar las normas generales cuando éstas son impugnadas se da la declaratoria general de inconstitucionalidad.


La Ley Suprema tiene a su legítima defensa la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Esto es lo que se conoce como la garantía jurisdiccional de la Constitución, que se refiere al control constitucional de las leyes ante la discrecionalidad política del legislador.

Así sucedió con el caso denominado “La Ley Bonilla”.

Utilizar el poder para ajustar las leyes a los juegos políticos ha sido una práctica reiterada en nuestro país, pero el pasado 12 de mayo fue histórico, no sólo porque se declaró la inconstitucional de la “Ley Bonilla” materializada por el Congreso de Baja California, sino porque fue una sesión a distancia por las medidas de sana distancia que estamos viviendo ante la situación de emergencia sanitaria del Covid-19.

Mediante un proyecto de resolución presentado por el ministro Fernando Franco González se propuso que la Ley Bonilla se declarara inconstitucional, ya que la votación emitida por los electores es para un periodo de dos años y no de cinco como se pretendía.

Se logró la unanimidad de los ministros para que la “Ley Bonilla fuera declarada inconstitucional”. Ahora la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo notificará a la autoridad emisora.

“Se pretendió violar la voluntad popular: usando la Constitución, para violar la Constitución”, así lo expresó el ministro presidente de la SCJN Arturo Zaldívar.

Con esta resolución se defendieron los derechos humanos, se protegió a la Constitución.

¡Me siento orgullosa de ser hija de estas hermosas tierras norteñas!