/ miércoles 20 de junio de 2018

¿Cuáles?


La Constitución de los Estados Unidos Mexicanos es el documento jurídico mas importante de nuestra nación, en el se encuentran las disposiciones legales primigenias y de ella emanan todas las demás normas jurídicas. Nuestra norma suprema; es el documento que señala desde el 10 de junio de 2011 los Derechos Humanos, y como consecuencia, todas las normas legales deberán contener en sus textos disposiciones que no vayan en contra de nuestra carta magna. Esto en el interior de nuestro país; pero hacia el exterior se ha obligado el Estado Mexicano a actualizar sus textos legales acorde a los estándares internacionales de Derechos Humanos.

Con la reforma constitucional del 2011, se reconoce que tendrán que respetarse los Derechos Humanos que se encuentran en los tratados internacionales a los cuales se ha adherido nuestro país. Lo más importante en el tema de los Derechos Humanos es la persona, por lo tanto, una norma jurídica sea interna o internacional nunca deberá dañar los bienes jurídicamente tutelados a las personas y cuando se encuentren en conflicto leyes nacionales o documentos internacionales, se preferirá siempre la que más beneficie, esto se conoce como principio pro persona.

El artículo primero constitucional establece que todas las autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias deberán promover, respetar, proteger y garantizar los Derechos Humanos, así mismo se prohíbe que exista alguna discriminación motivada por el origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente en contra de la dignidad humana y que tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Por lo tanto todas las autoridades tendrán que respetar nuestros derechos y llevar a cabo todas las acciones necesarias para que los ejerzamos sin obstáculo alguno.

Así entonces encontramos en nuestra constitución y en tratados internacionales, derechos que protegen libertades que tenemos, como la libertad que tienen los pueblos indígenas para auto determinarse, la posibilidad que tenemos mujeres y hombres por igual para ejercer el derecho a la educación, la libertad que tenemos ejercer de manera libre y responsable el número de hijos que deseamos tener y el espaciamiento entre uno y otro, la libertad que tenemos de escribir, publicar escritos y ejercer nuestro derecho de expresión, el derecho de asociarnos, de poseer armas en nuestro domicilio, de salir, entrar y transitar por toda la República Mexicana, sin necesidad de alguna carta de seguridad o pasaporte, la libertad que tenemos de dedicarnos a la profesión, a la industria o trabajo que deseemos siempre y cuando sea lícita, la libertad que tenemos de ejercer el comercio y como seguridad la prohibición de monopolios y la esclavitud. Derechos de Igualdad entre hombres y mujeres, así mismo como la prohibición a la discriminación y títulos nobiliarios.

Los derechos de seguridad jurídica nos permiten evitar abusos de autoridades dentro de un procedimiento, entonces tenemos derechos a no ser juzgados dos veces por el mismo delito, que se realice un juicio en base a normas con tiempos específicos y determinados, por autoridades competentes y bajo la defensa de un abogado.

El derecho a la propiedad es un derecho establecido en nuestra constitución en el año de 1917, como consecuencia de muchos documentos que señalaron el tema con anterioridad y que permitieron eliminar los latifundios y entregar la propiedad de las tierras, formalizadas en ejidos y comunidades.

Me siento orgullosa de ser hija de estas hermosas y queridas tierras norteñas.


La Constitución de los Estados Unidos Mexicanos es el documento jurídico mas importante de nuestra nación, en el se encuentran las disposiciones legales primigenias y de ella emanan todas las demás normas jurídicas. Nuestra norma suprema; es el documento que señala desde el 10 de junio de 2011 los Derechos Humanos, y como consecuencia, todas las normas legales deberán contener en sus textos disposiciones que no vayan en contra de nuestra carta magna. Esto en el interior de nuestro país; pero hacia el exterior se ha obligado el Estado Mexicano a actualizar sus textos legales acorde a los estándares internacionales de Derechos Humanos.

Con la reforma constitucional del 2011, se reconoce que tendrán que respetarse los Derechos Humanos que se encuentran en los tratados internacionales a los cuales se ha adherido nuestro país. Lo más importante en el tema de los Derechos Humanos es la persona, por lo tanto, una norma jurídica sea interna o internacional nunca deberá dañar los bienes jurídicamente tutelados a las personas y cuando se encuentren en conflicto leyes nacionales o documentos internacionales, se preferirá siempre la que más beneficie, esto se conoce como principio pro persona.

El artículo primero constitucional establece que todas las autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias deberán promover, respetar, proteger y garantizar los Derechos Humanos, así mismo se prohíbe que exista alguna discriminación motivada por el origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente en contra de la dignidad humana y que tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Por lo tanto todas las autoridades tendrán que respetar nuestros derechos y llevar a cabo todas las acciones necesarias para que los ejerzamos sin obstáculo alguno.

Así entonces encontramos en nuestra constitución y en tratados internacionales, derechos que protegen libertades que tenemos, como la libertad que tienen los pueblos indígenas para auto determinarse, la posibilidad que tenemos mujeres y hombres por igual para ejercer el derecho a la educación, la libertad que tenemos ejercer de manera libre y responsable el número de hijos que deseamos tener y el espaciamiento entre uno y otro, la libertad que tenemos de escribir, publicar escritos y ejercer nuestro derecho de expresión, el derecho de asociarnos, de poseer armas en nuestro domicilio, de salir, entrar y transitar por toda la República Mexicana, sin necesidad de alguna carta de seguridad o pasaporte, la libertad que tenemos de dedicarnos a la profesión, a la industria o trabajo que deseemos siempre y cuando sea lícita, la libertad que tenemos de ejercer el comercio y como seguridad la prohibición de monopolios y la esclavitud. Derechos de Igualdad entre hombres y mujeres, así mismo como la prohibición a la discriminación y títulos nobiliarios.

Los derechos de seguridad jurídica nos permiten evitar abusos de autoridades dentro de un procedimiento, entonces tenemos derechos a no ser juzgados dos veces por el mismo delito, que se realice un juicio en base a normas con tiempos específicos y determinados, por autoridades competentes y bajo la defensa de un abogado.

El derecho a la propiedad es un derecho establecido en nuestra constitución en el año de 1917, como consecuencia de muchos documentos que señalaron el tema con anterioridad y que permitieron eliminar los latifundios y entregar la propiedad de las tierras, formalizadas en ejidos y comunidades.

Me siento orgullosa de ser hija de estas hermosas y queridas tierras norteñas.