/ lunes 11 de octubre de 2021

Elección de autoridades municipales auxiliares 2021

Por: César Wong

La participación ciudadana en nuestro estado aún no culmina. Además de los cargos de la gubernatura, diputaciones e integrantes de los ayuntamientos, en 2021 se elegirán autoridades municipales auxiliares: juntas municipales y comisarías de policía.

Por tanto, en mi opinión, resulta importante abundar en el ejercicio democrático municipal que está por realizarse.

En Chihuahua, de los 67 municipios que conforman el estado, 51 cuentan con al menos una sección municipal en la que habrá elección; por ejemplo, el municipio de Guerrero cuenta con 20 secciones, Guadalupe y Calvo con 12, Chihuahua con 5 y Juárez con 1. En total son 170 secciones municipales.

La Junta Municipal y la Comisaría de Policía auxilian al ayuntamiento en temas de servicios públicos, mantenimiento, atención a víctimas de delitos, recaudación y seguridad dentro de su demarcación territorial, entre otras facultades. La existencia de estas autoridades deriva de que muchas comunidades están retiradas de la cabecera municipal, por lo que éstas funcionan como un órgano desconcentrado del cabildo.

Pero, ¿cómo se eligen las autoridades municipales auxiliares?

En principio, debe precisarse que una Junta Municipal se integra por una persona que ocupa la presidencia seccional y dos o tres regidurías –dependiendo del número de habitantes de la sección municipal–, mientras que la Comisaría es unipersonal. Ambas autoridades tomarán posesión del cargo el 15 de diciembre.

En el sistema legal vigente se establecen dos vías para celebrar la elección de estas autoridades: i) organizadas por el Instituto Estatal Electoral o ii) a cargo del ayuntamiento.

Para que el Instituto organice una elección de autoridades municipales auxiliares, el ayuntamiento respectivo debe solicitar a la autoridad electoral que lleve a cabo el proceso de elección. No obstante, los gastos que se generen correrán a cargo del solicitante, por lo que requiere justificar la suficiencia presupuestaria para tal efecto.

En este caso, el Instituto emitirá los acuerdos y lineamientos que estime necesarios para la preparación, organización, desarrollo y vigilancia de la elección seccional. Es decir, el Instituto emitirá la convocatoria y reglas para la elección, conformará las mesas receptoras de la votación y realizará los cómputos respectivos, entre otras acciones.

Por otro lado, si un ayuntamiento decide organizar la elección por sí mismo, deberá respetar las bases que el legislador ha estipulado para ello. En esencia, para la elección: i) se emitirá la convocatoria al proceso 15 antes del día de la jornada electiva, la cual se llevará a cabo el 31 de octubre; ii) el registro de las candidaturas a integrar las juntas municipales se realizará por planillas, integradas por propietarios y suplentes; la elección será por voto secreto, triunfando la planilla que obtenga más votos; iii) las Comisarías serán electas por mayoría de votos a través de plebiscito, y iv) el propio ayuntamiento realizará el cómputo, declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría de la elección.

En ambos casos, el Tribunal Estatal Electoral podrá revisar que los resultados sean válidos, siempre y cuando alguna persona –con interés– solicite el acceso a la justicia, al considerar que existieron causas que pudieran ser contrarias a los principios rectores en materia electoral.

La participación democrática continúa y nuestra labor como autoridades electorales sigue al servicio de los chihuahuenses.


Por: César Wong

La participación ciudadana en nuestro estado aún no culmina. Además de los cargos de la gubernatura, diputaciones e integrantes de los ayuntamientos, en 2021 se elegirán autoridades municipales auxiliares: juntas municipales y comisarías de policía.

Por tanto, en mi opinión, resulta importante abundar en el ejercicio democrático municipal que está por realizarse.

En Chihuahua, de los 67 municipios que conforman el estado, 51 cuentan con al menos una sección municipal en la que habrá elección; por ejemplo, el municipio de Guerrero cuenta con 20 secciones, Guadalupe y Calvo con 12, Chihuahua con 5 y Juárez con 1. En total son 170 secciones municipales.

La Junta Municipal y la Comisaría de Policía auxilian al ayuntamiento en temas de servicios públicos, mantenimiento, atención a víctimas de delitos, recaudación y seguridad dentro de su demarcación territorial, entre otras facultades. La existencia de estas autoridades deriva de que muchas comunidades están retiradas de la cabecera municipal, por lo que éstas funcionan como un órgano desconcentrado del cabildo.

Pero, ¿cómo se eligen las autoridades municipales auxiliares?

En principio, debe precisarse que una Junta Municipal se integra por una persona que ocupa la presidencia seccional y dos o tres regidurías –dependiendo del número de habitantes de la sección municipal–, mientras que la Comisaría es unipersonal. Ambas autoridades tomarán posesión del cargo el 15 de diciembre.

En el sistema legal vigente se establecen dos vías para celebrar la elección de estas autoridades: i) organizadas por el Instituto Estatal Electoral o ii) a cargo del ayuntamiento.

Para que el Instituto organice una elección de autoridades municipales auxiliares, el ayuntamiento respectivo debe solicitar a la autoridad electoral que lleve a cabo el proceso de elección. No obstante, los gastos que se generen correrán a cargo del solicitante, por lo que requiere justificar la suficiencia presupuestaria para tal efecto.

En este caso, el Instituto emitirá los acuerdos y lineamientos que estime necesarios para la preparación, organización, desarrollo y vigilancia de la elección seccional. Es decir, el Instituto emitirá la convocatoria y reglas para la elección, conformará las mesas receptoras de la votación y realizará los cómputos respectivos, entre otras acciones.

Por otro lado, si un ayuntamiento decide organizar la elección por sí mismo, deberá respetar las bases que el legislador ha estipulado para ello. En esencia, para la elección: i) se emitirá la convocatoria al proceso 15 antes del día de la jornada electiva, la cual se llevará a cabo el 31 de octubre; ii) el registro de las candidaturas a integrar las juntas municipales se realizará por planillas, integradas por propietarios y suplentes; la elección será por voto secreto, triunfando la planilla que obtenga más votos; iii) las Comisarías serán electas por mayoría de votos a través de plebiscito, y iv) el propio ayuntamiento realizará el cómputo, declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría de la elección.

En ambos casos, el Tribunal Estatal Electoral podrá revisar que los resultados sean válidos, siempre y cuando alguna persona –con interés– solicite el acceso a la justicia, al considerar que existieron causas que pudieran ser contrarias a los principios rectores en materia electoral.

La participación democrática continúa y nuestra labor como autoridades electorales sigue al servicio de los chihuahuenses.