/ viernes 9 de octubre de 2020

Vinculan a proceso a presunto pederasta

Tres víctimas presentaron su declaración donde dijeron haber sido afectados por el ahora procesado

Vinculan a proceso a J.A.M.O., por el delito de Trata de Personas en la Modalidad de Almacenamiento de Pornografía de personas menores de 18 años, tras escuchar la declaración de tres víctimas que dijeron, haber sido afectados por el ahora procesado a su edad de 14 años, atestiguado todos que primero los invitaba a estar con él para grabarlos, y después rifaba, subastaba, y vendía fotos y vídeos en la página del "Club del Pollo".

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Dada por iniciada la audiencia de vinculación a proceso de J. A.M.O, por el caso "El Club Pollo", quien manejaba una red de supuesta pederastia, una de sus víctimas al declarar contó su experiencia con el en el Motel Texas y otros.

La primera víctima declaro, que el busco contactos por Facebook, y encontró a J. A.M.O., con el nombre de Hugo Martínez, con el cual comenzó a salir y este le daba de 150 pesos hasta 500, por cada ocasión en qué acudía con el.

Luego le pidió llevará a otros jóvenes por los cuales le daba hasta 3 mil pesos y a ellos les daba el mil pesos a veces un poco más, cuando no les gustaba.

Otra víctima declaro que el también comenzó a salir con el detenido y hoy día está enfermo de VIH, ya que sus relaciones eran sin protección por qué nunca se quiso cuidar.

Luego de presentar a víctimas y testigos relacionados con la actividad de J. A.M.O.,, alias Hugo Martínez, perteneciente al "Club Pollo", y se mostró prueba del perfil, donde hacía invitaciones a sus polladas, y ponía su contacto para confirmar asistencia.

Hasta el momento la defensa entro en alegato para cuestionar el por qué juzgaban a su cliente, pues en todo momento era consensuado, e incluso lo tomaron como negocio, e incluso actuó como lenon hacia el acusado, y todo lo llamaban como argumentación, un acto donde probaban su sexualidad.

Por lo que objetaron la acusación mal dirigida por el Ministerio Publico.

Añadió el abogado Alcalá Sánchez, que las evidencias mostradas nunca se explico cómo se obtuvieron, ni lo que se recabó en el cateo exactamente, y refirió que las acciones estaban fuera de la forma legal de obtenerlas, por lo tanto en caso concreto toda la prueba que muestra el MP es nula, debido a la forma de obtenerlas.

No se puede incriminar a quien tenga dos Facebook, pero sobre todo las pruebas claras de como se llevó a cabo el cateo y falta la autoridad federal para realizar las intervenciones de comunicaciones, violando su principio de Inocencia.

Incluso la defensa dio a conocer que tras la filtración de información sobre el caso a los medios, se inició una cacería de brujas para su cliente y su familia, ya que aún no se llegaba a la audiencia de vinculación la propia FEM brindo datos importantes de está investigación, sin antes presentarla de la manera correcta ante el debido proceso.

Por su parte el MP indicó que la ley tiene excepciones y este cateo se llevó a cabo dentro de la ley, otra de que la víctima a su edad de 14 años no puede dedicarse a la prostitución, así mismo la víctima dio su consentimiento para ingresar a su Facebook y obtener la evidencia donde aparece el imputado, acusando al ahora procesado que se aprovechó de la edad del menor para poder utilizarlos, y los extorsionaba con amenazas de publicar fotos y vídeos de sus relaciones sexuales, para lograr tenerlos sometidos.

La defensa señaló que hay una cascada de dudas, pues de un perfil de conversaciones se obtuvo la evidencia, y no se ven las caras, quién guarda la evidencia, pues la víctima también aseveró el abogado defensor.

En cuanto a la prostitución la misma víctima, al no tener dinero buscaba no solo al acusado si no a otras personas por necesidad de dinero.

El MP no ha acreditado que el acusado tenga videos y demás de pornografía infantil, o el MP se aboca a presentar pruebas de los delitos que refiere, no debe por qué ser vinculado su cliente, por el contrario procesar a el menor que si manifiesta dedicarse a la prostitución.

El MP solicito vinculación a proceso y no ha tenido los requisitos necesarios pues no se ha llevado a cabo correctamente la imputación, por pornografía infantil en su modalidad de almacenamiento de pornografía infantil de menores de 18 años de edad, por parte de J.A.M.O.

Luego de recordar las declaraciones de las víctimas presentadas el Juez manifestó que se vincula a proceso a J.A.M.O, por el delito de Trata de Personas en la modalidad de Almacenamiento de Pornografía de personas menores de 18 años.


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Vinculan a proceso a J.A.M.O., por el delito de Trata de Personas en la Modalidad de Almacenamiento de Pornografía de personas menores de 18 años, tras escuchar la declaración de tres víctimas que dijeron, haber sido afectados por el ahora procesado a su edad de 14 años, atestiguado todos que primero los invitaba a estar con él para grabarlos, y después rifaba, subastaba, y vendía fotos y vídeos en la página del "Club del Pollo".

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Dada por iniciada la audiencia de vinculación a proceso de J. A.M.O, por el caso "El Club Pollo", quien manejaba una red de supuesta pederastia, una de sus víctimas al declarar contó su experiencia con el en el Motel Texas y otros.

La primera víctima declaro, que el busco contactos por Facebook, y encontró a J. A.M.O., con el nombre de Hugo Martínez, con el cual comenzó a salir y este le daba de 150 pesos hasta 500, por cada ocasión en qué acudía con el.

Luego le pidió llevará a otros jóvenes por los cuales le daba hasta 3 mil pesos y a ellos les daba el mil pesos a veces un poco más, cuando no les gustaba.

Otra víctima declaro que el también comenzó a salir con el detenido y hoy día está enfermo de VIH, ya que sus relaciones eran sin protección por qué nunca se quiso cuidar.

Luego de presentar a víctimas y testigos relacionados con la actividad de J. A.M.O.,, alias Hugo Martínez, perteneciente al "Club Pollo", y se mostró prueba del perfil, donde hacía invitaciones a sus polladas, y ponía su contacto para confirmar asistencia.

Hasta el momento la defensa entro en alegato para cuestionar el por qué juzgaban a su cliente, pues en todo momento era consensuado, e incluso lo tomaron como negocio, e incluso actuó como lenon hacia el acusado, y todo lo llamaban como argumentación, un acto donde probaban su sexualidad.

Por lo que objetaron la acusación mal dirigida por el Ministerio Publico.

Añadió el abogado Alcalá Sánchez, que las evidencias mostradas nunca se explico cómo se obtuvieron, ni lo que se recabó en el cateo exactamente, y refirió que las acciones estaban fuera de la forma legal de obtenerlas, por lo tanto en caso concreto toda la prueba que muestra el MP es nula, debido a la forma de obtenerlas.

No se puede incriminar a quien tenga dos Facebook, pero sobre todo las pruebas claras de como se llevó a cabo el cateo y falta la autoridad federal para realizar las intervenciones de comunicaciones, violando su principio de Inocencia.

Incluso la defensa dio a conocer que tras la filtración de información sobre el caso a los medios, se inició una cacería de brujas para su cliente y su familia, ya que aún no se llegaba a la audiencia de vinculación la propia FEM brindo datos importantes de está investigación, sin antes presentarla de la manera correcta ante el debido proceso.

Por su parte el MP indicó que la ley tiene excepciones y este cateo se llevó a cabo dentro de la ley, otra de que la víctima a su edad de 14 años no puede dedicarse a la prostitución, así mismo la víctima dio su consentimiento para ingresar a su Facebook y obtener la evidencia donde aparece el imputado, acusando al ahora procesado que se aprovechó de la edad del menor para poder utilizarlos, y los extorsionaba con amenazas de publicar fotos y vídeos de sus relaciones sexuales, para lograr tenerlos sometidos.

La defensa señaló que hay una cascada de dudas, pues de un perfil de conversaciones se obtuvo la evidencia, y no se ven las caras, quién guarda la evidencia, pues la víctima también aseveró el abogado defensor.

En cuanto a la prostitución la misma víctima, al no tener dinero buscaba no solo al acusado si no a otras personas por necesidad de dinero.

El MP no ha acreditado que el acusado tenga videos y demás de pornografía infantil, o el MP se aboca a presentar pruebas de los delitos que refiere, no debe por qué ser vinculado su cliente, por el contrario procesar a el menor que si manifiesta dedicarse a la prostitución.

El MP solicito vinculación a proceso y no ha tenido los requisitos necesarios pues no se ha llevado a cabo correctamente la imputación, por pornografía infantil en su modalidad de almacenamiento de pornografía infantil de menores de 18 años de edad, por parte de J.A.M.O.

Luego de recordar las declaraciones de las víctimas presentadas el Juez manifestó que se vincula a proceso a J.A.M.O, por el delito de Trata de Personas en la modalidad de Almacenamiento de Pornografía de personas menores de 18 años.


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