/ miércoles 22 de mayo de 2019

¡Alerta de Violencia de Género y Violencia Feminicida!

La Alerta de Violencia de Género: “Es el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad” Artículo 22 de la Ley de Acceso.

Este mecanismo de protección a los derechos humanos de las mujeres es único en el mundo, el cual se encuentra establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

El objetivo de la Alerta de la Violencia de Género es garantizar la seguridad de las mujeres, detener y erradicar la violencia en su contra y eliminar las desigualdades identificadas que violentan sus Derechos Humanos. Esto se logra mediante acciones gubernamentales de emergencia conducidas por la Secretaría de Gobernación en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios, la cual busca solventar situaciones donde las autoridades fallan de manera notoria y sistemática en obligación de garantizar los derechos básicos a la vida, a la libertad, a la integridad, a la seguridad, a la no discriminación por el hecho de ser mujer.

Los organismos de Derechos Humanos a nivel nacional o de las entidades federativas, así como los organismos de la sociedad civil y/o los organismos internacionales pueden solicitar la declaratoria de la Alerta de la Violencia de Género.

La Alerta de Violencia de Género no puede ser aplicada en todo el territorio sino que tiene una intervención acotada, por ello sólo puede ser implementada en determinados municipios, principalmente en aquellos donde los índices de violencia feminicida se han incrementado de forma importante.

Entiendo que la contingencia de Alerta de Género requiere de asignación de recursos presupuestales, pero que esto no sea una limitante para tomar la decisión de iniciar su trámite.

Las alertas de violencia de género son acciones encaminadas con objetivos concreto y evaluables a un corto plazo, por ello pienso que debe considerarse la solicitud que surge del Poder Legislativo local a la Comisión Estatal de Derechos Humanos para implementarla.

Estoy segura que los capitales humanos de los órganos gubernamentales de nuestro estado están dispuestos a prevenir, erradicar y sancionar la violencia en contra de las mujeres.

Es importante considerar la implementación de la Alerta de Violencia de Género en el Estado de Chihuahua, ya que ser omisos a los hechos nos conlleva a la impunidad social y del Estado.

¡Me siento orgullosa de ser hija de estas hermosas tierras norteñas!


La Alerta de Violencia de Género: “Es el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad” Artículo 22 de la Ley de Acceso.

Este mecanismo de protección a los derechos humanos de las mujeres es único en el mundo, el cual se encuentra establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

El objetivo de la Alerta de la Violencia de Género es garantizar la seguridad de las mujeres, detener y erradicar la violencia en su contra y eliminar las desigualdades identificadas que violentan sus Derechos Humanos. Esto se logra mediante acciones gubernamentales de emergencia conducidas por la Secretaría de Gobernación en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios, la cual busca solventar situaciones donde las autoridades fallan de manera notoria y sistemática en obligación de garantizar los derechos básicos a la vida, a la libertad, a la integridad, a la seguridad, a la no discriminación por el hecho de ser mujer.

Los organismos de Derechos Humanos a nivel nacional o de las entidades federativas, así como los organismos de la sociedad civil y/o los organismos internacionales pueden solicitar la declaratoria de la Alerta de la Violencia de Género.

La Alerta de Violencia de Género no puede ser aplicada en todo el territorio sino que tiene una intervención acotada, por ello sólo puede ser implementada en determinados municipios, principalmente en aquellos donde los índices de violencia feminicida se han incrementado de forma importante.

Entiendo que la contingencia de Alerta de Género requiere de asignación de recursos presupuestales, pero que esto no sea una limitante para tomar la decisión de iniciar su trámite.

Las alertas de violencia de género son acciones encaminadas con objetivos concreto y evaluables a un corto plazo, por ello pienso que debe considerarse la solicitud que surge del Poder Legislativo local a la Comisión Estatal de Derechos Humanos para implementarla.

Estoy segura que los capitales humanos de los órganos gubernamentales de nuestro estado están dispuestos a prevenir, erradicar y sancionar la violencia en contra de las mujeres.

Es importante considerar la implementación de la Alerta de Violencia de Género en el Estado de Chihuahua, ya que ser omisos a los hechos nos conlleva a la impunidad social y del Estado.

¡Me siento orgullosa de ser hija de estas hermosas tierras norteñas!