/ sábado 7 de octubre de 2023

Promulgan ley contra desperdicio de comida; se tiran hasta el 30% de los alimentos

Congreso local establece el marco legal para fomentar la cultura de la donación y evitar que alimentos terminen en la basura

La Sexagésima Legislatura expidió la Ley para la Donación, Rescate y Aprovechamiento Integral de Productos Alimenticios para el Estado, la cual fue creada con el objetivo de evitar los desperdicios de alimentos y, por el contrario, fomentar la donación de los mismos.

Esta ley viene a abonar al trabajo que durante años ha encabezado Cáritas para combatir el hambre, pues por medio de campañas invita a empresas, incluida esta casa editorial, a sumarse a fin de combatir la pobreza alimentaria que se vive en la entidad.

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Y es que de acuerdo con las cifras emitidas por esta asociación civil, en Chihuahua son cerca de 379 mil personas las que viven en un rezago alimenticio; 70 mil en la capital, 161 mil en Ciudad Juárez y el resto habita en la zona serrana.

De esta manera, ahora se buscará en lugar de comprar alimentos, priorizar e incluir aquellos sobrantes que generalmente se desperdician y, en su lugar, beneficiar y apoyar a las personas que tienen una situación vulnerable.

Dicha ley se conforma de nueve capítulos entre los que se contemplan las disposiciones generales de la norma jurídica teniendo como objetivo regular la creación de mecanismos para fomentar la cultura de donación. En otro capítulo se establecen los derechos y obligaciones de la donante y la donataria, pues los alimentos donados deberán cumplir con ciertas condiciones.

Dentro de otro capítulo se designa como autoridades competentes para aplicar dicho ordenamiento a las secretarías de Desarrollo Humano y Bien Común, de Salud, de Desarrollo Rural, así como las dependencias y entidades estatales y municipales que integran el Sistema Estatal de Desarrollo Social y Humano.

Se detalla igualmente que el objetivo de la donataria es rescatar productos alimenticios aptos para el consumo humano y buscar donativos, así como el recibir y recoger productos alimenticios excedentes de empresas o personas para distribuirlos entre la gente sujeta a derecho procurando satisfacer las necesidades alimenticias de las personas en situación de vulnerabilidad.

El Consejo Estatal para la Donación Estatal será el encargado de coordinar y concentrar las acciones entre los diferentes sectores e instituciones. En otro apartado se detallan las sanciones y medios de defensa que se interpondrán a quienes incumplan o ejerzan el desvío de productos alimenticios donados.

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El dictamen fue enviado por la Comisión de Desarrollo Social, la cual se sujetó a lo dispuesto por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) quien, debido a la creciente de la población mundial, ve la necesidad de abordar de manera urgente la problemática de las enormes cantidades de alimentos perdidos y desperdiciados en el mundo.

Igualmente, este tema se establece en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en donde se exige reducir la mitad del desperdicio mundial de alimentos per cápita a nivel minorista y de consumo, así como reducir las pérdidas de alimentos a lo largo de las cadenas de producción y suministro.

La Sexagésima Legislatura expidió la Ley para la Donación, Rescate y Aprovechamiento Integral de Productos Alimenticios para el Estado, la cual fue creada con el objetivo de evitar los desperdicios de alimentos y, por el contrario, fomentar la donación de los mismos.

Esta ley viene a abonar al trabajo que durante años ha encabezado Cáritas para combatir el hambre, pues por medio de campañas invita a empresas, incluida esta casa editorial, a sumarse a fin de combatir la pobreza alimentaria que se vive en la entidad.

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Y es que de acuerdo con las cifras emitidas por esta asociación civil, en Chihuahua son cerca de 379 mil personas las que viven en un rezago alimenticio; 70 mil en la capital, 161 mil en Ciudad Juárez y el resto habita en la zona serrana.

De esta manera, ahora se buscará en lugar de comprar alimentos, priorizar e incluir aquellos sobrantes que generalmente se desperdician y, en su lugar, beneficiar y apoyar a las personas que tienen una situación vulnerable.

Dicha ley se conforma de nueve capítulos entre los que se contemplan las disposiciones generales de la norma jurídica teniendo como objetivo regular la creación de mecanismos para fomentar la cultura de donación. En otro capítulo se establecen los derechos y obligaciones de la donante y la donataria, pues los alimentos donados deberán cumplir con ciertas condiciones.

Dentro de otro capítulo se designa como autoridades competentes para aplicar dicho ordenamiento a las secretarías de Desarrollo Humano y Bien Común, de Salud, de Desarrollo Rural, así como las dependencias y entidades estatales y municipales que integran el Sistema Estatal de Desarrollo Social y Humano.

Se detalla igualmente que el objetivo de la donataria es rescatar productos alimenticios aptos para el consumo humano y buscar donativos, así como el recibir y recoger productos alimenticios excedentes de empresas o personas para distribuirlos entre la gente sujeta a derecho procurando satisfacer las necesidades alimenticias de las personas en situación de vulnerabilidad.

El Consejo Estatal para la Donación Estatal será el encargado de coordinar y concentrar las acciones entre los diferentes sectores e instituciones. En otro apartado se detallan las sanciones y medios de defensa que se interpondrán a quienes incumplan o ejerzan el desvío de productos alimenticios donados.

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El dictamen fue enviado por la Comisión de Desarrollo Social, la cual se sujetó a lo dispuesto por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) quien, debido a la creciente de la población mundial, ve la necesidad de abordar de manera urgente la problemática de las enormes cantidades de alimentos perdidos y desperdiciados en el mundo.

Igualmente, este tema se establece en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en donde se exige reducir la mitad del desperdicio mundial de alimentos per cápita a nivel minorista y de consumo, así como reducir las pérdidas de alimentos a lo largo de las cadenas de producción y suministro.

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