Por: Jorge Puentes
En la colaboración anterior nos referimos al hecho de que las personas estamos cada vez más ligadas a la vida de las redes sociales, que Facebook lanzó una nueva forma de existir en la red social llamada Metaverso, en la cual podremos realizar un sinfín de actividades a través de un avatar que será una representación virtual de nuestra persona. Que Metaverso ya presenta las primeras complicaciones en cuanto a los derechos de sus usuarios: se expuso el caso del abuso sexual cometido en contra de Nina Jane Patel en el Metaverso. Se cuestionó sobre las implicaciones jurídicas que tienen o tendrán este tipo de agresiones a los derechos de las personas en el mundo virtual. Parecía no haber respuestas y nos comprometimos a buscarlas.
El Metaverso ha sido concebido como una plataforma en la que sea posible a las personas interactuar de manera virtual en una mundo paralelo similar a la realidad natural, dicha interacción se realiza utilizando dispositivos electrónicos que se conectan a internet para poder funcionar y “darle vida” a la persona en el Metaverso, una vez que se enlazan a la red se recopilan datos biométricos de sus usuarios, los cuales se concentran, viajan y se encuentran disponibles en los canales tecnológicos de intercambio de información y comunicación que cumplen con los principios de diseño de internet.
Para aproximarnos a lo que puede ser una propuesta de regulación de la realidad virtual, es necesario acudir al concepto que proporciona Javier Antonio Nisa Ávila, quien ha dicho que: “El metaverso jurídicamente lo podemos definir como una infraestructura canalizada a través de una red inteligente que mediante sistemas de inteligencia artificial recapta y genera datos a tiempo real de cada usuario conectado, ofreciendo una recreación completa de la realidad natural mediando tecnología háptica sensorial y cognitiva, donde se puede llevar a cabo cualquier acción por parte de sus usuarios sin limitaciones, interactuando con otros usuarios e inteligencias artificiales con un sistema económico propios bajo sistemas de blockchain con el fin de conseguir generar un estado virtualizado dentro de una sociedad de red absoluta”.
Este novedoso concepto hace referencia a la utilización de inteligencia artificial (IA). La IA es una tecnología que combina algoritmos con el propósito de crear máquinas que imiten las capacidades humanas, como el pensamiento o la realización de tareas físicas (los robots). Un ejemplo sencillo de la utilización de la IA es el dispositivo de asistente de voz de Amazon “Alexa”, o bien cada vez que aparece un anuncio en Facebook que está dirigido especialmente a nuestros intereses, ese anuncio se nos presenta gracias a la utilización de IA. Pensadores públicos como Stephen Hawking incluso han expresado el temor de que la IA pueda representar una amenaza existencial para la humanidad, debido a su potencial para tomar el control de muchos aspectos de nuestra vida cotidiana y la organización social.
Si el Metaverso para funcionar utiliza sistemas de IA, ese es el punto de partida para aportar ideas de solución a la ausencia de garantías de respeto a los Derechos Humanos, para ello es necesario acudir a la Recomendación Sobre la Ética de la Inteligencia Artificial aprobada por la Unesco en noviembre de 2021. En la próxima colaboración abordaré los principios que habrán de orientar a México para adecuar sus políticas públicas hacia la regulación de la operación de IA en su territorio.